el SMI va a provocar MUUUCHOS DESPIDOS

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  1. #31
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    Da pasta dependiendo de cómo tenga el empresario montado el negocio.
    Yo desde luego no pienso contratar a nadie y menos si me imponen un sueldo mínimo.
    No piensas contratar a nadie porque no lo necesitas, si necesitas mano de obra ya te digo que o te matas haciendo horas en tu negocio o contratas.

  2. #32
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    Madre mía, menudo puto subnormal eres.

    Las facturas tuyas no tienen IVA no?

    Joder si es que no has trabajado en tu putísima vida.
    Que facturas subnormal?

    No tienes ni puta idea de como funciona una correduria de seguros yo no le hago factura a NADIE.

    No hables de lo que no sabes o al menos dale al google antes anda.

  3. #33
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    Creo que eso funciona asi no joder lo se de sobra.

    Aun empresario la subida de 900 netos del año pasado a 950 netos de este año le supone un aumento bruto de 80€ aproximadamente por trabajador y mes.
    Pues no sabes que las facturas van con IVA, partiendo de esa base, tu no has trabajado en tu puta vida.

  4. #34
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    Pues no sabes que las facturas van con IVA, partiendo de esa base, tu no has trabajado en tu puta vida.
    Y tu no sabes que los seguros van exentos de IVA y que los agentes/corredurias nos pagan las compañias una comisión sobre la prima de cada seguro que vendemos.

    Las unicas facturas que tengo yo son las que me emite la empresa del programa de gestión, papel, internet, etc....

  5. #35
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    En lo mío o el trabajador sabe exactamente lo que yo o no me va a dar ningún beneficio, más bien lo contrario, está el mundo lleno de inútiles.
    La verdad es que imagino que cada trabajo es un mundo, pero al final cuando contratas a alguien es porque te salen las cuentas.

  6. #36
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    Que facturas subnormal?

    No tienes ni puta idea de como funciona una correduria de seguros yo no le hago factura a NADIE.

    No hables de lo que no sabes o al menos dale al google antes anda.
    A qué no haces facturas/recibos de ningún tipo no?

    Claro que no le haces la factura a nadie porque tienes 15 años y no has trabajado en tu puta vida.

    Ayer eras empresario y ahora eres corredor de seguros...a ver si te aclaras, macho.

  7. #37
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y tu no sabes que los seguros van exentos de IVA y que los agentes/corredurias nos pagan las compañias una comisión sobre la prima de cada seguro que vendemos.

    Las unicas facturas que tengo yo son las que me emite la empresa del programa de gestión, papel, internet, etc....


    Quién está hablando de las facturas de los seguros SUBNORMAL?

    Si es que eres tonto hasta almorzar y después todo el día.

  8. #38
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    A qué no haces facturas/recibos de ningún tipo no?

    Claro que no le haces la factura a nadie porque tienes 15 años y no has trabajado en tu puta vida.

    Ayer eras empresario y ahora eres corredor de seguros...a ver si te aclaras, macho.
    jajajajajaja pero a ver tonto polla

    TENGO UNA CORREDURIA DE SEGUROS

    Sabes lo que es eso??? UN NEGOCIO

    UNA EMPRESA
    UNA SL PARA SER PRECISO


    Eres muy tonto, yo no hago facturas a nadie el RECIBO DEL SEGURO se lo cobra directamente la compañia y de todos los seguros que hacemos con cada compañia luego esa misma compañia ME PAGA PASTA.


    Un seguro da igual que sea de coche, vida o de RC NO TIENE IVA el seguro es algo intangible y tiene otros impuestos que no conoces.

  9. #39
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    Quién está hablando de las facturas de los seguros SUBNORMAL?

    Si es que eres tonto hasta almorzar y después todo el día.
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.


    Madre mía, menudo puto subnormal eres.

    Las facturas tuyas no tienen IVA no?

    Joder si es que no has trabajado en tu putísima vida.
    Tu mismo lo dices que te digo una correduria y me preguntas si mis facturas tienen IVA.

    QUE NO FACTURO A NADIE, NO LE HAGO FACTURAS A NADIE MI NEGOCIO SE BASA EN COMISIONES Y RAPPELS

  10. #40
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    jajajajajaja pero a ver tonto polla

    TENGO UNA CORREDURIA DE SEGUROS

    Sabes lo que es eso??? UN NEGOCIO

    UNA EMPRESA
    UNA SL PARA SER PRECISO


    Eres muy tonto, yo no hago facturas a nadie el RECIBO DEL SEGURO se lo cobra directamente la compañia y de todos los seguros que hacemos con cada compañia luego esa misma compañia ME PAGA PASTA.


    Un seguro da igual que sea de coche, vida o de RC NO TIENE IVA el seguro es algo intangible y tiene otros impuestos que no conoces.
    Y que tengas una correduría de seguros qué implica? Tienes que pagar el mismo IVA que cualquiera SUBNORMAL, y si tienes gente a tu cargo o contratada les tienes que pagar la SS igual que cualquier otra empresa.

    Es que eres tonto pero hasta aburrir.

  11. #41
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Tu mismo lo dices que te digo una correduria y me preguntas si mis facturas tienen IVA.

    QUE NO FACTURO A NADIE, NO LE HAGO FACTURAS A NADIE MI NEGOCIO SE BASA EN COMISIONES Y RAPPELS
    Que tus facturas comisionadas estén exentas del IVA no implica que no hagas facturas SUBNORMAL.

    "Los corredores deben emitir facturas por comisiones aunque estén exentas de IVA

    La entrada en vigor a principios de 2013 del nuevo*Reglamento de Facturación*suscitó importantes dudas sobre si los*corredores de seguros*debían o no seguir emitiendo facturas por los servicios que prestan a sus clientes, incluso en*el caso*de que estas prestaciones de servicios estuvieran*exentas del IVA."

    SUBNORMAL.

    Ahora es cuando me dices que no haces facturas.

  12. #42
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y que tengas una correduría de seguros qué implica? Tienes que pagar el mismo IVA que cualquiera SUBNORMAL, y si tienes gente a tu cargo o contratada les tienes que pagar la SS igual que cualquier otra empresa.

    Es que eres tonto pero hasta aburrir.
    Pero hombre de dios como voy a tener que pagar el mismo IVA que cualquier subnormal.

    Tu sabes lo que es el IVA o que??


    Si yo no facturo nada y no cobro IVA de nadie que coño de IVA voy a tener que pagar cada trimestre?¿?

  13. #43
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    Pero hombre de dios como voy a tener que pagar el mismo IVA que cualquier subnormal.

    Tu sabes lo que es el IVA o que??


    Si yo no facturo nada y no cobro IVA de nadie que coño de IVA voy a tener que pagar cada trimestre?¿?
    Eso es lo que has dicho tú puto retrasado.


  14. #44
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Que tus facturas comisionadas estén exentas del IVA no implica que no hagas facturas SUBNORMAL.

    "Los corredores deben emitir facturas por comisiones aunque estén exentas de IVA

    La entrada en vigor a principios de 2013 del nuevo*Reglamento de Facturación*suscitó importantes dudas sobre si los*corredores de seguros*debían o no seguir emitiendo facturas por los servicios que prestan a sus clientes, incluso en*el caso*de que estas prestaciones de servicios estuvieran*exentas del IVA."

    SUBNORMAL.

    Ahora es cuando me dices que no haces facturas.
    Que yo no cobro minuta a mis clientes, solo soy intermediario, el recibo lo manda la compañia a la cuenta del cliente.

    A ver... que NO HAGO FACTURAS A NADIE a ver como te lo explico

  15. #45
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Solo subcontrato y llega la inutilidad hasta el punto de que les mando a llevar unos muebles a Las Rosas(un barrio de Madrid) y se presentan en Las Rozas(una ciudad de Madrid).

  16. #46
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Que yo no cobro minuta a mis clientes, solo soy intermediario, el recibo lo manda la compañia a la cuenta del cliente.

    A ver... que NO HAGO FACTURAS A NADIE a ver como te lo explico
    Pues entonces dime donde trabajas que te envío a hacienda por subnormal.

    Porque estás obligado a hacer facturas comisionadas por ley.

    No sabes ni la propia legislación de tu trabajo, eres ridículo.

  17. #47
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    Que yo no cobro minuta a mis clientes, solo soy intermediario, el recibo lo manda la compañia a la cuenta del cliente.

    A ver... que NO HAGO FACTURAS A NADIE a ver como te lo explico
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    Pues mi negocio no tiene IVA

    Mi negocio no tiene IVA

  18. #48
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Mi negocio no tiene IVA
    A buen entendedor pocas palabras bastan

    No, no tiene IVA, todo el dinero que entra en mi negocio TODO TODITO TODO viene de comisiones y no hay IVA de por medio.

  19. #49
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    Otra vez iban a una calle de casas bajas a dejar una cocina, vieron una casa que estaba de obras y dijeron, pos aquí mismo!! Y se la dejaron a un vecino.
    Confio en mí mismo y de milagro.
    Pero eso subcontratas no??

    Es dificil encontrar buenos trabajadores yo no me fiaria de una subcontrata la verdad.

  20. #50
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Solo subcontrato y llega la inutilidad hasta el punto de que les mando a llevar unos muebles a Las Rosas(un barrio de Madrid) y se presentan en Las Rozas(una ciudad de Madrid).
    Ezo es que zon malagueños.

  21. #51
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    A buen entendedor pocas palabras bastan

    No, no tiene IVA, todo el dinero que entra en mi negocio TODO TODITO TODO viene de comisiones y no hay IVA de por medio.
    Atendiendo a los graves perjuicios por sanciones tributarias que podrían derivarse para los*corredores de seguros*si éstos dejasen de emitir facturas por las contraprestaciones que perciben de las aseguradoras, como desde algún foro se había sugerido,*E2000 Asociación, en uso de sus facultades de representación colectiva, formuló una consulta escrita a*la*Dirección General*de Tributos*e informó de la misma a sus corredores. Esta Dirección, y con carácter vinculante, ha resuelto en el sentido de que los corredores siguen obligados a emitir dichas facturas aun en*el caso*de que sus servicios estén exentos de IVA y ello porque “no tienen la condición de* entidades aseguradoras”.

    Toma SUBNORMAL.

    Empieza a hacer facturas por si te viene una inspección.

  22. #52
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues entonces dime donde trabajas que te envío a hacienda por subnormal.

    Porque estás obligado a hacer facturas comisionadas por ley.

    No sabes ni la propia legislación de tu trabajo, eres ridículo.
    Pero a quien le voy a hacer una factura comisionada!!?!


  23. #53
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Atendiendo a los graves perjuicios por sanciones tributarias que podrían derivarse para los*corredores de seguros*si éstos dejasen de emitir facturas por las contraprestaciones que perciben de las aseguradoras, como desde algún foro se había sugerido,*E2000 Asociación, en uso de sus facultades de representación colectiva, formuló una consulta escrita a*la*Dirección General*de Tributos*e informó de la misma a sus corredores. Esta Dirección, y con carácter vinculante, ha resuelto en el sentido de que los corredores siguen obligados a emitir dichas facturas aun en*el caso*de que sus servicios estén exentos de IVA y ello porque “no tienen la condición de* entidades aseguradoras”.

    Toma SUBNORMAL.

    Empieza a hacer facturas por si te viene una inspección.
    Vale Mr.Google que sabes tu mucho mas que un tio que lleva 7 años en el sector y que tiene un asesor pa estas cosas

  24. #54
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Vale Mr.Google que sabes tu mucho mas que un tio que lleva 7 años en el sector y que tiene un asesor pa estas cosas
    Nos llegan muchas consultas de*mediadores de seguros*que nos preguntan si deben aplicar IVA en la mediación de seguros. Por eso hemos considerado que es una cuestión interesante para compartirlo en nuestro Blog.

    Antes de entrar a resolver sobre la aplicación del IVA en la mediación de seguros, tenemos que tener claro*cuál es la actividad del mediador de seguros.

    Y ahora veremos porqué.

    La actividad del mediador de seguros.

    Los mediadores de seguros se clasifican en corredores y agentes de seguros, y dentro de éstos últimos existen agentes exclusivos y agentes vinculados.

    La actividad de mediación de seguros puede definirse como la puesta en contacto entre aseguradoras y tomadores de seguros, así como la promoción y asesoramiento preparatorio para la formalización de contratos de seguro y la posterior asistencia al Tomador, al Asegurado o al Beneficiario del seguro.

    Literalmente, el*art. 2.1 de la Ley 26/2006*define la mediación de seguros como:

    “aquellas actividades consistentes en la presentación, propuesta o realización de trabajos previos a la celebración de un contrato de seguro o de reaseguro, o de celebración de estos contratos, así como la asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro.”

    Por tanto,*la labor del mediador de seguros consiste en:

    Presentar, proponer y asesorar en la celebración de un contrato de seguro o de reaseguro.Asistir y prestar asesoramiento durante la celebración del contrato.Asistir en la gestión y ejecución de los contratos en caso de siniestro.

    *

    ¿En qué casos se aplica IVA en la mediación de seguros? Exenciones

    Para resolver esta cuestión, analizamos*el artículo 20. 16º de la Ley del IVA, que dice así literalmente:

    Están exentos de este impuesto los*“…servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de las anteriores operaciones”

    Al respecto cabría resaltar que la*Dirección General de Tributos*se pronunció sobre este tema*(Consulta Vinculante D.G.T. de 27 de julio de 2006), subrayando que estarán exentos de tributación la realización de trabajos previos a la celebración del contrato de seguro, incluso cuando el contrato de seguro presentado, analizado o propuesto no llegase finalmente a celebrarse, siempre que el mediador haya puesto en contacto a Compañías Aseguradoras con los Tomadores (servicios descritos en el artículo 2.1 de la Ley 26/2006 que contribuyan a la aproximación del asegurador y el asegurado o vayan dirigidos a la búsqueda de clientes para ponerlos en relación con el asegurador).

    De este modo, entendemos que*la actividad de mediación de seguros está sujeta pero exenta de aplicar IVA.*Por tanto, la comisión que cobra un mediador de seguros no generará el devengo del Impuesto.

    Sobre la aplicación de IVA en el cobro de honorarios por el corredor de seguros:

    Hasta aquí, tenemos claro que la comisión del mediador está exenta de IVA. Pero ¿Qué ocurre si el corredor de seguros acuerda el cobro de honorarios con su cliente? ¿Debe emitir factura aplicando el 21% de IVA?

    Existe un caso en el que el mediador de seguros sí está obligado a practicar IVA.

    Según el art. 29 de la Ley de mediación de seguros, un corredor de seguros también puede cobrar honorarios a sus clientes asegurados (a parte de las comisiones pactadas con las aseguradoras).

    Hablaremos de ello con mayor profundidad en otro artículo porque lo que aquí interesa es resolver la cuestión sobre la aplicación del IVA en la mediación de seguros.

    Es decir, el corredor de seguros podrá prestar otros servicios que no estén incluidos en el artículo 2.1 de la Ley de Mediación que hemos visto más arriba y acabar formalizando una póliza de seguros (que sí está incluido en el art. 2.1).

    Los ejemplos más típicos son los de gestión o administración.

    En conclusión, únicamente en los supuestos que el mediador esté ejerciendo la actividad de mediación de forma explícita conforme a la Ley estarán exentas de soportar IVA.

    Toma SUBNORMAL, cógete la legislación y te haces una paja si quieres.

    Por muy exento que estés tienes que facturar.

  25. #55
    DJ Cerla&Moratto Avatar de FräNkI
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    Cita Iniciado por muybromurotodo Ver mensaje
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    Aumentar 50 euros dice...
    No te lo crees ni tú.
    Un trabajador que cobra 950 euros, no le sale al empresario por 1000...sino por unos 1300, 1400 euros...
    Muy cierto, ahora falta que nos digas cuanto saca el empresario por ese trabajador, asi comparamos bien. Por todos es sabido que los empresarios viven de los trabajadores y no al reves.

  26. #56
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    Cita Iniciado por FräNkI Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Muy cierto, ahora falta que nos digas cuanto saca el empresario por ese trabajador, asi comparamos bien. Por todos es sabido que los empresarios viven de los trabajadores y no al reves.
    Hablarás de empresas grandes, a las que se la suda subir el SMI, pero dile tu a un autónomo o a un empresario menor eso, que lo mismo te rompe la cara de un guantazo.

  27. #57
    ForoParalelo: Miembro Avatar de TheBang
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Nos llegan muchas consultas de*mediadores de seguros*que nos preguntan si deben aplicar IVA en la mediación de seguros. Por eso hemos considerado que es una cuestión interesante para compartirlo en nuestro Blog.

    Antes de entrar a resolver sobre la aplicación del IVA en la mediación de seguros, tenemos que tener claro*cuál es la actividad del mediador de seguros.

    Y ahora veremos porqué.

    La actividad del mediador de seguros.

    Los mediadores de seguros se clasifican en corredores y agentes de seguros, y dentro de éstos últimos existen agentes exclusivos y agentes vinculados.

    La actividad de mediación de seguros puede definirse como la puesta en contacto entre aseguradoras y tomadores de seguros, así como la promoción y asesoramiento preparatorio para la formalización de contratos de seguro y la posterior asistencia al Tomador, al Asegurado o al Beneficiario del seguro.

    Literalmente, el*art. 2.1 de la Ley 26/2006*define la mediación de seguros como:

    “aquellas actividades consistentes en la presentación, propuesta o realización de trabajos previos a la celebración de un contrato de seguro o de reaseguro, o de celebración de estos contratos, así como la asistencia en la gestión y ejecución de dichos contratos, en particular en caso de siniestro.”

    Por tanto,*la labor del mediador de seguros consiste en:

    Presentar, proponer y asesorar en la celebración de un contrato de seguro o de reaseguro.Asistir y prestar asesoramiento durante la celebración del contrato.Asistir en la gestión y ejecución de los contratos en caso de siniestro.

    *

    ¿En qué casos se aplica IVA en la mediación de seguros? Exenciones

    Para resolver esta cuestión, analizamos*el artículo 20. 16º de la Ley del IVA, que dice así literalmente:

    Están exentos de este impuesto los*“…servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de las anteriores operaciones”

    Al respecto cabría resaltar que la*Dirección General de Tributos*se pronunció sobre este tema*(Consulta Vinculante D.G.T. de 27 de julio de 2006), subrayando que estarán exentos de tributación la realización de trabajos previos a la celebración del contrato de seguro, incluso cuando el contrato de seguro presentado, analizado o propuesto no llegase finalmente a celebrarse, siempre que el mediador haya puesto en contacto a Compañías Aseguradoras con los Tomadores (servicios descritos en el artículo 2.1 de la Ley 26/2006 que contribuyan a la aproximación del asegurador y el asegurado o vayan dirigidos a la búsqueda de clientes para ponerlos en relación con el asegurador).

    De este modo, entendemos que*la actividad de mediación de seguros está sujeta pero exenta de aplicar IVA.*Por tanto, la comisión que cobra un mediador de seguros no generará el devengo del Impuesto.

    Sobre la aplicación de IVA en el cobro de honorarios por el corredor de seguros:

    Hasta aquí, tenemos claro que la comisión del mediador está exenta de IVA. Pero ¿Qué ocurre si el corredor de seguros acuerda el cobro de honorarios con su cliente? ¿Debe emitir factura aplicando el 21% de IVA?

    Existe un caso en el que el mediador de seguros sí está obligado a practicar IVA.

    Según el art. 29 de la Ley de mediación de seguros, un corredor de seguros también puede cobrar honorarios a sus clientes asegurados (a parte de las comisiones pactadas con las aseguradoras).

    Hablaremos de ello con mayor profundidad en otro artículo porque lo que aquí interesa es resolver la cuestión sobre la aplicación del IVA en la mediación de seguros.

    Es decir, el corredor de seguros podrá prestar otros servicios que no estén incluidos en el artículo 2.1 de la Ley de Mediación que hemos visto más arriba y acabar formalizando una póliza de seguros (que sí está incluido en el art. 2.1).

    Los ejemplos más típicos son los de gestión o administración.

    En conclusión, únicamente en los supuestos que el mediador esté ejerciendo la actividad de mediación de forma explícita conforme a la Ley estarán exentas de soportar IVA.

    Toma SUBNORMAL, cógete la legislación y te haces una paja si quieres.

    Por muy exento que estés tienes que facturar.
    """únicamente en los supuestos que el mediador esté ejerciendo la actividad de mediación de forma explícita conforme a la Ley estarán exentas de soportar IVA""

    Este es mi caso

    Yo no cobro "honorarios" o "minuta" por ninguna gestión, si lo hiciera obviamente tendría que facturar.

  28. #58
    ForoParalelo: Miembro Avatar de galegote
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    Y esas mentiras varias.

    Alguno de vosotros subnormales de derechas os pensáis que los margenes de un negocio son de 10€ o que?


    Si tengo 4 trabajadores cobrando el SMI este año tendra que aumentarles 50€ mensuales lo que suponen unos 80€ de carga al empresario al mes por trabajador.

    Alguien a parte de los subnormales de siempre se cree que una empresa tiene de beneficio por cada trabajador solo 80€????

    Osea monto una estructura de negocio y contrato a 4 personas pero a final de mes solo gano de beneficio 80€ por cada persona osea 400€.

    Alguien se lo cree???

    Bueno pues eso no seáis gilipollas los margenes de los empresarios son mucho mayores y la carga salarial de los trabajadores siempre supone menos del 50% de los gastos fijos.
    Veamos, supongamos que tienes un bar con 4 trabajadores y te interesa contratar a alguien en los periodos de máximo trabajo, cosa típica en la mayor parte del litoral español. Te vas a encontrar que con esa "misera" carga de 80 euros por trabajador, es decir 320 euros cada mes, te supone al año 4.480 euros, ¿Crees que alguien va a contratar a 1 camarero más en verano?, no, lo que harán, será acribillar a horas a los que ya estén currando y si se las pagan, lo harán en negro.

    ¿Que va a ocurrir con estas ideas en las empresas pequeñas?, pues que manolo el del bar, paco el del taller o maruja de la tienda, cuando abran un negocio o tengan que contratar a alguien, no lo harán por 40 horas a la semana y pagarán 950 euros más cotizaciones, harán contratos de 20 o 30 horas, teniendo que trabajar las 40 horas, o contratarán directamente en negro porque no pueden asumir los costes de las cotizaciones.

    Joder, si hasta el coletas le pagaba a sus cámaras y operarios de la Tuerka en negro, eso por no hablar de Echenique.

  29. #59
    ForoParalelo: Oldfag Avatar de FuegoFatuo
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    Cita Iniciado por thebang Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    """únicamente en los supuestos que el mediador esté ejerciendo la actividad de mediación de forma explícita conforme a la ley estarán exentas de soportar iva""

    Este es mi caso

    yo no cobro "honorarios" o "minuta" por ninguna gestión, si lo hiciera obviamente tendría que facturar.
    que aunque estés exento de iva, subnormal, tienes que facturar.

  30. #60
    ForoParalelo: Miembro Avatar de TheBang
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    Veamos, supongamos que tienes un bar con 4 trabajadores y te interesa contratar a alguien en los periodos de máximo trabajo, cosa típica en la mayor parte del litoral español. Te vas a encontrar que con esa "misera" carga de 80 euros por trabajador, es decir 320 euros cada mes, te supone al año 4.480 euros, ¿Crees que alguien va a contratar a 1 camarero más en verano?, no, lo que harán, será acribillar a horas a los que ya estén currando y si se las pagan, lo harán en negro.

    ¿Que va a ocurrir con estas ideas en las empresas pequeñas?, pues que manolo el del bar, paco el del taller o maruja de la tienda, cuando abran un negocio o tengan que contratar a alguien, no lo harán por 40 horas a la semana y pagarán 950 euros más cotizaciones, harán contratos de 20 o 30 horas, teniendo que trabajar las 40 horas, o contratarán directamente en negro porque no pueden asumir los costes de las cotizaciones.

    Joder, si hasta el coletas le pagaba a sus cámaras y operarios de la Tuerka en negro, eso por no hablar de Echenique.
    4480€ mas al año me cuesta mantener a esos 4 trabajadores osea 370€ menos que me voy a llevar al bolsillo todos los meses (eso es lo que realmente preocupa)

    Cuando llegue el verano o la epoca que yo necesite a mas gente la contratare igual porque si para dar un buen servicio en un bar hacen falta 6 camareros no te apañas con 4

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