El vídeo de PODEMOS que destapa el plan de Sánchez para que las empresas te despidan

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  1. #31
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Zipnaf
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    Cita Iniciado por nonsi Ver mensaje
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    Solo he leído los subtítulos, pero joder, ¿quién es el imbécil que ha hecho ese vídeo?

    ¿Cómo que la empresa está obligada a indemnizarte si te despiden de forma improcedente? ¿Y si lo hacen de forma procedente no, y si es por finalización de contrato tampoco?

    Madre mía...
    Exactamente.

    Si te despido porque me sale de mis cojones morenos tengo que pagarte una indemnización que no pagaría con un despido procedente.

  2. #32
    ForoParalelo: Miembro Avatar de iyo
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    Cita Iniciado por poIitikon Ver mensaje
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    Me suena mucho a la mochila austriaca.

    Una puntualización importante. El trabajador ya paga su pensión con su salario, aunque lo hace indirectamente.

    Me explico.

    La mayor parte de las pensiones aún se nutren con las cotizaciones sociales, que son pagadas en su mayor parte por las empresas. Pero esa cuota del empleador no es un impuesto, sino un coste laboral.

    Cuando una empresa estudia la posibilidad de contratar a un trabajador, calcula su posible aportación y los costes que le supone su contratación, y en esos costes se incluyen por supuesto esas cotizaciones sociales.

    Si de repente esas cotizaciones dejarán de pagarse ¿Quien las debería cobrar? Lo lógico sería que las cobrase el empleado, porque en el cálculo de la empresa forma parte de su coste. Por eso se podría decir que los trabajadores pagan sus pensiones dejando de cobrar esas aportaciones a la caja común de la Seguridad Social.

    La diferencia entre lo que hay ahora y lo que dice el vídeo es que no existe un vínculo individualizado entre lo cotizado y lo percibido. Los criterios de fijación de los importes de cada pensión no se fijan en función de lo que haya cotizado su perceptor.
    Jajajajajajaj bueno visto lo visto eso es bastante discutible la verdad

  3. #33
    ForoParalelo: Miembro Avatar de poIitikon
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    Cita Iniciado por iyo Ver mensaje
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    Jajajajajajaj bueno visto lo visto eso es bastante discutible la verdad
    Fíjate cómo lo he redactado:

    ¿Quien las debería cobrar? Lo lógico sería que las cobrase el empleado, porque en el cálculo de la empresa forma parte de su coste.

    Debería, sería. El uso del condicional no es para nada casual.

    Pero bueno, ten en cuenta que es una explicación puramente conceptual.

  4. #34
    Liker Avatar de Benedicto Camela
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    Cita Iniciado por Wiilson Ver mensaje
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    Es abaratar el despido. No entiendo eso de cuidado al contratar evitalo si puedes, que va a hacer el empresario? no contratar? y de que va a vivir?
    Pero entiendes que toda indemnización por despido es una traba a la contratación?

    Abaratar el despido es algo bueno, de hecho no veo por qué ha de tener un precio. A mí los clientes no me indemnizan si mañana deciden dejar de comprar en mi panadería, por qué ha de indemnizar a nadie el panadero por dejar de necesitar sus servicios?

  5. #35
    Humano y filantrópico Avatar de PadreJerome
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    Cita Iniciado por Melissa Ver mensaje
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    Ya, y unos roban para salvar a los pobres y otros para salvar a los ricos y los que pagamos somos siempre los mismos y los que se forran idem
    Ellos miran por su propio culo, no salvan a nadie, reparten migajas a sus amigos y poco más.

  6. #36
    Humano y filantrópico Avatar de PadreJerome
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    Cita Iniciado por Wiilson Ver mensaje
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    Hablar del PP, Cs y VOX es como hablar de homofobia, racismo, machismo y desigualdad. Todos tratan de hacer que los ricos sean mas ricos y los pobres mas pobres, solo cambia el partido
    ¿Homofobia, racismo, machismo y desigualdad?

    Vayamos por partes, la cosa que así:

    Derecha: Homofobia, racismo, machismo y desigualdad.

    Izquierda: Heterofobia, multiculturalidad, feminismo e igualdá?

    Aquí hay cosas que no cuadran desde lejos...

  7. #37
    ForoParalelo: Miembro Avatar de nonsi
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    Cita Iniciado por Zipnaf Ver mensaje
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    Exactamente.

    Si te despido porque me sale de mis cojones morenos tengo que pagarte una indemnización que no pagaría con un despido procedente.
    Pero eso es mentira, o no es del todo cierto, llámalo como quieras. Cuando se realiza un despido procedente o una finalización de contrato, ¿no hay que pagar acaso indemnización por despido?

  8. #38
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Zipnaf
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    Cita Iniciado por nonsi Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pero eso es mentira, o no es del todo cierto, llámalo como quieras. Cuando se realiza un despido procedente o una finalización de contrato, ¿no hay que pagar acaso indemnización por despido?
    No la misma, si finalizas contrato o tienes un despido procedente tendré que pagarte la parte proporcional de las vacaciones (si no las has disfrutado) y la parte proporcional de las pagas extras (si es que no están prorateadas mensualmente) amén de liquidar cualquier otra cosa pendiente como días que se te deban, incentivos y demás pero no te pagaré ninguna indemnización.

    Si es improcedente si estás de contrato (sino recuerdo mal) aparte de lo dicho deberé pagarte hasta el último día del contrato aunque te despida 3 meses antes y si estas indefinido o fijo entre 20 y 40 días x año trabajado con un tope de x años.

  9. #39
    ForoParalelo: Miembro Avatar de nonsi
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    Cita Iniciado por Zipnaf Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    No la misma, si finalizas contrato o tienes un despido procedente tendré que pagarte la parte proporcional de las vacaciones (si no las has disfrutado) y la parte proporcional de las pagas extras (si es que no están prorateadas mensualmente) amén de liquidar cualquier otra cosa pendiente como días que se te deban, incentivos y demás pero no te pagaré ninguna indemnización.

    Si es improcedente si estás de contrato (sino recuerdo mal) aparte de lo dicho deberé pagarte hasta el último día del contrato aunque te despida 3 meses antes y si estas indefinido o fijo entre 20 y 40 días x año trabajado con un tope de x años.
    Bueno, pues hoy vas a aprender algo nuevo.

    De lo primero que hablas es del finiquito, que debes de cobrar siempre que se termine una relación laboral y consta de, básicamente, los conceptos que dices y que te adeude la empresa.

    Pero, a diferencia de lo que crees, cuando se termina un contrato a instancias del empresario, este siempre debe pagarte una indemnización, lo que se conoce, o conocía sobre todo antes, como liquidación. Que no sea la misma cuantía en un improcente que en un procedente, por ejemplo, no quiere decir que no exista esa obligación.

    Continúemos:

    Primero. Si el despido es procedente, el empresario alegará razones técnicas, organizativas, de producción, etc., para acogerse a esa modalidad. En ese caso la indemnización ascenderá a 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. (Recordemos que la indemnización por despido improcedente está ahora en 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades, y, para los contratos con antigüedad a abril, creo, del 2012, se pagaría como se venía pagando antes, ojo hasta esa fecha, 45 días con un máximo de 42 mensualidades. A partir de ahí, los 33 días).

    Segundo. Si el despido se produce por terminación de contrato, sea temporal o de obra, el empresario deberá indemnizarte con 12 días de salario por año trabajado, que, lógicamente, se prorratearán a razón del tiempo trabado. Sea este, un día, una semana o seis meses.

    Tercero. Si se produce un despido disciplinario o una baja voluntaria, eso ya no sería "culpa" del empresario, en ese caso, por supuesto, como es lógico, claro que no tiene que indemnizarte el empresario. Solo jodería.

    Cuarto. Que sea la última vez que te leo la gilipollez que has escrito en el último párrafo. ¿De dónde has sacado tú que el empresario vaya a pagarte hasta el último día de contrato si lo termina antes? Para eso esta la indemnización por despido. ¿Qué crees que es un trabajador, un futbolista profesional con unos contratos y cláusulas de la hostia?

    De nada.

  10. #40
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    Cita Iniciado por nonsi Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Bueno, pues hoy vas a aprender algo nuevo.

    De lo primero que hablas es del finiquito, que debes de cobrar siempre que se termine una relación laboral y consta de, básicamente, los conceptos que dices y que te adeude la empresa.

    Pero, a diferencia de lo que crees, cuando se termina un contrato a instancias del empresario, este siempre debe pagarte una indemnización, lo que se conoce, o conocía sobre todo antes, como liquidación. Que no sea la misma cuantía en un improcente que en un procedente, por ejemplo, no quiere decir que no exista esa obligación.

    Continúemos:

    Primero. Si el despido es procedente, el empresario alegará razones técnicas, organizativas, de producción, etc., para acogerse a esa modalidad. En ese caso la indemnización ascenderá a 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. (Recordemos que la indemnización por despido improcedente está ahora en 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades, y, para los contratos con antigüedad a abril, creo, del 2012, se pagaría como se venía pagando antes, ojo hasta esa fecha, 45 días con un máximo de 42 mensualidades. A partir de ahí, los 33 días).

    Segundo. Si el despido se produce por terminación de contrato, sea temporal o de obra, el empresario deberá indemnizarte con 12 días de salario por año trabajado, que, lógicamente, se prorratearán a razón del tiempo trabado. Sea este, un día, una semana o seis meses.

    Tercero. Si se produce un despido disciplinario o una baja voluntaria, eso ya no sería "culpa" del empresario, en ese caso, por supuesto, como es lógico, claro que no tiene que indemnizarte el empresario. Solo jodería.

    Cuarto. Que sea la última vez que te leo la gilipollez que has escrito en el último párrafo. ¿De dónde has sacado tú que el empresario vaya a pagarte hasta el último día de contrato si lo termina antes? Para eso esta la indemnización por despido. ¿Qué crees que es un trabajador, un futbolista profesional con unos contratos y cláusulas de la hostia?

    De nada.
    Pues bueno es saberlo porque yo solo conozco lo que hace mi empresa y eso es lo que digo no soy un experto

    Pero en mi empresa si despiden un trabajador de contrato arbritrariamente si se lo pagan todo hasta el último día.

    Tambien es verdad que nuestros contratos temporales nunca superan los 6 meses y no es mi area de trabajo.

  11. #41
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    Pues bueno es saberlo porque yo solo conozco lo que hace mi empresa y eso es lo que digo no soy un experto

    Pero en mi empresa si despiden un trabajador de contrato arbritrariamente si se lo pagan todo hasta el último día.

    Tambien es verdad que nuestros contratos temporales nunca superan los 6 meses y no es mi area de trabajo.
    Quédate con lo último que has escrito, que no es tu área de trabajo, porque, y no es discutir por discutir, estoy seguro de que eso no lo hacen así. Pregunta, informáte bien y verás.

  12. #42
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    Cita Iniciado por iyo Ver mensaje
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  13. #43
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    Pues bueno es saberlo porque yo solo conozco lo que hace mi empresa y eso es lo que digo no soy un experto

    Pero en mi empresa si despiden un trabajador de contrato arbritrariamente si se lo pagan todo hasta el último día.

    Tambien es verdad que nuestros contratos temporales nunca superan los 6 meses y no es mi area de trabajo.
    Tambien te digo que no despedimos nunca salvo despido procedente o que suceda algo extremadamente raro así que puedo estar perfectamente equivocado.

    Pero de todas formas volviendo al hilo si hay una diferencia en la indemnización entre procedente e improcedente.

  14. #44
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Tambien te digo que no despedimos nunca salvo despido procedente o que suceda algo extremadamente raro así que puedo estar perfectamente equivocado.

    Pero de todas formas volviendo al hilo si hay una diferencia en la indemnización entre procedente e improcedente.
    ¡No te cites a ti mismo!

    Y ya sé que hay diferencia, yo mismo te la dije. Y sí, estás equivocado.

  15. #45
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    Cita Iniciado por Benedicto Camela Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    La indemnización por despido no es "defender al trabajador". Es una especie de multa por darle trabajo a alguien. Un impedimento, una traba inicial que el empresario sabe que está ahí, diciéndole: "Ten mucho cuidado al contratar, de hecho, evitalo si puedes, porque como tengas que echarte atrás en esta decisión, te va a costar caro".
    No es una multa por crear, sino por destruir y, a su vez, le da más estabilidad al trabajador.

  16. #46
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    Cita Iniciado por Mr_Propet Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    No es una multa por crear, sino por destruir y, a su vez, le da más estabilidad al trabajador.

    Y al empresario que le den?

  17. #47
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    Sin estaa mierdas se favofeceria la contratacion.
    VIVA EL CAPITAL
    VIVA LA PATRONAL
    VIVA LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

  18. #48
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    Cita Iniciado por Mr_Propet Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    No es una multa por crear, sino por destruir y, a su vez, le da más estabilidad al trabajador.
    Antes de destruir, el empresario ha creado ese puesto y el empresario sabe que puede llegar el día en que tenga que finalizar la relación laboral.

    Por eso, en la práctica, se penaliza la contratación añadiéndole un riesgo innecesario.

  19. #49
    Liker Avatar de Benedicto Camela
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y al empresario que le den?
    El empresario que se joda, y cuando hayan desparecido todos, rezamos a Manitú para que cree riqueza en su lugar.

  20. #50
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y al empresario que le den?
    Para nada, yo siempre he sido partidario de bajar el impuesto por contratación.

  21. #51
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Melissa
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    Cita Iniciado por Mr_Propet Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Para nada, yo siempre he sido partidario de bajar el impuesto por contratación.
    Me refiero a la estabilidad del trabajador. Quien le da estabilidad a las pymes?

  22. #52
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Mr_Propet
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Me refiero a la estabilidad del trabajador. Quien le da estabilidad a las pymes?
    Los mismos empresarios que son dueños y señores de sus empresas.

  23. #53
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Melissa
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Los mismos empresarios que son dueños y señores de sus empresas.
    Vale

  24. #54
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    que va a hacer el empresario? no contratar? y de que va a vivir?
    ¿Que qué va a hacer el empresario?.

    En primer lugar no deja de ser revelador que te jactes de una posición de fuerza frente al empresario.
    No llores si luego la fuerza se vuelve contra ti, pues tú has elegido las armas.

    ¿Qué va a hacer el empresario?:

    *) Outsourcing.
    *) Encadenar contratos temporales.
    *) Externalizar servicios.
    *) Falsos autónomos (y autónomos relaes).
    *) La "técnica Echenique".
    *) Subemplear.
    *) Firmas en blanco.
    *) Sustituirte por una máquina/robot en cuanto pueda.
    *) Aprovisionar la indemnización futura con cargo a tu salario actual.
    *) Contratar menos, y contratar por menos.
    *) Y si finalmente le tocas muchos los cojones, llevarse el chiringo a Panamá.

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