No es lo mismo sede social que sede fiscal

  1. #1
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    No es lo mismo sede social que sede fiscal

    Vamos a ver, nos están haciendo la trece catorce, cambiar de sede social no significa cambiar de sede fiscal, para que lo sepáis.

    ¿Implica también el cambio de sede fiscal?

    No, una empresa puede tener una sede social diferente a la fiscal. La Agencia Tributaria establece que la sede fiscal establece «el sistema fiscal aplicable; de la oficina tributaria de adscripción del contribuyente; del lugar para la práctica de notificaciones y del lugar físico concreto declarado y vinculante para el obligado tributario a efectos de procedimientos administrativos y del control fiscal». Sin embargo, ante la hipotética secesión catalana, las empresas deberán cambiar su domicilio fiscal para responder ante la Hacienda de España.

  2. #2
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    No es lo mismo el polear que esta pole

  3. #3
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    Eres tan tonto que no sabes ni lo que es una deslocalización.

  4. #4
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    Pero me gusta aprender, a ver ilústrame.

  5. #5
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    Estudia comercio internacional, cómo hago yo, y así aprendes.

  6. #6
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    Habia oído que los weebs eran elitistas pero joder

  7. #7
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    Habia oído que los weebs eran elitistas pero joder

    No lo pillo

  8. #8
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    Pero me gusta aprender, a ver ilústrame.
    El domicilio fiscal es el domicilio para el tema de las notificaciones y/o comunicaciones con la agencia tributaria es decir, el lugar a donde hacienda te enviara sus cartas.

    Ley general tributaria:

    Artículo 48. Domicilio fiscal.

    1. El domicilio fiscal es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria.

    https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186
    Última edición por laucedo; 06/10/2017 a las 18:19

  9. #9
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    A no?

  10. #10
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    No lo pillo
    Mira me cago en los putos avatares cambiados de los cojones

  11. #11
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    Mira me cago en los putos avatares cambiados de los cojones

    Ahajjajajajja

  12. #12
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    Vamos, que no tienes ni puta idea y eres un bocachanclas.

  13. #13
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Vamos, que no tienes ni puta idea y eres un bocachanclas.
    Si trasladas tu producción, te deslocalizas. (sede, no producion, eso es externalizar)

    Así de sencillo, impuestos pagas dónde factures..
    Última edición por @Javiuncensored; 06/10/2017 a las 18:29 Razón: edit x error

  14. #14
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    Yo lo que he estoy viendo es esto @javiuncensored

    El domicilio social no es aleatorio. La Ley de Sociedades de Capital lo define como "

    el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español deberán tener su domicilio en España"

    En cuanto al domicilio fiscal, viene definido en el artículo 48 de la Ley General Tributaria como

    el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria

  15. #15
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Yo lo que he estoy viendo es esto @javiuncensored

    El domicilio social no es aleatorio. La Ley de Sociedades de Capital lo define como "

    el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español deberán tener su domicilio en España"

    En cuanto al domicilio fiscal, viene definido en el artículo 48 de la Ley General Tributaria como

    el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria



    Nope, la sede y el domicilio fiscal no tiene porque ser el mismo.

    Puesto que la sede tambien puede ser algo "simbólico".


    Te repito, se pagan impuestos donde se facture.

  16. #16
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.


    Nope, la sede y el domicilio fiscal no tiene porque ser el mismo.

    Puesto que la sede tambien puede ser algo "simbólico".


    Te repito, se pagan impuestos donde se facture.
    Pues entonces me estás dando la razón, porque el Sabadell por ejemplo lo único que ha hecho es cambiar la sede social a Alicante, pero no la sede fiscal, con lo cual seguirá tributando en Cataluña ¿No?

  17. #17
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues entonces me estás dando la razón, porque el Sabadell por ejemplo lo único que ha hecho es cambiar la sede social a Alicante, pero no la sede fiscal, con lo cual seguirá tributando en Cataluña ¿No?

    No, porque facturará en España.

  18. #18
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Yo lo que he estoy viendo es esto @javiuncensored

    El domicilio social no es aleatorio. La Ley de Sociedades de Capital lo define como "

    el lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”. Las sociedades de capital cuyo principal establecimiento o explotación radique dentro del territorio español deberán tener su domicilio en España"

    En cuanto al domicilio fiscal, viene definido en el artículo 48 de la Ley General Tributaria como

    el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria
    Sede social y sede fiscal pueden no ser lo mismo, la Ley General Tributaria señala que la sede fiscal será la social excepto si el grueso de la dirección y la organización administrativa (lo que se conoce como sede operativa) está en otro lugar, que entonces este podrá también ser sede fiscal. En este caso, la sede del Sabadell esta en Alicante en cuanto lo registren en el Registro Mercantil, pero como la sede operativa la tienen en Barcelona podrán elegir cual de las dos sedes se considerará domicilio fiscal.

    Pero ojo, eso solo vale si las dos sedes están en territorio español, si Cataluña pasa a ser estado propio automáticamente la sede fiscal será la social.

  19. #19
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Sede social y sede fiscal pueden no ser lo mismo, la Ley General Tributaria señala que la sede fiscal será la social excepto si el grueso de la dirección y la organización administrativa (lo que se conoce como sede operativa) está en otro lugar, que entonces este podrá también ser sede fiscal. En este caso, la sede del Sabadell esta en Alicante en cuanto lo registren en el Registro Mercantil, pero como la sede operativa la tienen en Barcelona podrán elegir cual de las dos sedes se considerará domicilio fiscal.

    Pero ojo, eso solo vale si las dos sedes están en territorio español, si Cataluña pasa a ser estado propio automáticamente la sede fiscal será la social.


    Bien explicado.

  20. #20
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Sede social y sede fiscal pueden no ser lo mismo, la Ley General Tributaria señala que la sede fiscal será la social excepto si el grueso de la dirección y la organización administrativa (lo que se conoce como sede operativa) está en otro lugar, que entonces este podrá también ser sede fiscal. En este caso, la sede del Sabadell esta en Alicante en cuanto lo registren en el Registro Mercantil, pero como la sede operativa la tienen en Barcelona podrán elegir cual de las dos sedes se considerará domicilio fiscal.

    Pero ojo, eso solo vale si las dos sedes están en territorio español, si Cataluña pasa a ser estado propio automáticamente la sede fiscal será la social.
    Gracias por la explicación, en definitiva, lo que estoy diciendo, que mucha gente seguirá en el Sabadell pensando que le está dando su dinero a la Comunidad Valenciana y mientras no cambien la sede fiscal se lo están dando a Cataluña (lo de la independencia no es viable ni creíble) y lo mismo con el resto de empresas, habría que estar atento más a la sede fiscal que a la sede social.

  21. #21
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Gracias por la explicación, en definitiva, lo que estoy diciendo, que mucha gente seguirá en el Sabadell pensando que le está dando su dinero a la Comunidad Valenciana y mientras no cambien la sede fiscal se lo están dando a Cataluña (lo de la independencia no es viable ni creíble) y lo mismo con el resto de empresas, habría que estar atento más a la sede fiscal que a la sede social.
    El dinero no tiene patria, si tu abres un depósito en el Sabadell lo mismo estás financiando una obra en el pueblo más independentista de Cataluña como en Burgos capital como una fábrica en kualalumpur, vete tú a saber.

    Si te refieres por la tributación, el Impuesto de Sociedades por el que tributaría el banco es de recaudación 100% estatal, da igual que sea en Vic que en Tarifa, el 100% va a ir igualmente para el estado.

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