'Leyes Mordaza', terrorismo, sentimientos religiosos e injurias a la Corona: las polé
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'Leyes Mordaza', terrorismo, sentimientos religiosos e injurias a la Corona: las polé
'Leyes Mordaza', terrorismo, sentimientos religiosos e injurias a la Corona: las polémicas leyes que te pueden llevar a la cárcel en España
El caso del rapero Pablo Hasél, condenado a nueve meses de prisión por el contenido de 64 tuits y una canción, ha vuelto a poner de actualidad la legislación española, que limita la libertad de expresión y otros derechos.
En España, la reciente encarcelación del rapero Pablo Hasél, condenado por enaltecimiento del terrorismo y por injurias a la Corona y a las instituciones del Estado, ha vuelto a poner en el foco de la vida pública los polémicos tipos delictivos que aún contempla en su Código Penal y que ya le han valido condenas internacionales, tanto en tribunales como por medio de constantes críticas de organismos en defensa de la libertad de expresión.
La controversia se centra en los delitos de enaltecimiento del terrorismo, contra los sentimientos religiosos, injurias y calumnias contra la Corona, revelación de secretos o los que afectan al activismo en red.
Además, en conjunto, se han conocido como 'leyes Mordaza' la ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, del 20 de marzo de 2015; la reforma del Código Penal, del 25 de marzo de 2015, y la reforma del Código Penal en materia de terrorismo, del 24 de marzo de 2015, un paquete que se considera que se implementó para acallar la contestación ciudadana en las calles.
Enaltecimiento del terrorismo
La figura de enaltecimiento del terrorismo, uno de los delitos por los que ha sido condenado Hasél, entró en la legislación punitiva española en el año 2000, aunque tras una primera reforma en 2010, el tipo se amplió considerablemente en 2015, de la mano de la mayoría absoluta del Gobierno del conservador Mariano Rajoy. Antes la legislación contemplaba la apología, entendida como la exposición de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. Era el tipo empleado en las manifestaciones en apoyo de miembros de la banda terrorista ETA, por ejemplo.
Los dos casos más paradigmáticos de 2020 han sido los relativos a Hasél y al grupo de música La Insurgencia. En junio, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmó la sentencia a los 12 miembros del grupo de rap a 6 meses de cárcel, señalando que la letra de sus canciones ensalzaban a los Grapo, un grupo terrorista español que hace años que se considera extinguido.
En el caso de Hasél, ha sido condenado a 9 meses de prisión por el contenido de 64 tuits y la letra de una canción en los que se afirma que ensalzaba a miembros de los grupos terroristas ETA y Grapo, ambas ya disueltas.
Injurias y calumnias contra la Corona
Otro de los delitos por los que ha sido condenado Hasél son los delitos contra la Corona, recogidos en los artículos 490.3 y 491 del Código Penal. El primero recoge que cualquiera que cometa calumnia o injuria contra el rey, la reina o cualquiera de sus ascendientes o descendientes será castigado con una pena de prisión de 6 meses a dos años, si fueran graves, y con una multa de 6 a 12 meses si no lo son. El segundo penaliza el uso de la imagen de los Reyes o sus familiares de cualquier forma que dañe su prestigio con una pena de multa de 6 a 24 meses.
Estrasburgo ya ha condenado a España en tres ocasiones por aplicar el delito de injurias contra la Corona, porque la mayor protección a los jefes de Estado a través de leyes especiales en materia de injurias no es compatible con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Uno de los primeros casos que causó polémica a este respecto fue el de los jóvenes catalanes Jaume Roura y Enric Stern, que fueron condenados a 15 meses de prisión por este delito, aunque la pena fue sustituida por una multa de 2.700 euros, por quemar una foto de los reyes en una manifestación en Girona en 2007. Por este fallo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España a indemnizar a ambos y devolverles la multa abonada.
Otros polémicos artículos son el 543, que sanciona las ofensas o ultrajes a España, sus Comunidades Autónomas o sus símbolos o emblemas; o el 504, que recoge el delito de calumnia, injuria o amenaza contra figuras del Estado. Así, en base al primero, el Tribunal Constitucional dictó este 2020 una controvertida sentencia en la que se considera que la quema de la bandera española constituye un delito de ultraje a la nación.
'Leyes Mordaza' o cómo acallar las calles
Las conocidas como 'leyes Mordaza' fueron la respuesta del Gobierno de Mariano Rajoy al ciclo de protestas que se habían sucedido en el país desde 2011, con la eclosión del 15M, que llenó las plazas de todo el país criticando los recortes y rescates a la banca que se sucedieron tras el estallido de la crisis económica de 2008.
Sus detractores argumentan que los derechos a la libertad de expresión, reunión pacífica, información y manifestación han sufrido un claro retroceso desde su aprobación en 2015, como recoge el manifiesto firmado por casi 300 organizaciones y promovido por Amnistía Internacional, No Somos Delito, Defender a Quien Defiende, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información, la Coordinadora de ONG de Desarrollo de España y Greenpeace.
Desde entonces se han sucedido las promesas de derogación en las campañas electorales que han tenido lugar hasta la actualidad, sin que se hayan cumplido por el momento. Sin embargo, puede que haya llegado el momento de su reforma. El Ejecutivo de coalición está estudiándola y, de hecho, Unidas Podemos, una de las dos formaciones que constituyen el Gobierno, ha presentado una proposición de ley de urgencia en el Congreso que pretende derogar los delitos más lesivos que afectan a la libertad de expresión y otros derechos.
Ley de Seguridad Ciudadana
La pata más importante de la legislación aprobada en 2015 la constituye la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana. A los cinco años de su implementación, el verano pasado, se habían impuesto más de 400 millones de euros en sanciones. Y es que una de sus claves es que muchos delitos que antes valoraba un juez han pasado a ser sanciones administrativas, sin un control judicial efectivo.
Entre sus puntos más polémicos se encuentra la imposición de sanciones económicas a los manifestantes. Manifestarse sin permiso, negarse a disolver una concentración o provocar altercados pueden acarrear multas de hasta 600.000 euros.
Además, también se castiga a quienes graban a la Policía y difunden las imágenes. Intentar parar un desahucio se puede castigar con hasta 30.000 euros. También se pena las faltas de respeto y consideración a los agentes del orden, entre otras muchas cuestiones.
https://actualidad.rt.com/actualidad...-carcel-espana
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Joder que llorones, no los verás protestando por el cierre masivo de empresas no.
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Cuidando mi Villa
Joder que llorones, no los verás protestando por el cierre masivo de empresas no.
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Hijo de Electrik
Derogar esas leyes fue uno de los argumentos que esgrimieron Sánchez y su banda para justificar la moción de censura.
Y aquí seguimos, aplicándola con más fuerza que nunca.
Y los votantes de estos partidos justificándolo.
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Los juntaletras son lo puto peor... mienten, transgiversan y manipulan al mejor postor. La ética periodística murió hace años... muchos años.
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La de tonterias que se leen hoy en dia.
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ForoParalelo: Miembro
La mitad de lo que pones no es verdad y la otra mitad es mentira
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