Yo no me he inventando nada para el carro, he copiado literalmente lo que pone dsde la pag de politikón puedes buscarlo alli donde lo he pegado de todas maneras puesrtos a interpretar articulos te saco dos concretos.
La
Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza a cada persona en su artículo 25.1 el "derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios". Y el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales lo ratifica en su artículo 11.1 al reconocer "el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluidas alimentación, vestido y vivienda, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho".
la
Carta de Derechos Fundamentales de la UE del año 2000 señala en su artículo 34.3 que "con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes, según las modalidades establecidas por el Derecho comunitario y las legislaciones y prácticas nacionales"