Noticia Rocío Monasterio, además de planos, firmó presupuestos y certificaciones de obra como

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  1. #1
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    Rocío Monasterio, además de planos, firmó presupuestos y certificaciones de obra como



    La firma de la dirigente de Vox Rocío Monasterio figura en un certificado de obra con fecha de marzo de 2004. La diputada autonómica por Madrid firmó como directora facultativa en un documento, al que ha tenido acceso eldiario.es, pese a que no disponía en esos momentos de la titulación necesaria: no era arquitecta ni estaba colegiada, algo que no sucedió hasta cinco años después, en 2009.

    Como ha adelantado El País este lunes, la dirigente de Vox, que constituyó su empresa de arquitectura en el año 2000, figuraba como arquitecta en unos planos en 2003. Sin embargo, Monasterio no se colegió hasta el 21 de diciembre de 2009, fecha en la que se inscribió en el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM), un requisito necesario para poder ejercer y firmar proyectos.

    Una certificación de obra, como la que publica ahora eldiario.es, es un documento que acredita que se han ejecutado una serie de partidas (cimentación, estructura, instalaciones, etc.) conforme a lo que figura en el proyecto de ejecución y al presupuesto. La dirigente de la formación de extrema derecha firmó este certificado de obra que entregó a los clientes el 11 de marzo de 2004. Lo hizo como "dirección facultativa", sin tener la cualificación técnica para ello. Una certificación de obra como dirección facultativa solo la puede firmar un arquitecto o un aparejador, apuntan los expertos consultados por este diario. En esos momentos, Monasterio no disponía de ninguno de esos títulos.

    Certificado obra Rocío Monasterio.
    Certificado obra Rocío Monasterio. ELDIARIO.ES

    "Cuando ella firmó como dirección facultativa estaba diciendo que estaba al mando de la construcción y que garantizaba la seguridad. Si no tenía la titulación estaríamos hablando de algo muy grave", asegura una fuente experta a este diario, en línea con lo que indican otros especialistas consultados.

    La documentación a la que ha tenido acceso este periódico consta de diez páginas. Se trata de un certificado de obra y un presupuesto para una construcción en la calle San Marcos número 24 de Madrid por un importe de 57.500,80 euros. A lo largo del informe se aprecia cómo durante las obras se llevaron a cabo trabajos de demolición de un muro de carga o la colocación de cargaderos de acero para una apertura de huecos en un muro, entre otros. Para ambos trabajos, explican estas mismas fuentes, la dirigente de Vox tendría que haber presentado un proyecto visado por el Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).

    Monasterio ha asegurado este lunes que no recuerda si en el año 2003 era ya arquitecta. La diputada madrileña ha defendido, además, que no todos los planos de arquitectura tienen que ser visados, en relación a la información que El País adelantaba sobre que había firmado planos simulando que era arquitecta sin serlo en 2003.

    "Como muchos jóvenes españoles empecé a trabajar a la vez que estaba estudiando arquitectura. Trabajaba por la mañana y por la tarde iba a la universidad y monté una empresa bastante joven en la que contrataba a aparejadores, arquitectos y contables y firmaba planos a veces como interiorista o como dirección facultativa. No todos los planos son susceptibles de ser visados y uno puede firmar planos de arquitectos e interiorista sin visados", ha afirmado intentando explicar la dirigente de Vox.

    Pero la dirigente de Vox ya se presentaba como arquitecta en las revistas en el año 2003, según ha podido comprobar este diario, pese a que no tenía la carrera y todavía tardaría seis años en colegiarse. La revista Habitania presentó a Monasterio como "arquitecta especialista en modificar locales para convertirlos en loft".

    Entrevista concedida por Monasterio en la revista Habitania.
    Entrevista concedida por Monasterio en la revista Habitania.

    El portavoz de Vox en el Congreso de los Diputados, Iván Espinosa de los Monteros, marido de Monasterio, ha defendido que la diputada autonómica lleva trabajando desde los 18 años y que se montó un estudio "bastante grande" en el que contó con "muchos profesionales como interioristas, arquitectos, ingenieros o comerciales". Según Espinosa de los Monteros, sus labores cuando no tenía el título de arquitecta eran los de diseñadora y que los proyectos que firmaba eran de interiorismo que "no requerían ese título". Por contra, cuando se sacó la licenciatura y se colegió "ya firmó obras de nueva planta que sí requieren estar titulada y la colegiación".

    Sin embargo, Monasterio no podía firmar como dirección facultativa un certificado de obra como el que acompaña esta información: "Los proyectos de interiorismo no requieren ninguna firma, pero lo que está claro es que alguien no cualificado no puede firmar un certificado de obra", asegura un arquitecto a eldiario.es. "En este caso si Rocío Monasterio no disponía ni de la titulación, ni de la colegiatura ni de un seguro de responsabilidad civil, está poniendo en riesgo la seguridad de personas", añade.

    El País ha desvelado varias anomalías en otras dos obras que el estudio de Monasterio llevó a cabo en Madrid en 2004 y 2007, en los edificios de Pedro Heredia, 6 y Villafranca, 6. En ambos casos el estudio de Monasterio construyó lofts en viejas fábricas, pese a tratarse de suelo de uso industrial, y con licencias que en realidad eran para pequeños trabajos.

    En el caso de la construcción a la que pertenece el certificado de obra firmado por Monasterio, la de la calle San Marcos número 24, pasó algo parecido y los dueños nunca pudieron conseguir la licencia necesaria.

    A estos casos de irregularidades hay que sumar el hecho de que Rocío Monasterio y Espinosa de los Monteros afrontaron este mes de septiembre la clausura y el precinto de la vivienda familiar en la que residían ilegalmente desde 2014. El chalé carece de la licencia de primera ocupación obligatoria para poder residir en él y tampoco tiene la licencia de funcionamiento, necesaria para desempeñar allí actividades económicas. La construcción incumplió los compromisos de la licencia de obra que solicitaron. El matrimonio logró paralizar in extremis la clausura y precinto de su chalé presentando un nuevo proyecto que ahora el Ayuntamiento de Madrid estudia.

    https://www.eldiario.es/madrid/Rocio...957504926.html

  2. #2
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  3. #3
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  4. #4
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    Una certificación de obra, entre otras utilidades, sirve para que el banco libere el porcentaje correspondiente del préstamo matriz, y suelen ser cantidades bastante elevadas. De hecho, con esa disponibilidades de fondos se paga el coste de la obra, dirección técnica incluida.

    Dicho de otro modo, que si el o los arquitectos encargados de la alta dirección de la obra no firman esas certificaciones el promotor no cobra del banco, y obviamente a esos arquitectos les interesa que cobre para no tener problema para cobrar ellos.

    No sólo eso. Si un arquitecto firma una certificación deja constancia de que la obra (en la parte que corresponda) se ha ejecutado correctamente, conforme a proyecto, haciéndose responsable de que es así. Si se comprueba que existen carencias o deficiencias en esa ejecución, se les puede exigir esas responsabilidades. Para cubrir esta eventualidad esos arquitectos están obligados a tener formalizado un seguro de responsabilidad civil, que se suscribe a través del Colegio profesional (aunque también es posible que lo tenga por su cuenta, pero en ese caso su coste sería superior). Me encantaría que se averiguara si Rocío Monasterio tenía o no ese seguro. Apostaría a que si no estaba colegiada no lo tenía.

    También espero que el juez Serrano ponga el mismo empeño en averiguar si su compañera de partido estaba o no colegiada igual que hizo con los profesionales de la Junta de Andalucía.

    Pero claro, esto es diferente, aquí hay que cubrir las vergüenzas internas, igual que hacen la derechita cobarde y la izquierda enemiga de su concepto de España.
    Última edición por poIitikon; 28/10/2019 a las 23:14

  5. #5
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    Una certificación de obra, entre otras utilidades, sirve para que el banco libere el porcentaje correspondiente del préstamo matriz, y suelen ser cantidades bastante elevadas. De hecho, con esa disponibilidades de fondos se paga el coste de la obra, dirección técnica incluida.

    Dicho de otro modo, que si el o los arquitectos encargados de la alta dirección de la obra no firman esas certificaciones el promotor no cobra del banco, y obviamente a esos arquitectos les interesa que cobre para no tener problema para cobrar ellos.

    No sólo eso. Si un arquitecto firma una certificación deja constancia de que la obra (en la parte que corresponda) se ha ejecutado correctamente, conforme a proyecto, haciéndose responsable de que es así. Si se comprueba que existen carencias o deficiencias en esa ejecución, se les puede exigir esas responsabilidades. Para cubrir esta eventualidad esos arquitectos están obligados a tener formalizado un seguro de responsabilidad civil, que se suscribe a través del Colegio profesional (aunque también es posible que lo tenga por su cuenta, pero en ese caso su coste sería superior). Me encantaría que se averiguara si Rocío Monasterio tenía o no ese seguro. Apostaría a que si no estaba colegiada no lo tenía.

    También espero que el juez Serrano ponga el mismo empeño en averiguar si su compañera de partido estaba o no colegiada igual que hizo con los profesionales de la Junta de Andalucía.

    Pero claro, esto es diferente, aquí hay que cubrir las vergüenzas internas, igual que hacen la derechita cobarde y la izquierda enemiga de su concepto de España.
    Nos la suda, pueden robar a manos llenas que mientras echen pestes sobre la inmigración, les votaremos.

  6. #6
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    Nos la suda, pueden robar a manos llenas que mientras echen pestes sobre la inmigración, les votaremos.
    ...pueden robar a manos llenas...

    ¿Esos son los principios éticos de tu régimen ideal, de tu mundo de piruleta?

  7. #7
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    ...pueden robar a manos llenas...

    ¿Esos son los principios éticos de tu régimen ideal, de tu mundo de piruleta?
    Los principios éticos son 6 meses de exención de impuestos por cada marxista ejecutado.

  8. #8
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    Los principios éticos son 6 meses de exención de impuestos por cada marxista ejecutado.
    Vaya gilipollez acabas de escribir ¿no?

  9. #9
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    ...pueden robar a manos llenas...

    ¿Esos son los principios éticos de tu régimen ideal, de tu mundo de piruleta?
    No es por nada pero decenas de millones de españoles han votado (y volverán a votar) a partidos mafiosos corruptos. Por desgracia

  10. #10
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    A ver, como profesional de esto disecciono tu parrafada, obviamente copiada o dictada de algún sitio

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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Una certificación de obra, entre otras utilidades, sirve para que el banco libere el porcentaje correspondiente del préstamo matriz, y suelen ser cantidades bastante elevadas. De hecho, con esa disponibilidades de fondos se paga el coste de la obra, dirección técnica incluida.
    El promotor dispondrá de su dinero, o lo habrá pedido al banco. En este segundo caso, suele ser como dices, pero no siempre. Por otro lado, los honorarios de los técnicos, desde que están liberalizados, es difícil que estén ligados al porcentaje de obra ejecutada. Se pacta una forma de pagos e ya. Sólo en las obras para la Administración he tenido yo los honorarios ligados a las certificaciones.

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    Dicho de otro modo, que si el o los arquitectos encargados de la alta dirección de la obra no firman esas certificaciones el promotor no cobra del banco, y obviamente a esos arquitectos les interesa que cobre para no tener problema para cobrar ellos.
    Respondido anteriormente

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    No sólo eso. Si un arquitecto firma una certificación deja constancia de que la obra (en la parte que corresponda) se ha ejecutado correctamente, conforme a proyecto, haciéndose responsable de que es así.
    No. Se puede dar el caso de que la obra ejecutada tenga deficiencias y se certifique. Ya sea porque se ponen observaciones, o porque hay cierta confianza o buena relación con el contratista, y la seguridad de que las deficiencias se van a contratar. Una certificación no es más que una herramienta que sirve para ir controlando el % de obra hecha, para que los pagos parciales de la misma no difieran mucho de la realidad. Normalmente el contratista cobra menos de lo que realmente hace, para -entre otras cosas- quede un remanente que sirva para arreglar los problemas de la obra en caso de abandono. En todo caso todos los pagos son a buena cuenta, y es al final de la obra cuando hay que afinar más.

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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Si se comprueba que existen carencias o deficiencias en esa ejecución, se les puede exigir esas responsabilidades. Para cubrir esta eventualidad esos arquitectos están obligados a tener formalizado un seguro de responsabilidad civil, que se suscribe a través del Colegio profesional (aunque también es posible que lo tenga por su cuenta, pero en ese caso su coste sería superior).
    Los agentes intervinientes en una obra estamos obligados a suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil. Eso es cierto. Pero desde que se liberalizó el tema, hay seguros con más cobertura y menos precio que los que ofrecen los colegios.

    La clave de todo esto no es si Rocío Monasterio firmaba planos o certificaciones. Eso lo puede hacer cualquiera. Es como si mañana me llama mi primo y me dice que quiere reformar su casa. Le pinto unos planos, le hago un presupuesto, y le llevo las cuentas con el constructor mediante certificaciones de obra. Eso no es delito, ni hay que estar colegiado, ni hay que tener seguro. Incluso le puedo encarpetar el trabajo y llamarlo proyecto.

    Los posibles delitos o faltas que yo veo son, uno, que firme como Arquitecto sin serlo, y dos, que haya hecho alguna obra de cierta entidad que requiera la necesidad de un proyecto visado. En mi opinión, si ha hecho interiorismo, con demoliciones de particiones interiores incluidas, no es necesario proyecto. (¿Quién no ha tirado un tabique de su casa sin hacer un proyecto?).
    Si hablamos de un muro de carga que se demolió, y además se abrieron huecos y tal, si nos ponemos muy quisquillosos, se puede exigir proyecto, aunque es otra cosa que -por mucho que el muro de carga tenga carácter estructural- todo el mundo hace sin más. A partir de 2006, con la entrada en vigor del CTE está más claro el tema, y pese a todo no se hacen proyectos para abrir huecos en un muro de carga, salvo que haya sospechas de que puede pasar algo chungo.

    Luego está el tema del ayuntamiento. ¿Se pidió licencia? Si se pidió, ¿se dijo lo que se iba a hacer? Seguramente no, simplemente una reforma interior. Pero si se dijo lo que se iba a hacer....entonces el ayuntamiento es el que tenía que haber entendido que hacía falta un proyecto de verdad, no uno firmado por un estudiante. Y por último, cuando se hizo la obra....¿se pasó alguien del ayuntamiento por ahí para comprobar que lo que se estaba haciendo se ajustaba a licencia?

    En fin, que pinta raro, pero en principio no le veo mucho recorrido legal. Eso sí, si toda la defensa de esta mujer es decir que no recuerda si en 2002 tenía el título, mal vamos.

  11. #11
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    No es por nada pero decenas de millones de españoles han votado (y volverán a votar) a partidos mafiosos corruptos. Por desgracia
    Puestos a elegir entre partidos mafiosos corruptos elijo al que me diga las cosas más bonazis

  12. #12
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    A ver, como profesional de esto disecciono tu parrafada, obviamente copiada o dictada de algún sitio



    El promotor dispondrá de su dinero, o lo habrá pedido al banco. En este segundo caso, suele ser como dices, pero no siempre. Por otro lado, los honorarios de los técnicos, desde que están liberalizados, es difícil que estén ligados al porcentaje de obra ejecutada. Se pacta una forma de pagos e ya. Sólo en las obras para la Administración he tenido yo los honorarios ligados a las certificaciones.



    Respondido anteriormente



    No. Se puede dar el caso de que la obra ejecutada tenga deficiencias y se certifique. Ya sea porque se ponen observaciones, o porque hay cierta confianza o buena relación con el contratista, y la seguridad de que las deficiencias se van a contratar. Una certificación no es más que una herramienta que sirve para ir controlando el % de obra hecha, para que los pagos parciales de la misma no difieran mucho de la realidad. Normalmente el contratista cobra menos de lo que realmente hace, para -entre otras cosas- quede un remanente que sirva para arreglar los problemas de la obra en caso de abandono. En todo caso todos los pagos son a buena cuenta, y es al final de la obra cuando hay que afinar más.



    Los agentes intervinientes en una obra estamos obligados a suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil. Eso es cierto. Pero desde que se liberalizó el tema, hay seguros con más cobertura y menos precio que los que ofrecen los colegios.

    La clave de todo esto no es si Rocío Monasterio firmaba planos o certificaciones. Eso lo puede hacer cualquiera. Es como si mañana me llama mi primo y me dice que quiere reformar su casa. Le pinto unos planos, le hago un presupuesto, y le llevo las cuentas con el constructor mediante certificaciones de obra. Eso no es delito, ni hay que estar colegiado, ni hay que tener seguro. Incluso le puedo encarpetar el trabajo y llamarlo proyecto.

    Los posibles delitos o faltas que yo veo son, uno, que firme como Arquitecto sin serlo, y dos, que haya hecho alguna obra de cierta entidad que requiera la necesidad de un proyecto visado. En mi opinión, si ha hecho interiorismo, con demoliciones de particiones interiores incluidas, no es necesario proyecto. (¿Quién no ha tirado un tabique de su casa sin hacer un proyecto?).
    Si hablamos de un muro de carga que se demolió, y además se abrieron huecos y tal, si nos ponemos muy quisquillosos, se puede exigir proyecto, aunque es otra cosa que -por mucho que el muro de carga tenga carácter estructural- todo el mundo hace sin más. A partir de 2006, con la entrada en vigor del CTE está más claro el tema, y pese a todo no se hacen proyectos para abrir huecos en un muro de carga, salvo que haya sospechas de que puede pasar algo chungo.

    Luego está el tema del ayuntamiento. ¿Se pidió licencia? Si se pidió, ¿se dijo lo que se iba a hacer? Seguramente no, simplemente una reforma interior. Pero si se dijo lo que se iba a hacer....entonces el ayuntamiento es el que tenía que haber entendido que hacía falta un proyecto de verdad, no uno firmado por un estudiante. Y por último, cuando se hizo la obra....¿se pasó alguien del ayuntamiento por ahí para comprobar que lo que se estaba haciendo se ajustaba a licencia?

    En fin, que pinta raro, pero en principio no le veo mucho recorrido legal. Eso sí, si toda la defensa de esta mujer es decir que no recuerda si en 2002 tenía el título, mal vamos.
    Yo antes era así, de escribir tochos para hablar con gente en internet, ahora ya no puedo ni leérmelos

  13. #13
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    Yo antes era así, de escribir tochos para hablar con gente en internet, ahora ya no puedo ni leérmelos
    Yo igual. No suelo escribir tochos y ni siquiera entro a discutir por pereza. Pero estaba algo aburrido

  14. #14
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  15. #15
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    A ver, como profesional de esto disecciono tu parrafada, obviamente copiada o dictada de algún sitio
    Bien empezamos. Esto es muy sencillo. Si me acusas de copiar mi mensaje de algún sitio, tienes que demostrarlo. Si no, no eres más que un bocazas, cosa que por cierto ya sabía.

    El promotor dispondrá de su dinero, o lo habrá pedido al banco. En este segundo caso, suele ser como dices, pero no siempre. Por otro lado, los honorarios de los técnicos, desde que están liberalizados, es difícil que estén ligados al porcentaje de obra ejecutada. Se pacta una forma de pagos e ya. Sólo en las obras para la Administración he tenido yo los honorarios ligados a las certificaciones.
    Por lo que veo debes ser "arquitecto técnico", lo que es el perito aparejador de toda la vida.

    Comprensión lectora CERO. ¿Donde he dicho que los honorarios de la dirección facultativa dependa de las certificaciones?

    Vuelve a leer detenidamente mi mensaje, por favor.

    He dicho:

    ...si el o los arquitectos encargados de la alta dirección de la obra no firman esas certificaciones el promotor no cobra del banco, y obviamente a esos arquitectos les interesa que cobre para no tener problema para cobrar ellos.

    ¿Ves? No he hablado de que la dirección facultativa cobre de las certificaciones, pero no me negarás que si todo va bien (certificaciones incluidas) los pagos también irán bien.

    No. Se puede dar el caso de que la obra ejecutada tenga deficiencias y se certifique. Ya sea porque se ponen observaciones, o porque hay cierta confianza o buena relación con el contratista, y la seguridad de que las deficiencias se van a contratar. Una certificación no es más que una herramienta que sirve para ir controlando el % de obra hecha, para que los pagos parciales de la misma no difieran mucho de la realidad. Normalmente el contratista cobra menos de lo que realmente hace, para -entre otras cosas- quede un remanente que sirva para arreglar los problemas de la obra en caso de abandono. En todo caso todos los pagos son a buena cuenta, y es al final de la obra cuando hay que afinar más.
    Obviamente lo que he explicado es un análisis simplificado. La realidad es más compleja, es cierto. Pero responde a una pregunta. Imagina que se certifica la corrección de la obra por parte de la dirección facultativa y hay, por ejemplo, un derrumbe y la cosa termina en un juicio por los daños producidos (que pueden ser incluso personales) ¿No irían tanto los arquitectos como los aparejadores como demandados? Incluso se pueden derivar responsabilidades penales si se considera que puede haber negligencia punible ¿Estoy en lo cierto?

    Los agentes intervinientes en una obra estamos obligados a suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil. Eso es cierto. Pero desde que se liberalizó el tema, hay seguros con más cobertura y menos precio que los que ofrecen los colegios.
    Mal colegio es ese que no es capaz de negociar un seguro colectivo en mejores condiciones que cada profesional por su cuenta, a título individual.

    La clave de todo esto no es si Rocío Monasterio firmaba planos o certificaciones. Eso lo puede hacer cualquiera. Es como si mañana me llama mi primo y me dice que quiere reformar su casa. Le pinto unos planos, le hago un presupuesto, y le llevo las cuentas con el constructor mediante certificaciones de obra. Eso no es delito, ni hay que estar colegiado, ni hay que tener seguro. Incluso le puedo encarpetar el trabajo y llamarlo proyecto.

    Los posibles delitos o faltas que yo veo son, uno, que firme como Arquitecto sin serlo, y dos, que haya hecho alguna obra de cierta entidad que requiera la necesidad de un proyecto visado. En mi opinión, si ha hecho interiorismo, con demoliciones de particiones interiores incluidas, no es necesario proyecto. (¿Quién no ha tirado un tabique de su casa sin hacer un proyecto?). Si hablamos de un muro de carga que se demolió, y además se abrieron huecos y tal, si nos ponemos muy quisquillosos, se puede exigir proyecto, aunque es otra cosa que -por mucho que el muro de carga tenga carácter estructural- todo el mundo hace sin más. A partir de 2006, con la entrada en vigor del CTE está más claro el tema, y pese a todo no se hacen proyectos para abrir huecos en un muro de carga, salvo que haya sospechas de que puede pasar algo chungo.

    Luego está el tema del ayuntamiento. ¿Se pidió licencia? Si se pidió, ¿se dijo lo que se iba a hacer? Seguramente no, simplemente una reforma interior. Pero si se dijo lo que se iba a hacer....entonces el ayuntamiento es el que tenía que haber entendido que hacía falta un proyecto de verdad, no uno firmado por un estudiante. Y por último, cuando se hizo la obra....¿se pasó alguien del ayuntamiento por ahí para comprobar que lo que se estaba haciendo se ajustaba a licencia?
    Gracias por darme la razón en algo que llevo defendiendo meses en este foro. La responsabilidad "in vigilando" de las administraciones públicas.

    Aunque actualmente no trabajo esos temas, y soy muy celoso con lo mío en cuanto a no decir nada que pueda dar pistas sobre mi identidad o mi empresa por razones que no creo que haga falta explicar, conozco como funcionan las promociones inmobiliarias tanto a nivel profesional como por mi participación en movimientos sociales. Y si te digo que ha sido un puto cachondeo a nivel administrativo, colegial, bancario y en general en todos los ámbitos implicados ¿A que no estoy descubriendo la pólvora? Y por supuesto, es un gremio que ha estado comido de corrupción a un nivel muy alto.

    Con esto creo que no hace falta que me extienda más ¿Verdad?

    En fin, que pinta raro, pero en principio no le veo mucho recorrido legal. Eso sí, si toda la defensa de esta mujer es decir que no recuerda si en 2002 tenía el título, mal vamos.
    Lo triste es que los chicos de VOX vienen de picha limpia, de moralistas, de gente de ley y orden y mira tú por dónde que no es tal que así. En un negocio tan sucio como el inmobiliario, porque entre los promotores-constructores hay mucho sinvergüenza de marca superior y si tú eres profesional lo sabes perfectamente, hay que nadar entre pirañas y muchos de los que trabajáis en esto no tenéis más remedio que jugar a lo que hay. Pero claro, si en tu trayectoria profesional o empresarial ha habido chanchullos no me vengas dando lecciones de ética. En nuestro caso nos salimos de esas historias a las primeras de cambio porque nos asqueaba mucho lo que se nos proponía y afortunadamente esas actividades no eran en absoluto estratégicas para nosotros, así que nos quitamos de enmedio rápidamente de lo que me alegro porque ya ves tú todo lo que ha pasado.

    Un mundo feo ese, y si te ha salpicado o te has tenido que meter en el fango, no me vengas de santita de estampa de convento porque eso se llama cinismo.

    No obstante, me da que el auténtico golfo es el marido, me inspira muy mal rollo ese tipo. No es más que una intuición, pero para mí que ese sí que tiene alma de tiburón y estómago listo para digerir piedras si fuera necesario.

  16. #16
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    Cita Iniciado por mssj2 Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    No es por nada pero decenas de millones de españoles han votado (y volverán a votar) a partidos mafiosos corruptos. Por desgracia
    Pero no vienen con el discurso meritocrático de Hakwon.

  17. #17
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    A la repregunta de si era arquitecta en las fechas que lideró grandes reformas en dos naves del distrito de Salamanca, en 2004 y 2006, no dio una respuesta concreta: "Ahora mismo no me acuerdo cuándo era o cuándo no era arquitecta".




    https://elpais.com/ccaa/2019/10/28/madrid/1572259225_119519.html

  18. #18
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    Con el tiempo que puede llevar, llegar a ser titulado, no me extraña que no lo recuerde... Conozco gente que se hizo abuelo hasta conseguir la titulación.
    Última edición por Winner471; 29/10/2019 a las 02:01

  19. #19
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    Cita Iniciado por owpex Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    [FONT="]A la repregunta de si era arquitecta en las fechas que lideró grandes reformas en dos naves del distrito de Salamanca, en 2004 y 2006, no dio una respuesta concreta: [/FONT][FONT="]"Ahora mismo no me acuerdo cuándo era o cuándo no era arquitecta".[/FONT]

    [FONT="]


    https://elpais.com/ccaa/2019/10/28/madrid/1572259225_119519.html
    [/FONT]
    Pero no te preocupes, que es española y muy española.

  20. #20
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    Con el tiempo que puede llevar, llegar a ser titulado, no me extraña que no lo recuerde... Conozco gente que se hizo abuelo hasta conseguir la titulación.
    No me puedo creer que justifiques que alguien 'no recuerde" desde cuándo es arquitecto.

    Muy fuerte lo tuyo.

  21. #21
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    No me puedo creer que justifiques que alguien 'no recuerde" desde cuándo es arquitecto.

    Muy fuerte lo tuyo.
    Deja de votar a gente que dice que Pedro Sánchez presidente del gobierno no tiene que responder de las palabras de Pedro Sánchez presidente del PSOE y entonces nos cuentas lo fuerte que es nuestra manera de razonar sobre la mierda de Vox.

  22. #22
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    Deja de votar a gente que dice que Pedro Sánchez presidente del gobierno no tiene que responder de las palabras de Pedro Sánchez presidente del PSOE y entonces nos cuentas lo fuerte que es nuestra manera de razonar sobre la mierda de Vox.
    Otra gilipollez.

    ¿El presidente del gobierno ha dicho que no recuerda desde cuándo es presidente del gobierno?

  23. #23
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    Otra gilipollez.

    ¿El presidente del gobierno ha dicho que no recuerda desde cuándo es presidente del gobierno?

  24. #24
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ¿Te hago una lista de las contradicciones de todos los políticos a lo largo de la historia? Te incluyo las de TODOS, también de los radicales que tanto admiras.

    Pero una cosa son CONTRADICCIONES, sobre todo cuando se pasa de la oposición al gobierno (como es el caso del vídeo que has puesto) y otra mentir haciendo la gilipollas y, lo que es peor, tomando por gilipollas a los demás.

    Pero el remate de la gilipollex es que encima sacas la cara por esta gilipollez.

    Si lo hubiera dicho alguien de izquierdas habría que leerte.

    Y ahora venga, después de leerlo a decir que no lo has leído porque es muy largo.

    Las cosas de los gilipollas.
    Última edición por poIitikon; 29/10/2019 a las 08:11

  25. #25
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ¿Te hago una lista de las contradicciones de todos los políticos a lo largo de la historia? Te incluyo las de TODOS, también de los radicales que tanto admiras.

    Pero una cosa son CONTRADICCIONES, sobre todo cuando se pasa de la oposición al gobierno (como es el caso del vídeo que has puesto) y otra mentir haciendo la gilipollas y, lo que es peor, tomando por gilipollas a los demás.

    Pero si remate de la gilipollex es que encima sacas la cara por esta gilipollez.

    Si lo hubiera dicho alguien de izquierdas habría que leerte.

    Y ahora venga, después de leerlo a decir que no lo has leído porque es muy largo.

    Las cosas de los gilipollas.
    https://www.foroparalelo.com/politic.../#post15613456

  26. #26
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Bien empezamos. Esto es muy sencillo. Si me acusas de copiar mi mensaje de algún sitio, tienes que demostrarlo. Si no, no eres más que un bocazas, cosa que por cierto ya sabía.



    Por lo que veo debes ser "arquitecto técnico", lo que es el perito aparejador de toda la vida.

    Comprensión lectora CERO. ¿Donde he dicho que los honorarios de la dirección facultativa dependa de las certificaciones?

    Vuelve a leer detenidamente mi mensaje, por favor.

    He dicho:

    ...si el o los arquitectos encargados de la alta dirección de la obra no firman esas certificaciones el promotor no cobra del banco, y obviamente a esos arquitectos les interesa que cobre para no tener problema para cobrar ellos.

    ¿Ves? No he hablado de que la dirección facultativa cobre de las certificaciones, pero no me negarás que si todo va bien (certificaciones incluidas) los pagos también irán bien.



    Obviamente lo que he explicado es un análisis simplificado. La realidad es más compleja, es cierto. Pero responde a una pregunta. Imagina que se certifica la corrección de la obra por parte de la dirección facultativa y hay, por ejemplo, un derrumbe y la cosa termina en un juicio por los daños producidos (que pueden ser incluso personales) ¿No irían tanto los arquitectos como los aparejadores como demandados? Incluso se pueden derivar responsabilidades penales si se considera que puede haber negligencia punible ¿Estoy en lo cierto?



    Mal colegio es ese que no es capaz de negociar un seguro colectivo en mejores condiciones que cada profesional por su cuenta, a título individual.



    Gracias por darme la razón en algo que llevo defendiendo meses en este foro. La responsabilidad "in vigilando" de las administraciones públicas.

    Aunque actualmente no trabajo esos temas, y soy muy celoso con lo mío en cuanto a no decir nada que pueda dar pistas sobre mi identidad o mi empresa por razones que no creo que haga falta explicar, conozco como funcionan las promociones inmobiliarias tanto a nivel profesional como por mi participación en movimientos sociales. Y si te digo que ha sido un puto cachondeo a nivel administrativo, colegial, bancario y en general en todos los ámbitos implicados ¿A que no estoy descubriendo la pólvora? Y por supuesto, es un gremio que ha estado comido de corrupción a un nivel muy alto.

    Con esto creo que no hace falta que me extienda más ¿Verdad?



    Lo triste es que los chicos de VOX vienen de picha limpia, de moralistas, de gente de ley y orden y mira tú por dónde que no es tal que así. En un negocio tan sucio como el inmobiliario, porque entre los promotores-constructores hay mucho sinvergüenza de marca superior y si tú eres profesional lo sabes perfectamente, hay que nadar entre pirañas y muchos de los que trabajáis en esto no tenéis más remedio que jugar a lo que hay. Pero claro, si en tu trayectoria profesional o empresarial ha habido chanchullos no me vengas dando lecciones de ética. En nuestro caso nos salimos de esas historias a las primeras de cambio porque nos asqueaba mucho lo que se nos proponía y afortunadamente esas actividades no eran en absoluto estratégicas para nosotros, así que nos quitamos de enmedio rápidamente de lo que me alegro porque ya ves tú todo lo que ha pasado.

    Un mundo feo ese, y si te ha salpicado o te has tenido que meter en el fango, no me vengas de santita de estampa de convento porque eso se llama cinismo.

    No obstante, me da que el auténtico golfo es el marido, me inspira muy mal rollo ese tipo. No es más que una intuición, pero para mí que ese sí que tiene alma de tiburón y estómago listo para digerir piedras si fuera necesario.
    Te respondo a esto:

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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ¿Ves? No he hablado de que la dirección facultativa cobre de las certificaciones, pero no me negarás que si todo va bien (certificaciones incluidas) los pagos también irán bien.
    Es como decir que si mi jefe hace dieta sana, tiene más posibilidades de no morir prematuramente, y por tanto, eso garantiza la estabilidad de su empresa y de mi sueldo. No es que no sea verdad, pero es una chorrada de comentario. A ver si el técnico va a firmar más obra de la que hay hecha por miedo a quedarse sin cobrar su factura.


    Cita Iniciado por poIitikon Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pero responde a una pregunta. Imagina que se certifica la corrección de la obra por parte de la dirección facultativa y hay, por ejemplo, un derrumbe y la cosa termina en un juicio por los daños producidos (que pueden ser incluso personales) ¿No irían tanto los arquitectos como los aparejadores como demandados? Incluso se pueden derivar responsabilidades penales si se considera que puede haber negligencia punible ¿Estoy en lo cierto?
    Por supuesto. Respondemos de forma civil por daños de ejecución, y de forma penal si un fallo de la obra, normalmente estructural, causa muertos.
    Pero no mezclemos conceptos. Hay daños estructurales, que obviamente causan paralización de la obra y subsanación de errores. Aquí no hay nada que certificar ni nada que negociar.
    Luego hay fallos de obra...solerías más puestas, por ejemplo, que según estén las cosas, uno puede paralizar el pago, o si hay cierta confianza con el contratista, se puede "pasar" porque hay promesa de arreglar los fallos.
    Además, siempre se hace una recepción provisional de la obra donde se reflejan esos fallos y se retiene una fianza al constructor, que será devuelta al año, en una recepción definitiva si está todo arreglado. Si no, el promotor puede disponer de la fianza para encarar los arreglos que el constructor no ha querido hacer. Cuando se hace la recepción definitiva, empiezan la responsabilidad civil de los técnicos, así que lo que no se haya dicho hasta el momento nos lo comemos.

  27. #27
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    A ver, como profesional de esto disecciono tu parrafada, obviamente copiada o dictada de algún sitio



    El promotor dispondrá de su dinero, o lo habrá pedido al banco. En este segundo caso, suele ser como dices, pero no siempre. Por otro lado, los honorarios de los técnicos, desde que están liberalizados, es difícil que estén ligados al porcentaje de obra ejecutada. Se pacta una forma de pagos e ya. Sólo en las obras para la Administración he tenido yo los honorarios ligados a las certificaciones.



    Respondido anteriormente



    No. Se puede dar el caso de que la obra ejecutada tenga deficiencias y se certifique. Ya sea porque se ponen observaciones, o porque hay cierta confianza o buena relación con el contratista, y la seguridad de que las deficiencias se van a contratar. Una certificación no es más que una herramienta que sirve para ir controlando el % de obra hecha, para que los pagos parciales de la misma no difieran mucho de la realidad. Normalmente el contratista cobra menos de lo que realmente hace, para -entre otras cosas- quede un remanente que sirva para arreglar los problemas de la obra en caso de abandono. En todo caso todos los pagos son a buena cuenta, y es al final de la obra cuando hay que afinar más.



    Los agentes intervinientes en una obra estamos obligados a suscribir un Seguro de Responsabilidad Civil. Eso es cierto. Pero desde que se liberalizó el tema, hay seguros con más cobertura y menos precio que los que ofrecen los colegios.

    La clave de todo esto no es si Rocío Monasterio firmaba planos o certificaciones. Eso lo puede hacer cualquiera. Es como si mañana me llama mi primo y me dice que quiere reformar su casa. Le pinto unos planos, le hago un presupuesto, y le llevo las cuentas con el constructor mediante certificaciones de obra. Eso no es delito, ni hay que estar colegiado, ni hay que tener seguro. Incluso le puedo encarpetar el trabajo y llamarlo proyecto.

    Los posibles delitos o faltas que yo veo son, uno, que firme como Arquitecto sin serlo, y dos, que haya hecho alguna obra de cierta entidad que requiera la necesidad de un proyecto visado. En mi opinión, si ha hecho interiorismo, con demoliciones de particiones interiores incluidas, no es necesario proyecto. (¿Quién no ha tirado un tabique de su casa sin hacer un proyecto?).
    Si hablamos de un muro de carga que se demolió, y además se abrieron huecos y tal, si nos ponemos muy quisquillosos, se puede exigir proyecto, aunque es otra cosa que -por mucho que el muro de carga tenga carácter estructural- todo el mundo hace sin más. A partir de 2006, con la entrada en vigor del CTE está más claro el tema, y pese a todo no se hacen proyectos para abrir huecos en un muro de carga, salvo que haya sospechas de que puede pasar algo chungo.

    Luego está el tema del ayuntamiento. ¿Se pidió licencia? Si se pidió, ¿se dijo lo que se iba a hacer? Seguramente no, simplemente una reforma interior. Pero si se dijo lo que se iba a hacer....entonces el ayuntamiento es el que tenía que haber entendido que hacía falta un proyecto de verdad, no uno firmado por un estudiante. Y por último, cuando se hizo la obra....¿se pasó alguien del ayuntamiento por ahí para comprobar que lo que se estaba haciendo se ajustaba a licencia?

    En fin, que pinta raro, pero en principio no le veo mucho recorrido legal. Eso sí, si toda la defensa de esta mujer es decir que no recuerda si en 2002 tenía el título, mal vamos.
    Una pregunta: ¿entonces se puede firmar una certificación de obra como dirección facultativa sin tener la titulación de arquitecto ni estar colegiado, sí o no?

  28. #28
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    Cita Iniciado por nonsi Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Una pregunta: ¿entonces se puede firmar una certificación de obra como dirección facultativa sin tener la titulación de arquitecto ni estar colegiado, sí o no?
    Bueno, vamos a hacer un poco de pedagogía antes de responder: (tocho)

    Todo esto está regido por la LOE. Y es clara en cuanto a lo que entra dentro de ella:
    Artículo 2. Ámbito de aplicación.

    1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

    a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural.

    b) Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.

    c) Todas las demás edificaciones cuyos usos no estén expresamente relacionados en los grupos anteriores.

    2. Tendrán la consideración de edificación a los efectos de lo dispuesto en esta Ley, y requerirán un proyecto según lo establecido en el artículo 4, las siguientes obras:

    a) Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.

    b) Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

    c) Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o históricoartístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección.

    3. Se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio.



    Bueno. Eso quiere decir que podemos dejar fuera de la LOE construcciones como un vallado de una parcela, la construcción de un cobertizo de poca entidad, casa de aperos, etc, y las reformas que no alteren fachada, volumen edificado, estructura o impliquen cambio de uso.


    Con estos antecedentes.....si la obra está dentro de la LOE requiere Arquitecto, Aparejador, Proyecto, Estudio de Seguridad, Plan de Seguridad, visado colegial del Proyecto y de la Dirección de la Obra, licencia, etc etc etc....en fin, toda la parafernalia.

    Si no está dentro de ella, no requiere eso.....lo cual no quiere decir que no haya que NO hacerlo. Lo que pasa es que en la práctica, nadie se gasta un duro en algo que no es obligatorio.
    Pero yo puedo querer hacerme una casa de aperos, y contratar a un arquitecto que me haga un proyecto. De esta forma tendré una estructura diseñada con la que poder contratar a un constructor y que me haga el chabolo conforme a esos planos. Ese proyecto tendrá un presupuesto (mas bien unas mediciones de obra valoradas) en base al cual el constructor me puede hacer un presupuesto, e incluso puedo contratar a ese arquitecto para que vaya certificando la obra hecha en base a ese presupuesto. Pero nada de eso es obligatorio. La certificación no es más que una forma de controlar la obra realmente ejecutada. Y por supuesto, en caso de no ser una obra dentro de la LOE, esa labor de certificar la puedes hacer tú, si quieres. Esa no es la cuestión.

    Sin embargo, el quid de la cuestión está en saber si las actuaciones que hizo Rocío Monasterio cuando no tenía el título estaban dentro de la LOE. Y si es verdad que las reformas de los loft implicaban un cambio de uso, me temo que la ha cagado. Y si ha tocado un muro de carga (estructural) para abrir unas ventanas o algo así que parece que ha hecho, pues también. Por supuesto todo eso poniéndonos muy rigurosos, que aquí todo quisqui abre huecos donde le sale del cimbrel y pocos proyectos veo para eso. Y los propios ayuntamientos muchas veces con la exigencia de un simple papelucho emitido por un técnico, te cambian el uso de un local a una vivienda, por ejemplo, y olvídate de proyectos, visados y demás parafernalia.

    En fin, he dado la respuesta larga, pero la corta puede ser....si la obra requiere de visado, NO puede firmar certificaciones, porque NO puede ser dirección facultativa sin estar colegiada, y NO podrá estarlo mientras NO vaya con el título al colegio a solicitar su ingreso en ̶l̶a̶ ̶m̶a̶f̶i̶a̶ ̶c̶o̶l̶e̶g̶i̶a̶l̶ el Colegio Oficial.


    Edito: El párrafo anterior sería dentro de un proyecto que requiera visado. En ese contexto es en el que yo entiendo la figura de "Dirección facultativa". Pero en un sentido más amplio, dirección facultativa será el que ejerza esa labor de seguimiento y control de la obra, y ahí cabe todo el mundo.
    Última edición por eIetrick; 29/10/2019 a las 11:27

  29. #29
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    El que diga las cosas claras. Estamos hasta la polla de partidos que hablan entre dientes (eufemismos), puestos a votar a la basura...Ya que no hay ninguno con bigote...

  30. #30
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Bueno, vamos a hacer un poco de pedagogía antes de responder: (tocho)

    Todo esto está regido por la LOE. Y es clara en cuanto a lo que entra dentro de ella:
    Artículo 2. Ámbito de aplicación.

    1. Esta Ley es de aplicación al proceso de la edificación, entendiendo por tal la acción y el resultado de construir un edificio de carácter permanente, público o privado, cuyo uso principal esté comprendido en los siguientes grupos:

    a) Administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural.

    b) Aeronáutico; agropecuario; de la energía; de la hidráulica; minero; de telecomunicaciones (referido a la ingeniería de las telecomunicaciones); del transporte terrestre, marítimo, fluvial y aéreo; forestal; industrial; naval; de la ingeniería de saneamiento e higiene, y accesorio a las obras de ingeniería y su explotación.

    c) Todas las demás edificaciones cuyos usos no estén expresamente relacionados en los grupos anteriores.

    2. Tendrán la consideración de edificación a los efectos de lo dispuesto en esta Ley, y requerirán un proyecto según lo establecido en el artículo 4, las siguientes obras:

    a) Obras de edificación de nueva construcción, excepto aquellas construcciones de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no tengan, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se desarrollen en una sola planta.

    b) Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiendo por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría, o el conjunto del sistema estructural, o tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

    c) Obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o históricoartístico, regulada a través de norma legal o documento urbanístico y aquellas otras de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección.

    3. Se consideran comprendidas en la edificación sus instalaciones fijas y el equipamiento propio, así como los elementos de urbanización que permanezcan adscritos al edificio.



    Bueno. Eso quiere decir que podemos dejar fuera de la LOE construcciones como un vallado de una parcela, la construcción de un cobertizo de poca entidad, casa de aperos, etc, y las reformas que no alteren fachada, volumen edificado, estructura o impliquen cambio de uso.


    Con estos antecedentes.....si la obra está dentro de la LOE requiere Arquitecto, Aparejador, Proyecto, Estudio de Seguridad, Plan de Seguridad, visado colegial del Proyecto y de la Dirección de la Obra, licencia, etc etc etc....en fin, toda la parafernalia.

    Si no está dentro de ella, no requiere eso.....lo cual no quiere decir que no haya que NO hacerlo. Lo que pasa es que en la práctica, nadie se gasta un duro en algo que no es obligatorio.
    Pero yo puedo querer hacerme una casa de aperos, y contratar a un arquitecto que me haga un proyecto. De esta forma tendré una estructura diseñada con la que poder contratar a un constructor y que me haga el chabolo conforme a esos planos. Ese proyecto tendrá un presupuesto (mas bien unas mediciones de obra valoradas) en base al cual el constructor me puede hacer un presupuesto, e incluso puedo contratar a ese arquitecto para que vaya certificando la obra hecha en base a ese presupuesto. Pero nada de eso es obligatorio. La certificación no es más que una forma de controlar la obra realmente ejecutada. Y por supuesto, en caso de no ser una obra dentro de la LOE, esa labor de certificar la puedes hacer tú, si quieres. Esa no es la cuestión.

    Sin embargo, el quid de la cuestión está en saber si las actuaciones que hizo Rocío Monasterio cuando no tenía el título estaban dentro de la LOE. Y si es verdad que las reformas de los loft implicaban un cambio de uso, me temo que la ha cagado. Y si ha tocado un muro de carga (estructural) para abrir unas ventanas o algo así que parece que ha hecho, pues también. Por supuesto todo eso poniéndonos muy rigurosos, que aquí todo quisqui abre huecos donde le sale del cimbrel y pocos proyectos veo para eso. Y los propios ayuntamientos muchas veces con la exigencia de un simple papelucho emitido por un técnico, te cambian el uso de un local a una vivienda, por ejemplo, y olvídate de proyectos, visados y demás parafernalia.

    En fin, he dado la respuesta larga, pero la corta puede ser....si la obra requiere de visado, NO puede firmar certificaciones, porque NO puede ser dirección facultativa sin estar colegiada, y NO podrá estarlo mientras NO vaya con el título al colegio a solicitar su ingreso en ̶l̶a̶ ̶m̶a̶f̶i̶a̶ ̶c̶o̶l̶e̶g̶i̶a̶l̶ el Colegio Oficial.


    Edito: El párrafo anterior sería dentro de un proyecto que requiera visado. En ese contexto es en el que yo entiendo la figura de "Dirección facultativa". Pero en un sentido más amplio, dirección facultativa será el que ejerza esa labor de seguimiento y control de la obra, y ahí cabe todo el mundo.
    Gracias por la respuesta. No hay más preguntas, señoría.

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