Con la ley de vagos y maleantes
-
ForoParalelo: Miembro
Con la ley de vagos y maleantes
El travesti de @jajejijoju estaría en la carcel
-
ForoParalelo: Miembro
calla y limpia la piscina, subnormal
-
ForoParalelo: Miembro
hijo de perra, yo soy un vago y maleante pero (casi) no le hago daño a nadie. Como Abascal salga y la vuelva a aprobar te voy a rajar premoh
-
ForoParalelo: Miembro
Iniciado por
Escuchimizao
La categorización de las conductas antisociales a perseguir incluidas en el artículo 2 de la ley eran diez:
- Los vagos habituales.
- Los rufianes y proxenetas.
- Los que no justifiquen cuando legítimamente fueren requeridos para ello por las autoridades y sus agentes, la posesión o procedencia de dinero o efectos que hallaren en su poder o que hubieren entregado a otros para su inversión o custodia.
- Los mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena o exploten a menores de edad, a enfermos mentales o a lisiados.
- Los que exploten juegos prohibidos o cooperen con los explotadores a sabiendas de esta actividad ilícita, en cualquier forma.
- Los ebrios y toxicómanos habituales.
- Los que para su consumo inmediato suministren vinos o bebidas espirituosas a menores de catorce años en lugares y establecimientos públicos o en instituciones de educación e instrucción y los que de cualquier manera promuevan o favorezcan la embriaguez habitual.
- Los que ocultaren su verdadero nombre, disimularen su personalidad o falsearen su domicilio mediante requerimiento legítimo hecho por las autoridades o sus agentes, y los que usaren o tuvieren documentos de identidad falsos u ocultaren los propios.
- Los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión del territorio nacional.
- Los que observen conducta reveladora de inclinación al delito, manifestada por el trato asiduo con delincuentes y maleantes; por la frecuentación de los lugares donde éstos se reúnen habitualmente; por su concurrencia habitual a casas de juegos prohibidos, y por la comisión reiterada y frecuente de contravenciones penales
-
ForoParalelo: Miembro
Iniciado por
Capitan Sparrow
La categorización de las conductas antisociales a perseguir incluidas en el artículo 2 de la ley eran diez:
- Los vagos habituales.
- Los rufianes y proxenetas.
- Los que no justifiquen cuando legítimamente fueren requeridos para ello por las autoridades y sus agentes, la posesión o procedencia de dinero o efectos que hallaren en su poder o que hubieren entregado a otros para su inversión o custodia.
- Los mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena o exploten a menores de edad, a enfermos mentales o a lisiados.
- Los que exploten juegos prohibidos o cooperen con los explotadores a sabiendas de esta actividad ilícita, en cualquier forma.
- Los ebrios y toxicómanos habituales.
- Los que para su consumo inmediato suministren vinos o bebidas espirituosas a menores de catorce años en lugares y establecimientos públicos o en instituciones de educación e instrucción y los que de cualquier manera promuevan o favorezcan la embriaguez habitual.
- Los que ocultaren su verdadero nombre, disimularen su personalidad o falsearen su domicilio mediante requerimiento legítimo hecho por las autoridades o sus agentes, y los que usaren o tuvieren documentos de identidad falsos u ocultaren los propios.
- Los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión del territorio nacional.
- Los que observen conducta reveladora de inclinación al delito, manifestada por el trato asiduo con delincuentes y maleantes; por la frecuentación de los lugares donde éstos se reúnen habitualmente; por su concurrencia habitual a casas de juegos prohibidos, y por la comisión reiterada y frecuente de contravenciones penales
Entraría en el apartado de travestis
-
ForoParalelo: Miembro
Iniciado por
Escuchimizao
y tu también, mariposón
-
ForoParalelo: Miembro
Iniciado por
cartondebingo
y tu también, mariposón
No yo no
-
Mantenlo prendido, fuego!
El 95% del foro va de cabeza al penal de ávila
Permisos de publicación
- No puedes crear nuevos temas
- No puedes responder temas
- No puedes subir archivos adjuntos
- No puedes editar tus mensajes
-
Reglas del foro
▲
▼
Atajos de Navegación Disponibles