Lo que te estamos tratando de explicar tanto @
uniqstuff como yo, es que estamos ante un tema de PROBABILIDAD.
Si sacaste 3.500 en un mes a razón de 60 por operación eso arroja un resultado de 3.500/60= 58 operaciones. Podría esto levantar la liebre y que el banco se chivase? Mi humilde y modesta opinión es que lo dudo, siempre y cuando no superases el límite anual de 10.000 euros ya que en ese caso SÍ sería OBLIGATORIO para el banco dar parte.
Cómo justificarlo si te piden explicaciones? pues sinceramente no se me ocurre qué decirte. Desde dar clases por el verano de yoga hasta vender flores de papel.
Como te han dicho, si se trata de una actividad CONTINUADA, entonces deberías de darte de alta como autónomo, pero el caso es que por lo que cuentas, se trataría de algo esporádico que no justificaría por sí un alta (aunque con aplicación de la ley a rajatabla sí que sería obligatorio, excesivo, pero obligatorio). Pero en fin, opino que no deberías tener problemas ya que las cantidades de las que hablas no son elevadas y no presentan una periodicidad sospechosa a lo largo del ejercicio y no superan los 10000 anuales con lo cual no creo que el banco decida hacer nada. Es solo mi opinión.