El Tribunal Constitucional ha avalado que se pueda acordar el pago de una deuda mediante sexo oral al dar luz verde a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares que falló en ese sentido. Aquella sentencia no consideró que fuera delito saldar una deuda monetaria entre adultos mediante relaciones sexuales o felaciones. El Constitucional no entra a valorar si esto es legal o no porque entiende que «no tiene importancia constitucional suficiente», por lo que ha archivado el caso.
La sección 2 de la Audiencia de Palma, presidida por Diego Gómez-Reino, dictó en su sentencia que pagar una deuda contraída de forma voluntaria con felaciones o «convertirse en la xiribeva [prostituta]» del acreedor mientras se liquidaba el préstamo no es constitutivo de delito. Por ello, desestimó el recurso de apelación interpuesto por la víctima.
El mismo juez de la Audiencia de Palma descartó también la existencia de un delito continuado de coacciones, pese al criterio en contra del ministerio fiscal y del propio juez instructor, tal y como revela el diario balear Última Hora.
Los hechos ocurrieron en septiembre de 2019, cuando una mujer mallorquina de 38 años le pidió dinero al hermano de su ex pareja, de 58 años, porque estaba atravesando serios problemas económicos. El varón, que residía al igual que ella en la comarca del Pla de Malloca, le ingresó a ella 15.000 euros en su cuenta. La mujer explicó que esta cantidad se la iría devolviendo poco a poco cuando pudiera. La denuncia recogió que el hombre, como favor que le había hecho por ingresarle ese dinero, le pidió a ella que le hiciera dos o tres «biberones» (felaciones) a la semana para poder saldar esa deuda. Ambos se vieron hasta en cinco ocasiones para poder charlar un rato y tener sexo oral en el cosa del denunciado.
«Con la deuda, serás mi puta»
La mujer optó por ponerle una denuncia ante la Policía Nacional porque se sentía amenazada por su ex cuñado, con el que hasta ese momento mantenía una buena relación. En la denuncia también se recoge varias frases intimidatorias como «mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)» o «Si me haces lo que me gusta, no tienes ni puta idea de lo contenta que estarás de mí. Yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate. No lo debes poner en duda». El denuncia también propuso a la mujer «ir más allá de las felaciones» y hacer un 69, según consta en la misma denuncia.
La denunciante le contó la historia a su madre y un amigo del denunciado, tras enterarse, aumentó los mensajes de acoso y el número de llamadas. El 3 de enero de 2020, hace justo un año, la mujer recibió una carta certificada remitida por su ex cuñado que constaba de tres hojas manuscritas y repletas de vejaciones contra la denunciante. En esta misiva también se advertía de que debía pagar su deuda o que, en caso contrario, la denunciaría.
La defensa legal de la víctima alegó que su ex cuñado estaba incurriendo en la incoación de un delito de abusos sexuales, mientras que el juez instructor entendía que se trataba de coacciones graves y, la Fiscalía, de coacciones leves. La Audiencia de Palma desestimó el caso porque entendía que había consentimiento libre, provocando que la denunciante presentara un recurso de inconstitucionalidad. Ahora el Tribunal Constitucional ha optado por archivar el caso.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares provocó una gran polémica en su día. La ministra de Igualdad, Irene Montero, colgó un mensaje en las redes sociales para arremeter contra esta decisión judicial. «Una mujer desesperada pide ayuda a su cuñado. Para darle dinero le obliga a ser su ‘fulana’ y hacerle felaciones. Cuando ella no puede más, él amenaza con emprender acciones judiciales contra ella y su hija. Ella denuncia y pasa esto» señaló la ministra.
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