Tema serio Estoy de baja y he recibido un burofax

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  1. #31
    Hurry up! Avatar de Aureolo
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    Sin ser abogado pero con lo que tengo aquí colgado:

    Se puede despedir a un trabajador de baja pero siempre que la empresa acredite una razón legal para el despido, y no la propia baja o enfermedad del trabajador. En otras palabras, el despido por estar de baja no es legal, sí lo es que durante una baja despidan al trabajador pero por otra razón que no sea la enfermedad.


    ​Otra cosa diferente es que no estés conforme a la cuantía correspondiente al finiquito, eso lo puedes reclamar (incluso con la firma se puede reclamar; la firma solo acredita que has recibido esa información, no que la misma sea correcta y menos cuando no se ha enviado con antelación para su revisión/estudio antes de la solicitud de firma).

    En resumen: el despido no se puede reclamar, la empresa está en su derecho (triste pero cierto) con la argumentación presentada. NO es un despido, es un fin de obra (y aún así, ya si tienes ganas de fiesta, sí que se puede reclamar, por ejemplo, si eres conocedor que se contrata a otro para cubrir tu puesto).


    Suerte en la búsqueda de curro y salu2

  2. #32
    Miembro Viril Avatar de prodigioso
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    El shurete se pilla la baja el mismo día que le acaba el contrato... Que listín!!

  3. #33
    Da KingaH Avatar de Usuario04052020
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    Cita Iniciado por MICHELANGELO Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues eso, no había nadie para recogerlo y viene desde la dirección de mi empresa, apuestas?

    Añado info sures

    Resulta que figura en el contrato de extinción que me despidieron el mismo día que cogí la baja, 23 de diciembre, y todo apunta a que me han pagado el finiquito sin yo firmarlo, comprobarlo ni nada por el estilo, hasta que punto es eso legal?
    Si no has firmado nada es legal. No te pueden tampoco dar de baja de la SS. Qué tipo de despido ha sido? Animos

  4. #34
    ForoParalelo: Miembro Avatar de dron ramon
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    Cita Iniciado por MICHELANGELO Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues eso, no había nadie para recogerlo y viene desde la dirección de mi empresa, apuestas?

    Añado info sures

    Resulta que figura en el contrato de extinción que me despidieron el mismo día que cogí la baja, 23 de diciembre, y todo apunta a que me han pagado el finiquito sin yo firmarlo, comprobarlo ni nada por el estilo, hasta que punto es eso legal?
    has llevado tus partes de baja?

  5. #35
    ✓|•TORTUGA NINJA•|✓ Avatar de MICHELANGELO
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    Cita Iniciado por dron ramon Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    has llevado tus partes de baja?
    Todos, y sin embargo no me dijeron que estaba despedido, me han enviado el burofax

  6. #36
    ✓|•TORTUGA NINJA•|✓ Avatar de MICHELANGELO
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    Cita Iniciado por Hurtador Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Si no has firmado nada es legal. No te pueden tampoco dar de baja de la SS. Qué tipo de despido ha sido? Animos
    En teoría fin de obra, en mitad de la campaña navideña? Me da la risa

  7. #37
    ✓|•TORTUGA NINJA•|✓ Avatar de MICHELANGELO
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    Cita Iniciado por Aureolo Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Sin ser abogado pero con lo que tengo aquí colgado:

    Se puede despedir a un trabajador de baja pero siempre que la empresa acredite una razón legal para el despido, y no la propia baja o enfermedad del trabajador. En otras palabras, el despido por estar de baja no es legal, sí lo es que durante una baja despidan al trabajador pero por otra razón que no sea la enfermedad.


    ​Otra cosa diferente es que no estés conforme a la cuantía correspondiente al finiquito, eso lo puedes reclamar (incluso con la firma se puede reclamar; la firma solo acredita que has recibido esa información, no que la misma sea correcta y menos cuando no se ha enviado con antelación para su revisión/estudio antes de la solicitud de firma).

    En resumen: el despido no se puede reclamar, la empresa está en su derecho (triste pero cierto) con la argumentación presentada. NO es un despido, es un fin de obra (y aún así, ya si tienes ganas de fiesta, sí que se puede reclamar, por ejemplo, si eres conocedor que se contrata a otro para cubrir tu puesto).


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    Pues sí que contrataron a otra persona

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