Os explico por qué a los ladrones los sueltan siempre

  1. #1
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    Os explico por qué a los ladrones los sueltan siempre

    Después de explicar ayer por qué soltaron a uno tras intentar matar al otro sin que el juez pudiera hacer NADA por impedirlo con la ley en la mano...

    hoy, después de ver una noticia de un tío con nosecuantos antecedentes por hurtos, lo sueltan una y otra vez.

    Para mandar a alguien a prisión provisional como medida cautelar, entre otros requisitos y como mínimo, el delito tiene que estar castigado con pena de prisión.

    Un hurto de menos de 400€ está castigado con multa.

    O sea que ningún carterista va a ir a la cárcel. Lo dice la ley y punto. Puuuunto. Y si un juez lo manda a la cárcel, el juez a la calle por prevaricación.

    Edito: reformaron la ley hace 2 días para que la multireincidencia en hurtos se castigue con prisión así que puede que esto deje de ser así.

    De todas formas, seguirá siendo necesario que lo pida el fiscal o la acusación.
    Última edición por ChopChop; 01/09/2022 a las 15:10

  2. #2
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  3. #3
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    Pero se suman el valor de los hurtos,no? Quiero decir que de 400 pasaba seguro...

  4. #4
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    Consideran hurto menor también si te llevas un cartera con €399 a punta de navaja?

  5. #5
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  6. #6
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    Cita Iniciado por noesmitipo Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ¿Y aquello que es como se castigaba antes la reincidencia en hurtos?

    "Artículo 235


    1. El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años:

    7.º Cuando al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo."

  7. #7
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    Cita Iniciado por ChopChop Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Después de explicar ayer por qué soltaron a uno tras intentar matar al otro sin que el juez pudiera hacer NADA por impedirlo con la ley en la mano...

    hoy, después de ver una noticia de un tío con nosecuantos antecedentes por hurtos, lo sueltan una y otra vez.

    Para mandar a alguien a prisión provisional como medida cautelar, entre otros requisitos y como mínimo, el delito tiene que estar castigado con pena de prisión.

    Un hurto de menos de 400€ está castigado con multa.

    O sea que ningún carterista va a ir a la cárcel. Lo dice la ley y punto. Puuuunto. Y si un juez lo manda a la cárcel, el juez a la calle por prevaricación.
    si metieran en la cárcel por hurto había más gente dentro que fuera

  8. #8
    ForoParalelo: Miembro Avatar de User_78053100
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    Cita Iniciado por genkigenki Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    si metieran en la cárcel por hurto había más gente dentro que fuera
    No te creas, siempre son los mismos. Y si la cárcel fuera como debe ser, se les quitaban las ganas.

  9. #9
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    Cita Iniciado por genkigenki Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    si metieran en la cárcel por hurto había más gente dentro que fuera
    Claro tio y por las multas de tráfico o sanciones administrativas también.
    Que no pagas la comunidad cárcel, que tu vehiculo no tiene ITV carcel , asi mucho mas tranquilo hasta que legalicen las armas
    El que la cague al talego independientemente de lo que diga la ley o los jueces

  10. #10
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    En pais vasco había un negro cobrando en 5 años más de un millón y pico de euros con un monton de identidades falsas la Hacienda foral de aquí dio la alarma ala policía foral pasaron del asunto no quisieron ni investigarlo se metió la nacional de oficio le llevaron a juicio y el fiscal y juez lo an absuelto,ni un mísero euro le piden que devulviera

  11. #11
    ForoParalelo: Miembro Avatar de ChopChop
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    Cita Iniciado por El Criticón Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ¿Y aquello que es como se castigaba antes la reincidencia en hurtos?

    "Artículo 235


    1. El hurto será castigado con la pena de prisión de uno a tres años:

    7.º Cuando al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo."
    Según leo acaban de reformarlo hace 2 días.

    Edito el OP para explicar que esto era hasta ahora. Jajajajaja.

  12. #12
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    Cita Iniciado por ChopChop Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Según leo acaban de reformarlo hace 2 días.

    Edito el OP para explicar que esto era hasta ahora. Jajajajaja.
    Lo han reformado para reducir la pena de prisión

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