Pobre MrGranBomba, además de ahostiado, a pagar

  1. #1
    Tengo la polla llena Avatar de sr. Berengena
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    Pobre MrGranBomba, además de ahostiado, a pagar

    El youtuber que llamó 'caranchoa' a un repartidor, condenado a indemnizarle con 20.000 euros


    La Audiencia de Alicante ha sentenciado a MrGranBomba, que tras lo sucedido dejó las redes sociales y vendió su canal de Youtube, de medio millón de subscriptores, a la empresa Play Hawkers





    En 2016 se hizo viral el vídeo en el que el exyoutuber MrGranBomba llamaba 'caranchoa' a un repartidor y este le respondió con una sonora bofetada. Ahora, siete años después, la Audiencia de Alicante ha sentenciado al excreador de contenido a abonar una indemnización de 20.000 euros al trabajador por daños morales, tal y como publica La Información.

    El tribunal ha tenido en cuenta el beneficio obtenido por el propio youtuber tras vender el canal para fijar la indemnización: Play Hawkers se lo compró por 15.000 euros. Este fallo confirma la sentencia impuesta por otro tribunal con anterioridad que considera que MrGranBomba realizó una intromisión ilegítima en el honor y en la imagen del repartidor con los vídeos publicados: el primero es el famoso de la bofetada y el segundo, uno donde insulta al repartidor de manera directa.

    La sentencia ya es firme y ha sido recogida por este mismo medio. Esta señala que MrGranBomba se lucró con la imagen del repartidor al que llamó 'caranchoa'. El texto señala que aunque la actividad del youtuber puede encuadrarse dentro de la "libertad de expresión y creación artística", esto no sucede, ya que el autor del vídeo capta "la imagen individualizada y destacada de una persona para convertirla en protagonista involuntaria de una obra de arte y proceder a su divulgación a través de un canal de internet que como YouTube está caracterizado por su extraordinaria audiencia y su accesibilidad a nivel mundial».

    El repartidor, según recoge la sentencia, alegó que nunca prestó su consentimiento para grabar y difundir el vídeo, algo que la Audiencia considera imprescindible pese a que MrGranBomba publicó el vídeo con la cara del repartidor pixelada.

    Por su parte, el texto recoge la condena al repartidor por la bofetada: se considera delito leve y el agresor tuvo que abonar 30 euros. Además de la multa de 20.000 euros por daños morales, MrGranBomba ha tenido que difundir el fallo de la sentencia en Youtube.


    https://www.vozpopuli.com/espana/you...000-euros.html


    Caramba, qué caro sale llamar "caranchoa" a nadie....

  2. #2
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    Literal se fue de Youtube de un guantazo

  3. #3
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    Marikones a trabajar como dios manda explotao en una empresa de mierda por algún hijo puta

    como el pobre repartidor ,niñato askeroso
    Última edición por castor3000; 13/08/2023 a las 22:07

  4. #4
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    parese un brakiosaurio

  5. #5
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    Se metió a policía nacional, un forero iba a clase con él

    El CARANCHOA en mi clase +HD +PRV

  6. #6
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    La mayoría del foro estaban mamando de la teta cuando sucedió esto.

  7. #7
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    Pena completamente desproporcionada.

  8. #8
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    mae mía, ojo con el piquito que le han puesto.

  9. #9
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    Cita Iniciado por sr. Berengena Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    El youtuber que llamó 'caranchoa' a un repartidor, condenado a indemnizarle con 20.000 euros


    La Audiencia de Alicante ha sentenciado a MrGranBomba, que tras lo sucedido dejó las redes sociales y vendió su canal de Youtube, de medio millón de subscriptores, a la empresa Play Hawkers





    En 2016 se hizo viral el vídeo en el que el exyoutuber MrGranBomba llamaba 'caranchoa' a un repartidor y este le respondió con una sonora bofetada. Ahora, siete años después, la Audiencia de Alicante ha sentenciado al excreador de contenido a abonar una indemnización de 20.000 euros al trabajador por daños morales, tal y como publica La Información.

    El tribunal ha tenido en cuenta el beneficio obtenido por el propio youtuber tras vender el canal para fijar la indemnización: Play Hawkers se lo compró por 15.000 euros. Este fallo confirma la sentencia impuesta por otro tribunal con anterioridad que considera que MrGranBomba realizó una intromisión ilegítima en el honor y en la imagen del repartidor con los vídeos publicados: el primero es el famoso de la bofetada y el segundo, uno donde insulta al repartidor de manera directa.

    La sentencia ya es firme y ha sido recogida por este mismo medio. Esta señala que MrGranBomba se lucró con la imagen del repartidor al que llamó 'caranchoa'. El texto señala que aunque la actividad del youtuber puede encuadrarse dentro de la "libertad de expresión y creación artística", esto no sucede, ya que el autor del vídeo capta "la imagen individualizada y destacada de una persona para convertirla en protagonista involuntaria de una obra de arte y proceder a su divulgación a través de un canal de internet que como YouTube está caracterizado por su extraordinaria audiencia y su accesibilidad a nivel mundial».

    El repartidor, según recoge la sentencia, alegó que nunca prestó su consentimiento para grabar y difundir el vídeo, algo que la Audiencia considera imprescindible pese a que MrGranBomba publicó el vídeo con la cara del repartidor pixelada.

    Por su parte, el texto recoge la condena al repartidor por la bofetada: se considera delito leve y el agresor tuvo que abonar 30 euros. Además de la multa de 20.000 euros por daños morales, MrGranBomba ha tenido que difundir el fallo de la sentencia en Youtube.


    https://www.vozpopuli.com/espana/you...000-euros.html


    Caramba, qué caro sale llamar "caranchoa" a nadie....
    Que se joda por imbécil

  10. #10
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    20 mil € es mucho ,mucho dinero.

    Dan para muchas pvtas

  11. #11
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    Cita Iniciado por BICHO_RARO Ver mensaje
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    20 mil € es mucho ,mucho dinero.

    Dan para muchas pvtas
    Y para 20.000 hamburguesas de 1 euro.

  12. #12
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    7 años, pero eso no prescribe?

  13. #13
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    Cita Iniciado por Guisandro Ver mensaje
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    Pena completamente desproporcionada.
    Veo que no soy el único que lo piensa

  14. #14
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    tio de eso ya hace como 7 años

  15. #15
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  16. #16
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  17. #17
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    Cita Iniciado por Ebonycontractor Ver mensaje
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    7 años, pero eso no prescribe?
    Lo delitos no prescriben.

  18. #18
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    Cita Iniciado por secta_suicida Ver mensaje
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    La mayoría del foro estaban mamando de la teta cuando sucedió esto.
    Tu mamando pollas,.no?

  19. #19
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    El youtuber que llamó 'caranchoa' a un repartidor, condenado a indemnizarle con 20.000 euros


    La Audiencia de Alicante ha sentenciado a MrGranBomba, que tras lo sucedido dejó las redes sociales y vendió su canal de Youtube, de medio millón de subscriptores, a la empresa Play Hawkers





    En 2016 se hizo viral el vídeo en el que el exyoutuber MrGranBomba llamaba 'caranchoa' a un repartidor y este le respondió con una sonora bofetada. Ahora, siete años después, la Audiencia de Alicante ha sentenciado al excreador de contenido a abonar una indemnización de 20.000 euros al trabajador por daños morales, tal y como publica La Información.

    El tribunal ha tenido en cuenta el beneficio obtenido por el propio youtuber tras vender el canal para fijar la indemnización: Play Hawkers se lo compró por 15.000 euros. Este fallo confirma la sentencia impuesta por otro tribunal con anterioridad que considera que MrGranBomba realizó una intromisión ilegítima en el honor y en la imagen del repartidor con los vídeos publicados: el primero es el famoso de la bofetada y el segundo, uno donde insulta al repartidor de manera directa.

    La sentencia ya es firme y ha sido recogida por este mismo medio. Esta señala que MrGranBomba se lucró con la imagen del repartidor al que llamó 'caranchoa'. El texto señala que aunque la actividad del youtuber puede encuadrarse dentro de la "libertad de expresión y creación artística", esto no sucede, ya que el autor del vídeo capta "la imagen individualizada y destacada de una persona para convertirla en protagonista involuntaria de una obra de arte y proceder a su divulgación a través de un canal de internet que como YouTube está caracterizado por su extraordinaria audiencia y su accesibilidad a nivel mundial».

    El repartidor, según recoge la sentencia, alegó que nunca prestó su consentimiento para grabar y difundir el vídeo, algo que la Audiencia considera imprescindible pese a que MrGranBomba publicó el vídeo con la cara del repartidor pixelada.

    Por su parte, el texto recoge la condena al repartidor por la bofetada: se considera delito leve y el agresor tuvo que abonar 30 euros. Además de la multa de 20.000 euros por daños morales, MrGranBomba ha tenido que difundir el fallo de la sentencia en Youtube.


    https://www.vozpopuli.com/espana/you...000-euros.html


    Caramba, qué caro sale llamar "caranchoa" a nadie....
    Y que barato dar una galleta.

  20. #20
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    Cita Iniciado por CabeseWebo Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Lo delitos no prescriben.

    • En penas que se establecen como máximo para el delito en 15 años o superior, prescribe a los 20 años.
    • Para penas que oscilan entre 15 y 20 años de prisión, o la inhabilitación superior a 10 años, la prescripción del delito es a los 15 años.
    • Si la pena máxima es de prisión o inhabilitación entre 5 y 10 años, se determina su prescripción a los 10 años.
    • Otros delitos, 5 años de prescripción.
    • Injuria, calumnia y delitos leves, un año de prescripción.

  21. #21
    Tengo la polla llena Avatar de sr. Berengena
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    Cita Iniciado por aipherus_21 Ver mensaje
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    tio de eso ya hace como 7 años
    no es verdad.


    La sentencia es de ahora. Lo que salió antes fue que el caranchoa debía pagar 30 euros por el bofetón, y que llegaran a un acuerdo económico entre ellos, y como no llegaron a ninguno, pues hubo juicio, y de aquellos polvos, estos lodos.

  22. #22
    ForoParalelo: Miembro Avatar de CabeseWebo
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    Cita Iniciado por Ebonycontractor Ver mensaje
    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    • En penas que se establecen como máximo para el delito en 15 años o superior, prescribe a los 20 años.
    • Para penas que oscilan entre 15 y 20 años de prisión, o la inhabilitación superior a 10 años, la prescripción del delito es a los 15 años.
    • Si la pena máxima es de prisión o inhabilitación entre 5 y 10 años, se determina su prescripción a los 10 años.
    • Otros delitos, 5 años de prescripción.
    • Injuria, calumnia y delitos leves, un año de prescripción.
    No prescriben si ya se ha iniciado un proceso.

  23. #23
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