¡¡adios a la reforma del mercado laboral que implanto el pp!!
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Yo cada vez lo tengo mas claro cuando pueda me largare de españa da igual si me voy a un pais que tengan los mismos impuestos que españa pero lo que no voy a permitir toda esta basura e hipocrecia
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El Criticón
Se siguen contemplando las mismas causas de despido. Puedes intentar venderlo bonito pero la verdad es que fue el mayor ataque sufrido por los derechos de los trabajadores.
El Fuero del Trabajo
Su artículo III.4 establecía que el contenido primordial de las relaciones laborales, en lo tocante al trabajador, era la “fidelidad y sumisión” al empresario.
los puestos dirigentes “recaerán necesariamente en militantes de Falange Española”
(XIII.4). Y el XIII.5 establecía directamente que el Sindicato Vertical era un “instrumento al servicio del Estado, a través del cual realizará principalmente su política económica”
“Los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán delitos de lesa patria” (XI.2).
Esta legislación se aplicó en la llamada huelga del aceite de 1946 en los astilleros ferrolanos, una protesta contra la reducción de la cantidad de aceite en la cartilla de racionamiento que se saldó con 300 despidos y un consejo de guerra que dictó 14 condenas a muerte, que aunque conmutadas posteriormente, no por ello disminuye la brutalidad de la represión franquista contra el movimiento obrero.
(art. 16.9) que los contratos podían ser indefinidos, temporales o para obra o servicio determinado. Es cierto que la gran mayoría eran indefinidos, pero el carácter indefinido de un contrato no depende del nombre que reciba, sino de las dificultades que tenga el empresario para despedir al trabajador: un contrato indefinido con despido libre y gratuito es en realidad un contrato totalmente precario. En este sentido, esa ley recogía el despido libre a criterio del empresario, porque no otra cosa significa que la indisciplina, la deslealtad o la falta de respeto al empresario, a los familiares que con él convivían o a sus representantes fuesen causas justificadas de despido (art. 77), además, por supuesto, del socorrido recurso de acusar al trabajador de “desafecto al régimen”.
En fin un pequeño recorte demostrativo que aliviará tu morriña franquista.
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Zhar
El Fuero del Trabajo
Su artículo III.4 establecía que el contenido primordial de las relaciones laborales, en lo tocante al trabajador, era la “fidelidad y sumisión” al empresario.
los puestos dirigentes “recaerán necesariamente en militantes de Falange Española”
(XIII.4). Y el XIII.5 establecía directamente que el Sindicato Vertical era un “instrumento al servicio del Estado, a través del cual realizará principalmente su política económica”
“Los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán delitos de lesa patria” (XI.2).
Esta legislación se aplicó en la llamada huelga del aceite de 1946 en los astilleros ferrolanos, una protesta contra la reducción de la cantidad de aceite en la cartilla de racionamiento que se saldó con 300 despidos y un consejo de guerra que dictó 14 condenas a muerte, que aunque conmutadas posteriormente, no por ello disminuye la brutalidad de la represión franquista contra el movimiento obrero.
(art. 16.9) que los contratos podían ser indefinidos, temporales o para obra o servicio determinado. Es cierto que la gran mayoría eran indefinidos, pero el carácter indefinido de un contrato no depende del nombre que reciba, sino de las dificultades que tenga el empresario para despedir al trabajador: un contrato indefinido con despido libre y gratuito es en realidad un contrato totalmente precario. En este sentido, esa ley recogía el despido libre a criterio del empresario, porque no otra cosa significa que la indisciplina, la deslealtad o la falta de respeto al empresario, a los familiares que con él convivían o a sus representantes fuesen causas justificadas de despido (art. 77), además, por supuesto, del socorrido recurso de acusar al trabajador de “desafecto al régimen”.
En fin un pequeño recorte demostrativo que aliviará tu morriña franquista.
Vamos, que después de tanta hostia como te has llevado vas y sales por peteneras.
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Zhar
El Fuero del Trabajo
Su artículo III.4 establecía que el contenido primordial de las relaciones laborales, en lo tocante al trabajador, era la “fidelidad y sumisión” al empresario.
los puestos dirigentes “recaerán necesariamente en militantes de Falange Española”
(XIII.4). Y el XIII.5 establecía directamente que el Sindicato Vertical era un “instrumento al servicio del Estado, a través del cual realizará principalmente su política económica”
“Los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán delitos de lesa patria” (XI.2).
Esta legislación se aplicó en la llamada huelga del aceite de 1946 en los astilleros ferrolanos, una protesta contra la reducción de la cantidad de aceite en la cartilla de racionamiento que se saldó con 300 despidos y un consejo de guerra que dictó 14 condenas a muerte, que aunque conmutadas posteriormente, no por ello disminuye la brutalidad de la represión franquista contra el movimiento obrero.
(art. 16.9) que los contratos podían ser indefinidos, temporales o para obra o servicio determinado. Es cierto que la gran mayoría eran indefinidos, pero el carácter indefinido de un contrato no depende del nombre que reciba, sino de las dificultades que tenga el empresario para despedir al trabajador: un contrato indefinido con despido libre y gratuito es en realidad un contrato totalmente precario. En este sentido, esa ley recogía el despido libre a criterio del empresario, porque no otra cosa significa que la indisciplina, la deslealtad o la falta de respeto al empresario, a los familiares que con él convivían o a sus representantes fuesen causas justificadas de despido (art. 77), además, por supuesto, del socorrido recurso de acusar al trabajador de “desafecto al régimen”.
En fin un pequeño recorte demostrativo que aliviará tu morriña franquista.

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Amarilla y espumosa
Vamos, que después de tanta hostia como te has llevado vas y sales por peteneras.
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Zhar
El Fuero del Trabajo
Su artículo III.4 establecía que el contenido primordial de las relaciones laborales, en lo tocante al trabajador, era la “fidelidad y sumisión” al empresario.
los puestos dirigentes “recaerán necesariamente en militantes de Falange Española”
(XIII.4). Y el XIII.5 establecía directamente que el Sindicato Vertical era un “instrumento al servicio del Estado, a través del cual realizará principalmente su política económica”
“Los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán delitos de lesa patria” (XI.2).
Esta legislación se aplicó en la llamada huelga del aceite de 1946 en los astilleros ferrolanos, una protesta contra la reducción de la cantidad de aceite en la cartilla de racionamiento que se saldó con 300 despidos y un consejo de guerra que dictó 14 condenas a muerte, que aunque conmutadas posteriormente, no por ello disminuye la brutalidad de la represión franquista contra el movimiento obrero.
(art. 16.9) que los contratos podían ser indefinidos, temporales o para obra o servicio determinado. Es cierto que la gran mayoría eran indefinidos, pero el carácter indefinido de un contrato no depende del nombre que reciba, sino de las dificultades que tenga el empresario para despedir al trabajador: un contrato indefinido con despido libre y gratuito es en realidad un contrato totalmente precario. En este sentido, esa ley recogía el despido libre a criterio del empresario, porque no otra cosa significa que la indisciplina, la deslealtad o la falta de respeto al empresario, a los familiares que con él convivían o a sus representantes fuesen causas justificadas de despido (art. 77), además, por supuesto, del socorrido recurso de acusar al trabajador de “desafecto al régimen”.
Se ve que como no puedes encontrar fuentes solventes y que conozcan el sistema laboral (Antes te equivocaste al citar a uno que conocía el tema y ponía bien clarito que antes los trabajadores tenían más derechos) pues vienes a traer panfletos políticos. Muchas de esas cosas que dice el panfleto existían en el extratruño laboral del psoe con la diferencia que el fuero del trabajo era una carta de contenido programático (más deseos que otra cosa) y lo del psoe era una norma desarrollada. Además, cualquier que analice el fuero del trabajo de la época franquista sin conocer su autor pensaría que proviene de algún país de corte socialista cercano al comunismo.
Aún hoy en día los actos que turben o atenten contra la normalidad de la producción pueden considerarse delitos (y eso que ya no está franco por mucho que todo el día lo tengáis en la boca) pero la diferencia es que cuando se dictó el fuero del trabajo se hizo en época de guerra, mientras que el extratruño del psoe se hizo en tiempo de paz.

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Zhar
En fin un pequeño recorte demostrativo que aliviará tu morriña franquista.
El único que tiene morriña franquista eres tú que defiendes a las familias que se enriquecieron con el franquismo (no hay más que ver el "currículum" familiar de los del psoe).
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Zhar
El Fuero del Trabajo
Su artículo III.4 establecía que el contenido primordial de las relaciones laborales, en lo tocante al trabajador, era la “fidelidad y sumisión” al empresario.
los puestos dirigentes “recaerán necesariamente en militantes de Falange Española”
(XIII.4). Y el XIII.5 establecía directamente que el Sindicato Vertical era un “instrumento al servicio del Estado, a través del cual realizará principalmente su política económica”
“Los actos individuales o colectivos que de algún modo turben la normalidad de la producción o atenten contra ella serán delitos de lesa patria” (XI.2).
Esta legislación se aplicó en la llamada huelga del aceite de 1946 en los astilleros ferrolanos, una protesta contra la reducción de la cantidad de aceite en la cartilla de racionamiento que se saldó con 300 despidos y un consejo de guerra que dictó 14 condenas a muerte, que aunque conmutadas posteriormente, no por ello disminuye la brutalidad de la represión franquista contra el movimiento obrero.
(art. 16.9) que los contratos podían ser indefinidos, temporales o para obra o servicio determinado. Es cierto que la gran mayoría eran indefinidos, pero el carácter indefinido de un contrato no depende del nombre que reciba, sino de las dificultades que tenga el empresario para despedir al trabajador: un contrato indefinido con despido libre y gratuito es en realidad un contrato totalmente precario. En este sentido, esa ley recogía el despido libre a criterio del empresario, porque no otra cosa significa que la indisciplina, la deslealtad o la falta de respeto al empresario, a los familiares que con él convivían o a sus representantes fuesen causas justificadas de despido (art. 77), además, por supuesto, del socorrido recurso de acusar al trabajador de “desafecto al régimen”.
En fin un pequeño recorte demostrativo que aliviará tu morriña franquista.

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El Criticón
Se ve que como no puedes encontrar fuentes solventes y que conozcan el sistema laboral (Antes te equivocaste al citar a uno que conocía el tema y ponía bien clarito que antes los trabajadores tenían más derechos) pues vienes a traer panfletos políticos. Muchas de esas cosas que dice el panfleto existían en el extratruño laboral del psoe con la diferencia que el fuero del trabajo era una carta de contenido programático (más deseos que otra cosa) y lo del psoe era una norma desarrollada. Además, cualquier que analice el fuero del trabajo de la época franquista sin conocer su autor pensaría que proviene de algún país de corte socialista cercano al comunismo.
Aún hoy en día los actos que turben o atenten contra la normalidad de la producción pueden considerarse delitos (y eso que ya no está franco por mucho que todo el día lo tengáis en la boca) pero la diferencia es que cuando se dictó el fuero del trabajo se hizo en época de guerra, mientras que el extratruño del psoe se hizo en tiempo de paz.
El único que tiene morriña franquista eres tú que defiendes a las familias que se enriquecieron con el franquismo (no hay más que ver el "currículum" familiar de los del psoe).
Pues nada chico!!
Si el Fuero de los españoles no te vale que era el Estatuto de los Trabajadores de la época franquista, pues apaga y vámonos. Ante semejante estupidez nada se puede hacer contigo ya.
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ForoParalelo: Miembro
No la han derogado, van a cambiar algunas cosas, minucias. No hay huevos de derogarla porque Europa a diferencia del des-gobierno sabe cómo se crea empleo y si la derogan a tomar por saco los fondos.
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ForoParalelo: Miembro

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Shogun
No la han derogado, van a cambiar algunas cosas, minucias. No hay huevos de derogarla porque Europa a diferencia del des-gobierno sabe cómo se crea empleo y si la derogan a tomar por saco los fondos.
Harán una nueva Ley y los Fondos no están sujetos más que a que se cumplan los recortes sobre la excesiva temporalidad en España y esto estaba previsto también derogarlo.
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ForoParalelo: Miembro
pues menos mal , mira que les ha costado
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Paramiembro: Forista
Mientras no declaren ilegales las empresas de trabajo temporal nada cambiará. Nadie se da cuenta que son el origen de todo el problema. Picadoras de carne provenientes de Latinoamérica que solo sirven para reducir sustancialmente las opciones de un trabajo cualificado y estable.
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Humano y filantrópico

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Energetico
Se queda prácticamente igual pero le cambian el nombre.
Pero supone miles de votos más para los mongólicos que sólo leen público, el país, el diario.es y panfletos de ese calibre
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Zhar
Pues nada chico!!
Si el Fuero de los españoles no te vale que era el Estatuto de los Trabajadores de la época franquista, pues apaga y vámonos. Ante semejante estupidez nada se puede hacer contigo ya.
Si no sabes lo que hacer conmigo te recomiendo que abandones google y te pongas a estudiar. Cuando domines un poco la materia podrías intentar venir aquí y debatir seriamente con cualquiera 
En la época franquista no había un "estatuto de los trabajadores" propiamente dicho pues existía una enorme dispersión de normas laborales, y el fuero del trabajo no era más que una serie de principio con escaso contenido normativo. Por cierto, el "fuero de los trabajadores" y el "fuero de los españoles" no son la misma norma
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ForoParalelo: Miembro

Iniciado por
El Criticón
Si no sabes lo que hacer conmigo te recomiendo que abandones google y te pongas a estudiar. Cuando domines un poco la materia podrías intentar venir aquí y debatir seriamente con cualquiera
En la época franquista no había un "estatuto de los trabajadores" propiamente dicho pues existía una enorme dispersión de normas laborales, y el fuero del trabajo no era más que una serie de principio con escaso contenido normativo. Por cierto, el "fuero de los trabajadores" y el "fuero de los españoles" no son la misma norma

Deletreos de armonía (Antonio Machado)
Deletreos de armonía
que ensaya inexperta mano.
Hastío. Cacofonía
del sempiterno piano
que yo de niño escuchaba
soñando... no sé con qué,
con algo que no llegaba,
todo lo que ya se fue.
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ForoParalelo: Miembro

Iniciado por
Zhar
Deletreos de armonía (Antonio Machado)
Deletreos de armonía
que ensaya inexperta mano.
Hastío. Cacofonía
del sempiterno piano
que yo de niño escuchaba
soñando... no sé con qué,
con algo que no llegaba,
todo lo que ya se fue.
Supongo que ya a estas alturas tu mano ya habrá cogido experiencia
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ForoParalelo: Miembro

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Zhar
Deletreos de armonía (Antonio Machado)
Deletreos de armonía
que ensaya inexperta mano.
Hastío. Cacofonía
del sempiterno piano
que yo de niño escuchaba
soñando... no sé con qué,
con algo que no llegaba,
todo lo que ya se fue.

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El Criticón
Supongo que ya a estas alturas tu mano ya habrá cogido experiencia

No toco el piano, pero compruebo que tampoco te enteraste de la poesía que no habla de manos sino de oídos. jajajaja
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Iniciado por
Zhar
No toco el piano, pero compruebo que tampoco te enteraste de la poesía que no habla de manos sino de oídos. jajajaja
¿Sigues sin tratarte esos problemas de comprensión lectora? Era un chiste, no un análisis del poema, pero si de algo trataba el poema no era de ninguna parte de cuerpo humano, ni tampoco de la música
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ForoParalelo: Miembro
¿Tú crees?, o es otra de tus bromas.
Deletreos de armonía (Antonio Machado)
Deletreos de armonía
que ensaya inexperta mano.
Hastío. Cacofonía
del sempiterno piano
que yo de niño escuchaba
soñando... no sé con qué,
con algo que no llegaba,
todo lo que ya se fue.
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ForoParalelo: Miembro
esperate que aqui aun seguiran protestando cuando con esta nueva ley tengan mas dias cotizados , y mas dias de indemnizacion por despido
apate de mejores condiciones laborales
y aun asi , seguiran quejandose , mientras tragaban guano con la reforma del pp
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ForoParalelo: Miembro
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ForoParalelo: Miembro

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stergakos
pues si, parece qeu se ha llegado a un acuerdo total entre podemos y el psoe esta tarde para acabar con esta maldita reforma...¡¡que se jodan los empresarios!!
eso es un que se jodan los trabajadores
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Zhar
La casuística ya la ponía la empresa, porque la Magistratura todo lo tragaba porque nada estaba contemplado.
Ahora ya está todo perfectamente delimitado. Y se exigen probatorios por ambas partes ante Tribunal.
La indemnización por despido improcedente será la equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades.
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Escaramanga
La indemnización por despido improcedente será la equivalente a 33 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de 24 mensualidades.
Correcto. Y aún así ... según Convenio.
Existen convenios que contemplan solo 8 días de indemnización.
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Iniciado por
Zhar
Correcto. Y aún así ... según Convenio.
Existen convenios que contemplan solo 8 días de indemnización.
Un convenio, SIEMPRE mejora las condiciones q estipula el estatuto de trabajadores. SIEMPRE
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ForoParalelo: Miembro

Iniciado por
Escaramanga
Un convenio, SIEMPRE mejora las condiciones q estipula el estatuto de trabajadores. SIEMPRE
O no.
El Estatuto de los Trabajadores estipula 12 días por año trabajado en contratos por obra y servicio que son el mayor número de contratos en España. Los 20 días que marca el Estatuto son para los contratos indefinidos.
Se me olvidaba ponerte la tabla.
- los contratos firmados hasta el 31/12/2011: 8 días por año.
- los contratos firmados a partir del 1/1/2012: 9 días por año.
- los contratos firmados a partir del 1/1/2013: 10 días por año.
- los contratos firmados a partir del 1/1/2014: 11 días por año.
Última edición por Zhar; 13/11/2021 a las 09:48
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