El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

  1. #1
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    El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

    El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

    Los magistrados desestiman en su sentencia la mayoría de los argumentos de defensa de Artur Mas




    "No existe un derecho a participar en un proceso de votación cuya ilegalidad viene proclamada por quien es intérprete y garante de los derechos fundamentales". Así lo recoge la sentecia del Tribunal Supremo que rebajó las condenas del expresidente de la Generalitat, Artur Mas; la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, por la consulta soberanista del 9N.

    Un proceso participativo que, según el Alto tribunal "con independencia de su naturaleza, era contrario a la Constitución". En la resolución, que se ha hecho pública este miercoles, la Sala de lo Penal sostiene que "si la autoridad correspondiente suspende una votación de ese tipo, como debe hacer, el incumplimiento de tal orden por sus destinatarios será desobediencia, aunque suponga la anulación de una posibilidad que se abría a los ciudadanos de intervenir en asuntos de interés público".

    Defensa de Mas

    Los magistrados contestan así a la defensa de Mas que alegó una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos catalanes al haberse impedido la votación y subrayan que éste es un argumento "sin recorrido" además de "miope".

    El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó al expresidente del Govern a dos años de inhabilitación por la organización de la consulta, una pensa que rebajó el Supremo rebajó a un año y un mes --igual a la del exconseller Francesc Homs por los mismos hechos--.

    Rebaja de condenas
    También Ortega y Rigau han visto reducidas son condenadas, que han quedado en nueve y seis meses de inhabilitación, respectivamente. Una rebaja que, según la sentencia, se da al tener en cuenta que ya han cumplido, junto a Mas, parte del tiempo de inhabilitación.

    Los magistrados señalan que avalan la sentencia del TSJC y subrayan que "la condena no se apoya en la convocatoria una consulta ilegal, sino en el desobedecer" al Tribunal Constitucional que la suspendió.

    "Desatender un mandato específico"
    En esa misma línea, los magistrados del Supremo explican que la condena obedece a que tanto Mas, como Ortega y Rigau "desatendieron un mandato específico y concreto incorporado a una resolución jurisdiccional imperativa que debían acatar y cumplir".

    Para los magistrados, "su actuación lesionó un bien jurídico" y recuerdan la existencia de la separación de poderes: "un poder Ejecutivo no puede imponerse a un poder jurisdiccional en lo que es competencia de éste". "No puede prescindirse en un Estado democrático y de derecho", apostilla la sentencia.


    https://cronicaglobal.elespanol.com/...16435_102.html


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    Última edición por LELON; 24/01/2019 a las 08:03

  2. #2
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    Y la pasta que han "distraido" para el proceso cuando la devuelven????

  3. #3
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    Y la pasta que han "distraido" para el proceso cuando la devuelven????
    el tribunal de cuentas a estos les endosó A Mas se le hace responsable del total de los 4,9 millones de euros y, al resto, se les van imputando importes en función de su papel en el 9-N. Homs debe responder por casi 3,5 millones; Irene Rigau, de 2,8 millones por la compra de los 7.000 ordenadores, y Joana Ortega, por algo más de 1,7 millones de euros.
    e inhabilitación de 2 años,REBAJADA a 1 año y un mes por el T Supremo


    A puigdemont y 17 mas del ex govern 68 millones de euros le pedirán.

    embargados


    aparte el juicio del 1-0
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  4. #4
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    el tribunal de cuentas a estos les endosó 5,2 millones e inhabilitación de 2 años,REBAJADA a 1 año y un mes por el T Supremo

    A puigdemont y 17 mas del ex govern 68 millones de euros le pedirán.

    embargados



    aparte el juicio del 1-0
    Si lo que dices esta bien, pero donde estan los 5,2 millones? Lo han cubierto con los embargos? Si no es asi al trullo hasta que los devuelvan... y lo de PuigMamon y demas piara ya veremos en lo que queda...

  5. #5
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    Por comparar un poco, si yo no pago la hipoteca, el juzagdo me embarga la casa, la saca a subasta y si no se cubre el total de la deuda, la sigo debiendo toda la puta vida... Cuanto han pagado estos de los 5,2 millones, mas intereses claro? No veo yo al Mas muy preocupao que digamos...

  6. #6
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    El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

    Los magistrados desestiman en su sentencia la mayoría de los argumentos de defensa de Artur Mas




    "No existe un derecho a participar en un proceso de votación cuya ilegalidad viene proclamada por quien es intérprete y garante de los derechos fundamentales". Así lo recoge la sentecia del Tribunal Supremo que rebajó las condenas del expresidente de la Generalitat, Artur Mas; la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, por la consulta soberanista del 9N.

    Un proceso participativo que, según el Alto tribunal "con independencia de su naturaleza, era contrario a la Constitución". En la resolución, que se ha hecho pública este miercoles, la Sala de lo Penal sostiene que "si la autoridad correspondiente suspende una votación de ese tipo, como debe hacer, el incumplimiento de tal orden por sus destinatarios será desobediencia, aunque suponga la anulación de una posibilidad que se abría a los ciudadanos de intervenir en asuntos de interés público".

    Defensa de Mas

    Los magistrados contestan así a la defensa de Mas que alegó una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos catalanes al haberse impedido la votación y subrayan que éste es un argumento "sin recorrido" además de "miope".

    El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó al expresidente del Govern a dos años de inhabilitación por la organización de la consulta, una pensa que rebajó el Supremo rebajó a un año y un mes --igual a la del exconseller Francesc Homs por los mismos hechos--.

    Rebaja de condenas
    También Ortega y Rigau han visto reducidas son condenadas, que han quedado en nueve y seis meses de inhabilitación, respectivamente. Una rebaja que, según la sentencia, se da al tener en cuenta que ya han cumplido, junto a Mas, parte del tiempo de inhabilitación.

    Los magistrados señalan que avalan la sentencia del TSJC y subrayan que "la condena no se apoya en la convocatoria una consulta ilegal, sino en el desobedecer" al Tribunal Constitucional que la suspendió.

    "Desatender un mandato específico"
    En esa misma línea, los magistrados del Supremo explican que la condena obedece a que tanto Mas, como Ortega y Rigau "desatendieron un mandato específico y concreto incorporado a una resolución jurisdiccional imperativa que debían acatar y cumplir".

    Para los magistrados, "su actuación lesionó un bien jurídico" y recuerdan la existencia de la separación de poderes: "un poder Ejecutivo no puede imponerse a un poder jurisdiccional en lo que es competencia de éste". "No puede prescindirse en un Estado democrático y de derecho", apostilla la sentencia.


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    Ahora vendrá Marraco a corregir al TS (y haciéndose trampas al solitario, como no) recordándolde que desde 2005 no es ilegal convocar un referéndum e ya!!!!!



  7. #7
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    Ese dinero sale de "caja de resistencia" que las entidades independentistas han constituido con las subvenciones que les da la Generalitat (al menos en un %) con lo que al final una buena parte como mínimo lo van a pagar todos los catalanes, sean independentistas o no.

  8. #8
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    Por comparar un poco, si yo no pago la hipoteca, el juzagdo me embarga la casa, la saca a subasta y si no se cubre el total de la deuda, la sigo debiendo toda la puta vida... Cuanto han pagado estos de los 5,2 millones, mas intereses claro? No veo yo al Mas muy preocupao que digamos...
    Una cosa es la ley para el de a pie y otra para los aforados. No equivoques, hombre.

    Si todo esto hubiese sucedido, por ejemplo, en EE.UU. muchos de estos ya estarían fusilados hace tiempo, sin miramientos. Y además con el beneplácito de toda la población. Ellos son patriotas, defienden los suyo, no hay memos como aquí.

  9. #9
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    El meollo del asunto, si la sentencia dice que han prevaricado, porque no dice tambien que han MALVERSADO el dinero publico y los condena por ello? Al igual que al Puigmamon y piara, mucho tema de rebelion, desobediencia, etc... pero la MALVERSACION o sea el ROBO y saqueo de las arcas publicas que pasa? El suledo de Puigmamon, el chaletazo de Waterloo, los escoltas, los viajes de todos los cerditos con sus acompañantes a ver a Puigmamon, la pasta que se estan gastando todos los huidos de la justicia, eso QUIEN LO PAGA??
    Esta claro que con dinero, aunque sea robado, en este pais sale gratis delinquir, es hasta rentable, no han pisado el trullo, las multas se las pagamos entre todos y encima, se quedan con lo que han robado... Y estos son los patriotas catalanes... jajajjajajajaa.. Y las sentencias de risa, claro..

    Ya veremos cuando salga el juicio de Puigmamon y los 40 ladrones, a ver en que queda.

  10. #10
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    Hoy sí. Hoy sí toca. Hoy la justicia española es corrupta, polítizada y franquista.

  11. #11
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    @Marraco desgraciado

  12. #12
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    El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

    Los magistrados desestiman en su sentencia la mayoría de los argumentos de defensa de Artur Mas




    "No existe un derecho a participar en un proceso de votación cuya ilegalidad viene proclamada por quien es intérprete y garante de los derechos fundamentales". Así lo recoge la sentecia del Tribunal Supremo que rebajó las condenas del expresidente de la Generalitat, Artur Mas; la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, por la consulta soberanista del 9N.

    Un proceso participativo que, según el Alto tribunal "con independencia de su naturaleza, era contrario a la Constitución". En la resolución, que se ha hecho pública este miercoles, la Sala de lo Penal sostiene que "si la autoridad correspondiente suspende una votación de ese tipo, como debe hacer, el incumplimiento de tal orden por sus destinatarios será desobediencia, aunque suponga la anulación de una posibilidad que se abría a los ciudadanos de intervenir en asuntos de interés público".

    Defensa de Mas

    Los magistrados contestan así a la defensa de Mas que alegó una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos catalanes al haberse impedido la votación y subrayan que éste es un argumento "sin recorrido" además de "miope".

    El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó al expresidente del Govern a dos años de inhabilitación por la organización de la consulta, una pensa que rebajó el Supremo rebajó a un año y un mes --igual a la del exconseller Francesc Homs por los mismos hechos--.

    Rebaja de condenas
    También Ortega y Rigau han visto reducidas son condenadas, que han quedado en nueve y seis meses de inhabilitación, respectivamente. Una rebaja que, según la sentencia, se da al tener en cuenta que ya han cumplido, junto a Mas, parte del tiempo de inhabilitación.

    Los magistrados señalan que avalan la sentencia del TSJC y subrayan que "la condena no se apoya en la convocatoria una consulta ilegal, sino en el desobedecer" al Tribunal Constitucional que la suspendió.

    "Desatender un mandato específico"
    En esa misma línea, los magistrados del Supremo explican que la condena obedece a que tanto Mas, como Ortega y Rigau "desatendieron un mandato específico y concreto incorporado a una resolución jurisdiccional imperativa que debían acatar y cumplir".

    Para los magistrados, "su actuación lesionó un bien jurídico" y recuerdan la existencia de la separación de poderes: "un poder Ejecutivo no puede imponerse a un poder jurisdiccional en lo que es competencia de éste". "No puede prescindirse en un Estado democrático y de derecho", apostilla la sentencia.


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    Esa opinión del TS contrasta fuertemente con la lógica más elemental: Votar no es delito, ni falta; ni tampoco infracción.

  13. #13
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    El Supremo sobre el 9N: "No existe derecho a participar" en una votación ilegal

    Los magistrados desestiman en su sentencia la mayoría de los argumentos de defensa de Artur Mas




    "No existe un derecho a participar en un proceso de votación cuya ilegalidad viene proclamada por quien es intérprete y garante de los derechos fundamentales". Así lo recoge la sentecia del Tribunal Supremo que rebajó las condenas del expresidente de la Generalitat, Artur Mas; la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera Irene Rigau, por la consulta soberanista del 9N.

    Un proceso participativo que, según el Alto tribunal "con independencia de su naturaleza, era contrario a la Constitución". En la resolución, que se ha hecho pública este miercoles, la Sala de lo Penal sostiene que "si la autoridad correspondiente suspende una votación de ese tipo, como debe hacer, el incumplimiento de tal orden por sus destinatarios será desobediencia, aunque suponga la anulación de una posibilidad que se abría a los ciudadanos de intervenir en asuntos de interés público".

    Defensa de Mas

    Los magistrados contestan así a la defensa de Mas que alegó una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos catalanes al haberse impedido la votación y subrayan que éste es un argumento "sin recorrido" además de "miope".

    El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó al expresidente del Govern a dos años de inhabilitación por la organización de la consulta, una pensa que rebajó el Supremo rebajó a un año y un mes --igual a la del exconseller Francesc Homs por los mismos hechos--.

    Rebaja de condenas
    También Ortega y Rigau han visto reducidas son condenadas, que han quedado en nueve y seis meses de inhabilitación, respectivamente. Una rebaja que, según la sentencia, se da al tener en cuenta que ya han cumplido, junto a Mas, parte del tiempo de inhabilitación.

    Los magistrados señalan que avalan la sentencia del TSJC y subrayan que "la condena no se apoya en la convocatoria una consulta ilegal, sino en el desobedecer" al Tribunal Constitucional que la suspendió.

    "Desatender un mandato específico"
    En esa misma línea, los magistrados del Supremo explican que la condena obedece a que tanto Mas, como Ortega y Rigau "desatendieron un mandato específico y concreto incorporado a una resolución jurisdiccional imperativa que debían acatar y cumplir".

    Para los magistrados, "su actuación lesionó un bien jurídico" y recuerdan la existencia de la separación de poderes: "un poder Ejecutivo no puede imponerse a un poder jurisdiccional en lo que es competencia de éste". "No puede prescindirse en un Estado democrático y de derecho", apostilla la sentencia.


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    Han tardado...

  14. #14
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    Artur Mas podrá optar de nuevo un cargo público a partir de febrero de 2020
    El expresidente de la Generalitat Artur Mas, en una imagen de archivo. /Efe
    El expresidente de la Generalitat Artur Mas, en una imagen de archivo. / EFE
    El Supremo confirma los 13 meses de inhabilitación al expresidente catalán por la consulta del 9-N, cuya desobediencia fue «deliberada, consciente y contumaz»
    Mateo Balín
    MATEO BALÍNMadrid
    Miércoles, 23 enero 2019, 15:48
    El Tribunal Supremo ha dado a conocer este miércoles la sentencia sobre la consulta popular realizada el 9 de noviembre de 2014 en Cataluña, cuyo fallo se adelantó el pasado 17 de diciembre. La Sala Segunda (de lo Penal) ha confirmado la condena a 13 meses de inhabilitación para empleo o cargo público para el expresidente de la Generalitat (2010-2016), Artur Mas.

    El expresidente del PDeCAT hasta hace un año podrá volver así a optar a un cargo de responsabilidad a finales de febrero de 2020, cuando cumpla la condena firme del alto tribunal, si así lo desea.

    No obstante, Mas tiene otro frente abierto en el Tribunal de Cuentas, que en noviembre pasado le condenó a devolver 4,9 millones de euros utilizados de forma indebida para la financiación de la consulta pese a haber sido suspendida por el Tribunal Constitucional.

    Esta sentencia, que ha sido recurrida ante el órgano fiscalizador, afecta también a la exvicepresidenta Joana Ortega y a los exconsejeros Francesc Homs e Irene Rigau, como responsables solidarios de la millonaria multa. En el caso de Mas, tiene embargados de forma provisional parte de sus bienes para hacer frente al total de la cuantía si el resto de condenados se declaran insolventes.

    «El responsable soy yo y mi gobierno»
    Con respecto a la sentencia del 9-N en el Supremo, la Sala destaca que la actitud del expresidente fue «deliberada, consciente y contumaz» y que, pese a la advertencia del Constitucional, dijo públicamente que él era responsable de abrir los colegios aquel día. «Soy yo y mi gobierno». Esas palabras, señala la sentencia firmada por el magistrado Antonio del Moral, «están más próximas a una actitud desafiante que a la psicología de una persona atormentada por el afán de conciliar el respeto al mandato constitucional con sus compromisos con sus electores».

    Mas fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a 24 meses de inhabilitación por un delito de desobediencia, pero el Supremo lo deja ahora en 13 meses, equiparándola a la de Francesc Homs, primer juzgado por el 9-N en el alto tribunal en su condición de aforado.

    https://www.laverdad.es/nacional/art...5239-ntrc.html

  15. #15
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    Artur Mas, condenado a pagar 4,9 millones por los gastos de la consulta del 9-N
    El Tribunal de Cuentas ha condenado al expresidente catalán Artur Mas y a otros ex altos cargos autonómicos a devolver, de forma solidaria, casi cinco millones de euros gastados por la Generalitat de Cataluña en organizar y celebrar la consulta independentista del 9 de noviembre 2014, que fue declarada ilegal por el Tribunal Constitucional.

    Según la sentencia de 90 folios, la sección de enjuiciamiento del órgano fiscalizador ha estimado las demandas de las organizaciones Abogados Catalanes por la Constitución y Sociedad Civil Catalana y ha condenado a Mas, los exconsejeros Francesc Homs, Irene Rigau y Joana Ortega y seis personas más por los gastos originados por la consulta del 9-N, cifrados en 4.946.788,16 euros.

    La condena es solidaria, por lo tanto la tienen que pagar entre todos los condenados, aunque no a partes iguales. Artur Mas, en tanto que era el presidente y el máximo responsable, debería asumir la parte que no pudieran hacer efectivo entre todos los demás. A Mas se le hace responsable del total de los 4,9 millones de euros y, al resto, se les van imputando importes en función de su papel en el 9-N. Homs debe responder por casi 3,5 millones; Irene Rigau, de 2,8 millones por la compra de los 7.000 ordenadores, y Joana Ortega, por algo más de 1,7 millones de euros.

    El Tribunal de Cuentas había embargado provisionalmente bienes de Mas para hacer frente a la cuantía. En marzo de 2017, el expresidente de la Generalitat fue condenado por la vía penal por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Le acusaron de un delito de desobediencia y le impusieron dos años de inhabilitación especial. Ahora está a la espera del recurso de casación en el Tribunal Supremo junto a sus compañeras Irene Rigau (un año y seis meses) y Joana Ortega (un año y nueve meses de inhabilitación por el mismo delito).

    En el caso del exdiputado convergente y exconsejero de Presidencia Frances Homs, fue castigado a un año y un mes de inhabilitación en marzo de 2017 por el Tribunal Supremo por desobedecer en el 9-N y a una multa de 30.000 euros.

    Poco después de conocer el fallo, Mas, Ortega, Rigau y Homs han calificado la sentencia de «aberración jurídica», que «vulnera la propia jurisprudencia del Tribunal de Cuentas». «No aceptamos en ningún caso la sentencia y reiteramos que de ninguna manera se ha producido ningún gasto irregular que comporte una responsabilidad contable que justifique la pena impuesta», han apuntado en un comunicado.

    «Es más, desde el primer momento, el gobierno de la Generalitat ha dejado claro que no se siente perjudicado económicamente y que los gastos del 9-N fueron legales. No sólo eso, sino que durante el juicio penal, el mismo TSJC desestimó el delito de malversación», ha señalado. «La decisión del Tribunal de Cuentas se encuentra muy lejos de la imparcialidad y pretende ser, por un lado, un escarmiento para todos aquellos que llevamos a cabo el proceso participativo del 9-N y, por otro, un aviso para navegantes», ha apuntado. Y ha anunciado que todos ellos presentarán «el correspondiente recurso en la sala de apelaciones del Tribunal de Cuentas».

    Mas y los otros tres miembros del entonces Ejecutivo catalán fueron condenados primero por el TSJC y más tarde por el Tribunal Supremo a penas de inhabilitación por los delitos, probados, de desobediencia y prevaricación. No fueron, en cambio, condenados por el delito de malversación, pues no siquiera la Fiscalía les acusó por este delito.

    Sin embargo, la entidad antiindependentista Sociedad Civil Catalana presentó el pasado una denuncia ante el Tribunal de Cuentas contra el expresidente catalán y sus excolaboradores con el objetivo de que pudieran «devolver» los gastos que supusieron para la administración catalana la organización de la consulta del 9-N. «El archivo de la causa penal por el delito de malversación de caudales públicos no les exime de que no deban responder por su responsabilidad contable y presupuestaria, al haber dispuesto de fondos públicos para llevar a cabo un proceso de 'participación ciudadana' carente de cualquier cobertura constitucional, legal y presupuestaria», según denunció SCC. Poco después, la Fiscalía apoyó la apertura de una investigación. Finalmente, el Tribunal de Cuentas abrió el procedimiento. Y esta mañana se ha conocido la sentencia, que les condena a devolver los casi cinco millones requeridos.

    Votar no es delito, ni falta; ni tampoco infracción.


  16. #16
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    Todo correcto, ahora toca disfrutar de esta sentencia hasta la próxima ocurrencia para "normalizar la situación" que tenga el Gobierno socialista.

  17. #17
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    Todo correcto, ahora toca disfrutar de esta sentencia hasta la próxima ocurrencia para "normalizar la situación" que tenga el Gobierno socialista.

    HOY el chistorra ha contado un chiste , que como no le gusten las sentencias del process no descarta la DUI


  18. #18
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    Torra da por hecho que las sentencias serán condenatorias y no descarta otra DUI
    Evidencia pocas esperanzas en el diálogo con Sánchez: “Es posible que yo pensara que tendríamos la misma respuesta pero necesitábamos pasar por esto”

    https://www.lavanguardia.com/politic...carta-dui.html




    Última edición por LELON; 24/01/2019 a las 13:15

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