Debate Lo que cambiaria si se legalizara la prostitucion

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  1. #61
    ForoParalelo: Miembro Avatar de Papi Chulo
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    Hasta los que promueven públicamente su abolición están en contra de puertas para adentro, mira el PSOE, abolicionista pero lleno de puteros a más no poder.
    Y putas que consiguen ser diPUTAdas.

  2. #62
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    Que tu madre cotizaría

  3. #63
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    Los autónomos podrían desgravar el IVA

  4. #64
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    le encantaria al tal torbe... https:cheesporn/categorie/putalocura

  5. #65
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  6. #66
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    Tendría que ser legales y en régimen autónomo

  7. #67
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    quiisera prolongar sobre los partados que cambiaria si se legalizaria este trabajo y pasaria a ser normal y corriente:
    A la definicion de cada una de las categorias laborales,seguia en el apartado II de la ordenanza, la tabla salarial y la fijacion de aumentos retributivos por trabajos de caracter especial o singularmente arriesgados. Entre otros eventos profesionales, se contemplaba la prestacion de servicios extraordinarios a solicitud del cliente, que requieran vestuario determinado(HABITO DE MONJA,LIGUERO Y MEDIAS NEGRAS,BOTA ALTA CON ESPUELAS Y DEMAS ESCENOGRAFIA PROPIA PARA FETICHISTAS..) esto suponia un plus, variable segun la categoria de cada trabajadora.Era en cambio unico y comun a todas las categorias el " plus de peligrosidad de 100 euros" que se devengaria en caso de ocuparse con migrantes, clientes del tercer mundo, drogadictos o alcoholicos manifiestos.

    Se establecerian, asimismo pluses que aumentaban los salarios base para especialidades eroticas que exijan de la trabaajdora un esfuerzo superior al del coito normal y muy singularmente obtendrian importantes aumentos retributivos ciertas desviaciones de las formas d ela cohabitacion comun, tales como denomindas "cunnilingus" "absorcion bucal" y practicas sado-masoquistas o contra natura.quedaria bien claro en el texto que en dichos supuestos, las trabajadoras del amor estarian legalmente autorizadas para negarse a efectuar semejantes variantes ela actividad profesional normal. que por ello tendrian siomepre caracter voluntario, siendo al respecto las tarifas de la ordenanza orientativas y minimas, sin limite de su cuantia.

    con especial detenimiento, la reglamentacion de extenderia 8apartado IV de la competencia ilicita) en prescribir la riogurosa prohibicion de las practicas de concurrencia deleal, que quedaban oportunamente sancionadas, dejando fuera de toda posible interpretacion posterior que el ejercicio de la prestacion personal con objeto de producir placeres carnales mediante estipendio o retribucion sea cual fuere su cuantia, quedaria edxclusivamente reserfvado a las trabajadoras del amor, cuyos derechos y obligaciones, se establecen en la presente ordenanza. Seran perseguidas y sancionadas conforme a las leyes vigentes en materia de competencia ilicita aquellas personas, que, no siendo profesionales acogidas a esta reglamentacion, ejerzan fraudulentamente actividades similares, auewnque desarrollen con habitualidad otros oficios, e incluso, si, tratandose d emujeres sin oficio concreto, de las llamadas "sus labores" constara que perciben gratificaciones en metalico por cohabitar d emanera subrepticia.

    Despues de atender sabiamente al mecanica disciplinaria, en el aparatado "faltas y sanciones" y de arbitar un organismo de control, encargado de velar por el cumplimiento fiel d ela norma legal, se crearia un registro d elas trabajadoras del amor que constaria de tantos libros como paises del estado existiesen en cada momento, y en donde quedarian inscritas la sprofesionales.Esta isncripcion, cuyo numero forzosamente tendria que figurar en el carnet sindical, seria imprescindible para poder ejercer elgalmente la actividad y podria exigirse su presentacion por los clientes.Tambien y en defensa de la dignidad y prestigio de la profesion, se impondria a todas las trabajadoras del amor, la obligacion de llevar siempre encima y a disposicion de quien la solicitase una libreta de relcamaciones.

    El apatado V (seguiridad e higiene en el trabajo) regularia la dotacion minima de que deberian disponer los locales de trabajo, asi propios como alquilados, los cuales necesariamente contarian con cama o litera (prohibiendose de manera expresa el ejercicio profesional en sofas o muebles que no reuniesen la comodidad debida) y ventilacion suficiente asi como clafaccion durante los meses de noviembre a marzo que en caso justificado y para los aparatados a) b) y f) de la clasificacion del articulo 1º podria suplirse con estufas, convectores,o aparatos analogos. losm sewrvicios presentarian una elemental higiene externa y en ellso, como condicion imprescindible, deberia existir un bidet, prohibiendose rigurosamente cualquier sustitucion del mismo por barreños,jofainas o semenjantes.

    Finalmente y como singular acierto juridico, la ordenanza introduciria la figura legal de las trabajadoras del amor antes llamados chulo o macarras.el profundo contenido social de este aaprtado IX de la reglamentacion mereceria grandes alabanzas de sus beneficiarios y tambien d elas propias trabajadoras que conseguirian finalmente ver estructuradas una acvtividad hasta entonces, huerfana de tratameinto alguno por parte del derecho y merced a una justiucia democraticxa de amplisimo espectro social.,se encajaria en la normativa vigente,adjudicando a tales asesores fiscales un porcentaje de participacion sobre los ingresos de sus administradas.

    la jubilacion como he dicho anteriomente en un apartado seria a los 50 años , eso si la voluntaria y la frozosa a los 55, dentro de las formulas de los trabajadores autonomos, tenida como la mas adecuada para este sector por evidentes analogias funcionales. La aportacion a haciendase nutriria con las cuotas d elos mutualistas consistentes en el 4,5 por ciento de sus ingresos mensuales, a cuyos efectos deberian presentar una declaracion jurada de lso mismos.Hbria problema en cuanto a la definicion d elos beneficiarios, cuando fuesen los descendientes, ya que indudablemente, era indispensable matizar, con mesura, discrecion y tacto, la definicion de HIjos de trabaajdoras del amor.

  8. #68
    ForoParalelo: Miembro Avatar de stergakos
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    ¿esta muy bien detallado o falta algo mas que añadir?

  9. #69
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    esta pero que muy bien lo que añadi...

  10. #70
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    pues se habla mucho sobre el tema de abolirla , pero yo desde luego que estoy a favor de legalizarla..estos son los puntos mas importantes y sustanciales que formarian parte de este negocio que para mi habria que legalizarlo.
    se estableceria un reglamento en el que segun el articulo I del primer apartado capitulo 1º "se considera como trabajadoras del amor a aquellas personas que ejercen un oficio encargado de producir placeres carnales a las personas y que estaran consideradas como trabajadoras normales y corrientes"
    y pasemos al apartado d elas ordenanzas laborales, las trabajadoras qeudaran distribuidas de la siguiente forma

    A) peripateticas urbanas tambein llamadas busconas
    B) trabajadoras en zonas rurales o nucleos reducidos de la poblacion
    C) trabajadoras a domicilio
    D) trabajadoras en domiclio propio
    E) trabajadoras de mixta domiciliacion
    F) trabajadoras en locales publicos, tambien se les podria llamar camareras incluyendo actos de descorche
    G) call-girls
    se crearia un sindicato para estas trabajadoras llamado el SULTA (sindicato union libre de trabajadoras del amor)
    tambien podrian cobrar un plus de peligrosidad social para ciertos estamentos de la sociedad, tales como alcoholicos, drogadictos e inmigrantes, asi como otro plus sobre ciertos servicios especiales y son llamados contra natura o parafilias como fetichismo vestir al cliente con ciertos habitos como con ligueros, y las correspondientes practicas sadomasoquistas.queda claro que las trabajadoras qeudarian exentas de realizar estos actos de manera obligada.
    los llamados chulos o proxenetes pasarian a llamarse ARES (administradores de renta erotica) contribuyendo eso si, y declarando una parte de los beneficios obtenidos por las trabajadoras del amor.dada la emcanica del asunto todas las trabajadoras podran contar con los correspondientes libros de quejas y reclamaciones para poder alegar por algo que no les ha gustado o querrian modificar.
    pasando al articulo II y correspondiente al de seguridad e higiene en el trabajo todos los locales publicos deberan de ser equipados de las correspondientes medidas sanitarias como la ventilacion y la calefaccion durante los meses de noviembre a marzo, quedaran excluidas los sofas y muebles para realizar la cohabitacion señalada siendo las camas y literas los tipicos lugares del acto.
    para finalizar la jubilacion sera voluntaria a los 50 años de edad y la forzada a los 55 años cotizando como es normal en el regimen de los trabajadores autonomos
    Te doy mis 10. De lo mejor que he leído aquí.

  11. #71
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    Bajaría mucho el paro, y las de podemos dejarían de cobrar en B.

  12. #72
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y putas que consiguen ser diPUTAdas.
    Y hasta reputadas.

  13. #73
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    pero mucho que cambiaria, lo que pasa que el gobierno no se va a atrever a legalizarla,aumentarian los fraudes.

  14. #74
    卐 Sieg Heil y tal 卐 Avatar de castor3000
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    Lo que cambiaria si se legalizara la prostitucion

  15. #75
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    nunca se va a legalizar

  16. #76
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    pues muchas cosas

  17. #77
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    Totalmente a favor de que vuestras madres trabajen de forma legal y paguen impuestos por sus servicios

  18. #78
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    Que me cobrarian el iva las muy putas putas

  19. #79
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    por supuesto

  20. #80
    es mejor ilegal, menos dinero para el estado

  21. #81
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    es un debate sin fin

  22. #82
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  23. #83
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  24. #84
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    le harían contrato a tu madre eso es bien

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