La ley favorece no poder echar okupas antes de un año
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La ley favorece no poder echar okupas antes de un año
La okupación ilegal de viviendas crece año tras año en España al calor de una legislación demasiado laxa que obliga a los propietarios a pasar por un auténtico calvario judicial -tanto en tiempos como en forma- para recuperar sus casas.
Mientras tanto, los okupas se atrincheran en una propiedad privada ajena haciendo uso y disfrute del inmueble. La ley les protege hasta tal punto que el proceso para desalojarlos por la vía civil puede durar más de un año.
La legislación española distingue entre okupación de una vivienda habitada y de una vivienda vacía. En el primer caso, el propietario dispone de un plazo de entre 24 y 48 horas para llamar a la Policía. Podrán desalojarlos entendiendo que es un delito flagrante, por lo que no es necesario una orden judicial. Si la Policía no consigue su objetivo, el propietario tendrá que solicitar judicialmente el desalojo de los okupas bien por la vía civil o por la penal.
https://okdiario.com/economia/ley-qu...s-casa-5909690
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Lo malo viene cuando llega el otoño, que se pone la piscina to warra con las hojas.
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El invierno mola porque tengo kalefakción eléktrika por la kara
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Paramiembro: Forista
Hay que buscar a los que propusieron y aprobaron todos y cada uno de los apartados que impiden a un propietario legítimo defender su propiedad, expulsar de ella a okupas de todo tipo y arrebatarles todo cuanto tengan garantizando que sean recordados por ello.
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ForoParalelo: Miembro

Iniciado por
ultramanosala
La okupación ilegal de viviendas crece año tras año en España al calor de una legislación demasiado laxa que obliga a los propietarios a pasar por un auténtico calvario judicial -tanto en tiempos como en forma- para recuperar sus casas.
Mientras tanto, los okupas se atrincheran en una propiedad privada ajena haciendo uso y disfrute del inmueble. La ley les protege hasta tal punto que el proceso para desalojarlos por la vía civil puede durar más de un año.
La legislación española distingue entre okupación de una vivienda habitada y de una vivienda vacía. En el primer caso, el propietario dispone de un plazo de entre 24 y 48 horas para llamar a la Policía. Podrán desalojarlos entendiendo que es un delito flagrante, por lo que no es necesario una orden judicial. Si la Policía no consigue su objetivo, el propietario tendrá que solicitar judicialmente el desalojo de los okupas bien por la vía civil o por la penal.
https://okdiario.com/economia/ley-qu...s-casa-5909690
Lo mejor es llamar a una compañía de desalojos exprés, suelen ser infalibles, de todas formas este rollito debe terminar tarde o temprano, porque nos vamos a quedar sin turistas, no se quien va a querer comprarse una casa en la playa con este panorama.
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