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Aquinate
Tu tesis es que el mandamiento de amar al prójimo como uno mismo es incompatible con el uso de la violencia.
Veamos citas incoherentes con dicha tesis:
Nuevo Testamento:
Cristo expulsando con un látigo a los mercaderes del templo: Juan 2:13-16
"Se acercaba la Pascua de los judíos y Jesús subió a Jerusalén. Y encontró en el Templo a los vendedores de bueyes, ovejas y palomas, y a los cambistas en sus puestos. Haciendo un látigo con cuerdas, echó a todos fuera del Templo, con las ovejas y los bueyes; desparramó el dinero de los cambistas y les volcó las mesas; y dijo a los que vendían palomas: «Quitad esto de aquí. No hagáis de la Casa de mi Padre una casa de mercado.»"
Cristo no manda a los soldados abandonar su oficio sino ejercerlo justamente: Lucas 3:14
"Y le preguntaron también los soldados, diciendo: Y nosotros, ¿Qué haremos? Y les dice: No hagáis extorsión á nadie, ni calumniéis, y contentaos con vuestras pagas."
Cristo pone un ejemplo de pena justa a un pecador: Lucas 17:1-2
"Dijo Jesús a sus discípulos: Es imposible que no haya escándalos y caïdas, pero ¡pobre del que hace caer a los demás! 2. Mejor sería que lo arrojaran al mar con una piedra de molino atada al cuello, antes que hacer caer a uno de estos pequeños."
Cristo pone parábolas donde se hace justicia mediante la pena de muerte: Marcos 12:9-11 y Lucas 19:27
“¿Qué hará el dueño de la viña? Vendrá y dará muerte a los labradores y entregará la viña a otros.”
"Pero a aquellos enemigos míos, los que no quisieron que yo reinara sobre ellos, traedlos aquí y matadlos delante de mí."
El buen ladrón aceptando la legitimidad de la pena de muerte: Lucas 23:41
"Nosotros, a la verdad, justamente padecemos, porque recibimos lo que merecieron nuestros hechos; mas éste ningún mal hizo."
San Pedro estableciendo la legitimidad del uso de la fuerza por parte de la autoridad: Pedro 2:14
"Sea a los gobernantes, como enviados por él para castigo de los que obran el mal y alabanza de los que obran el bien."
San Pablo aceptando la legitimidad de la pena de muerte: Hechos 25:11
“Si he cometido alguna injusticia o crimen digno de muerte, no rehuso morir”
San Pablo estableciendo la legitimidad del uso de la fuerza por parte de la autoridad: Romanos 13:1-4
"Obra el bien, y obtendrás de ella elogios, pues la autoridad es para ti un servidor de Dios para el bien. Pero, si obras el mal, teme: pues no en vano lleva espada: pues es un servidor de Dios para hacer justicia y castigar al que obra el mal"
Catecismos:
Catecismo de Trento: “Otra forma de matar lícitamente pertenece a las autoridades civiles, a las que se confía el poder de la vida y de la muerte, mediante la aplicación legal y ordenada del castigo de los culpables y la protección de los inocentes. El uso justo de este poder, lejos de ser un crimen de asesinato, es un acto de obediencia suprema al Mandamiento que prohíbe el asesinato.”
Catecismo de San Pío X: “¿Hay casos en que es lícito quitar la vida al prójimo? Es lícito quitar la vida al prójimo cuando se combate en guerra justa, cuando se ejecuta por orden de la autoridad suprema la condenación a muerte en pena de un delito y, finamente, en caso de necesaria y legítima defensa de la vida contra un injusto agresor” (Catecismo de San Pío X, 415)
Catecismo Actual: "La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si esta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas." "Mientras exista el riesgo de guerra y falte una autoridad internacional competente y provista de la fuerza correspondiente, una vez agotados todos los medios de acuerdo pacífico, no se podrá negar a los gobiernos el derecho a la legítima defensa"
Doctores de la Iglesia:
Santo Tomás (Doctor de la Iglesia): “Matar a los malhechores, a los enemigos de la república, eso no es cosa indebida. Por tanto, no es contrario al precepto del decálogo, ni tal muerte es el homicidio que se prohíbe en el precepto del decálogo” (I-II, q.100, a.8, ad 3).
San Alfonso María de Ligorio (Doctor de la Iglesia en teología moral): “Más allá de la legítima defensa, nadie excepto la autoridad pública puede hacerlo lícitamente, y en este caso sólo si se ha respetado el orden de la ley […] A la autoridad pública se ha dado la potestad de matar a los malhechores, no injustamente, dado que es necesario para la defensa del bien común” (Theologia Moralis)
Padres de la Iglesia:
Orígenes: “La muerte que se inflige como la pena del pecado es una purificación del pecado mismo” (Homilías sobre el Levítico)
San Agustín (Padre y Doctor de la Iglesia): “No quebrantaron, ni mucho menos, el precepto de no matarás los hombres que, movidos por Dios, han llevado a cabo guerras, o los que, investidos de pública autoridad, y ateniéndose a su ley, es decir, según el dominio de la razón más justa, han dado muerte a reos de crímenes” (Ciudad de Dios libro I cap. 21)
San Clemente de Alejandría: “Por la salud del cuerpo soportamos hacernos amputar y cauterizar, y aquel que suministra estos remedios es llamado médico, salvador; él amputa algunas partes del cuerpo para que no se enfermen las partes sanas; no es por rencor o maldad hacia el paciente sino según la razón del arte que le sugiere y nadie, por lo tanto, acusaría de maldad al médico por su arte. […] Cuando [la ley] ve a alguien de tal modo que parezca incurable, viéndolo ir por el camino de la extrema injusticia, entonces se preocupa de los otros para que no vayan a la perdición por obra de aquel, y como cortando una parte del cuerpo entero lo manda a la muerte” (Stromata)
San Jerónimo: “Es propio del rey hacer justicia y juzgar y liberar con la fuerza, de la mano de los calumniadores a los oprimidos y llevar ayuda al peregrino, al niño y a la viuda, que fácilmente son oprimidos por los poderosos… En efecto, castigar los homicidas y los sacrílegos y los delincuentes no es desparramar sangre, sino realizar un servicio de la ley” [Comment. In Jeremiam IV, 22 (PL XXIV, 811)].
Justifiación teológica:
Amar es desear un bien, por lo tanto amar plenamente al prójimo alguien es desear y actuar conforme a dicho deseo el mayor bien posible que es la salvación. Por ello en base justamente al debido amor a uno mismo y al prójimo se permite el uso de la violencia para defensa. Por ello Cristo en virtud de su amor al Padre empleó la violencia para expulsar a los profanadores del templo por ejemplo.
Con respecto a la éxegesis de poner la otra mejilla y pasajes parecidos, dejo este comentario de Santo Tomás:
"Este tipo de mandamientos, como dice San Agustín en el libro De Serm. Dom. in Monte, han de ser observados siempre con el ánimo preparado, es decir, el hombre debe estar siempre dispuesto a no resistir, o a no defenderse si no hay necesidad. A veces, sin embargo, hay que obrar de manera distinta por el bien común o también por el de aquellos con quienes se combate. Por eso, en Epist. ad Marcellinum, escribe San Agustín: Hay que hacer muchas cosas incluso con quienes se resisten, a efectos de doblegarles con cierta benigna aspereza. Pues quien se ve despojado de su inicua licencia, sufre un útil descalabro, ya que nada hay tan infeliz como la felicidad del pecador, con la que se nutre la impunidad penal; y la mala voluntad, como enemigo interior, se hace fuerte. " (Suma teológica, parte II, segunda parte, cuestión 40, artículo 1, repsuesta a la objección 2)