1) el despido por encadenar bajas. Cuando se trataria de "dejar claras las causas, de objetivarlas, y de garantizar la tutela judicial. Lo que protege al trabajador no es que el despido sea caro, sino que tenga que estar justificado”
2) Anular la vigencia de los convenios colectivos más allá de su fecha de caducidad y hasta que se negocia otro, como ocurría históricamente hasta 2012
3) la primacía de los acuerdos de empresa sobre los sectoriales, algo que con la estructura empresarial de España, donde millones de empresas carecen de representación sindical. que entre otros aspectos permite rebajar individualmente las condiciones laborales hasta las del convenio sectorial con una mera comunicación del empresario “y sin causas o con algunas tan laxas como las relativas a ‘la competitividad’ de la empresa”
4) la capacidad de modificación unilateral de las condiciones del contrato por parte de la empresa.
5) el mecanismo de inaplicación de los convenios colectivos, en este caso para restringirlo al “descuelgue salarial vinculado a causas económicas graves
6) la subcontratación de servicios sin limitaciones
7) la modificación de las causas para el despido objetivo y la rebaja de las indemnizaciones, que en el caso de los improcedentes bajaron de 45 a 33 días por año trabajado y mientras el máximo caía de 42 a 24 mensualidades. Se redujo más de un 40%
8) el galimatías de contratos que se creó en 2012
Menos mal que llegó por fin la izquierda para protegeros, aunque no la voteis. De nada
https://www.publico.es/economia/son-...carizando.html
https://www.publico.es/politica/gobi...cia-pacto.html