DOS SENTENCIAS DE 2017 CONCLUYEN QUE ACTUÓ DE MALA FEEl mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
https://www.elconfidencial.com/espan...ienda_1577823/
He esperado que el asunto de Maxim Huertas esté cerrado para tratar este asunto. No creo que en absoluto este asunto se haya tratado como se debía, no solo en el ámbito político (eso es entendible porque ya sabemos cómo se las gastan en esos ambientes) sino, y es algo mucho más grave, en el informativo.
A mí el exministro de Cultura no me gustaba para el cargo. No discuto que sea un buen profesional en lo suyo, tanto en su faceta de escritor como de profesional del mundillo de los medios de comunicación pero (y creo que no soy el único que piensa así) no me daba el perfil para ocupar una cartera ministerial. Mucho más adecuado me parece, por su historial profesional, su sucesor José Guirao.
Eso no quita que piense que se ha cometido una injusticia con el ministro saliente. Mucho se ha hablado de sus problemas con el fisco y la información tergiversada, manipulada, magníficada, inexacta o incluso falsa ha sido tan frecuente que me parece hasta una canallada. Y el ataque al.Sr. Huertas ha llegado tanto por los medios de la izquierda como de la derecha. No, no creo que este tema se haya tratado con el rigor necesario en absoluto. Ha sido más una ejecución mediática en el que ha habido mucho titular inaceptable, mucho abuso en el afilado de la pluma y muy poco periodismo de calidad.
Si alguien quiere debatir sobre este tema, estaré encantado de hacerlo. Parto de la pregunta ¿Debia dimitir Maxim Huertas por su affaire con la Agencia Tributaria? y mi respuesta es un claro NO, tanto desde el punto de vista técnico como ético.
DOS SENTENCIAS DE 2017 CONCLUYEN QUE ACTUÓ DE MALA FEEl mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
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Precisamente eso es lo que critico. El tratamiento mediático. Pero ¿Cual es tu pregunta?El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Yo estoy de acuerdo contigo. Ayer lo llamaron "imputado" en A3.
Actuar de mala fe no es un delito. Es como si te ponen una multa, la recurres y al final la tienes que pagar igualmente. Eso es actuar de mala fe.
A mi parecer lo que hizo fue lo sensato en esos casos: intentar ahorrar impuestos de todas las maneras posibles hasta agotar las vías legales y finalmente pagarlos. Que lo que terminó pagando me parece una burrada en comparación a lo que debía.
Y antes de que la idiosincrasia de foroparalelo me llame "progre"; no soy del PSOE, esto no me parece justo como tampoco me lo pareció la persecución política que tuvo Cifuentes
Lo de mala fe lo dice la sentencia.Pregunta a SCHZ.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Mala fé. Para que exista mala fé tiene que haber dolo o negligencia. Desde Gestha (sindicato de técnicos de la Agencia Tributaria) ya han manifestado que no ha habido comportamiento doloso.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Maxim Huertas no inventó facturas ni contabilidades. Su sociedad se dedujo como gasto lo que pagaba al exministro por sus servicios (porque Huertas se puso un sueldo cuyos ingresos si tributaron por IRPF) no falseó ningún documento, ni ningún contrato, ni ninguna facturas. Los servicios eran reales y se especificaban en los contratos, así como la compra del inmueble y los gastos que se dedujo. No ocultó ingresos ni creó un entramado dirigido a ocultarlos. Tampoco ideó nada sino que se limitó a aplicar una práctica consentida y habitual en su sector de actividad.
El hecho en cuestión, la utilización de la sociedad instrumental en el contexto en el que Maxim Huertas la crea y tal y como procede con ella no creo que pudiera definirse como fraude fiscal sino más bien como fraude de ley, algo que en ningún caso tendría, por muy elevada que fuese la cuantía eludida, consecuencias penales (a diferencia del fraude fiscal propiamente dicho).
Es cierto que la Agencia Tributaria no cambió de criterio, pero sí de "praxis". A la vista de que se había extendido este formato en el ámbito profesional y eso afectaba a la recaudación tributaria, comienza a elevar su nivel de exigencia para dar por buena la fiscalidad de estas sociedades. Pero en el caso de Huertas ese nivel de exigencia aún no había llegado a su cenit. Por ejemplo, no se calculó la deuda como si la sociedad no existiera sino que se corrigió al alza la suma que la sociedad debía pagar al ministro pero no hasta el punto de llegar a la diferencia entre el ingreso de la sociedad y los gastos sí imputables a la actividad. Es decir, la sociedad era real y se admitía un margen de ganancia, pero se corregía este margen atribuyéndoselo personalmente a Huertas. La deducción de la vivienda simplemente se suprimió, pero no se le impuso ninguna sanción por habérselo deducido. La negligencia atribuida a Huertas no fue por esto, sino porque la retribución que se asignó como sueldo y que supuestamente pagaba la sociedad era inferior al del mercado.
Probablemente a Huertas le hubiera bastado habilitar una oficina (incluso en la vivienda referida) y contratado un empleado aunque fuese a tiempo parcial para que la tributación a través de la sociedad se hubiese admitido en lo fundamental
La sanción que acompañó a la liquidación de la cuota fue catalogado como leve porque formalmente estaba todo correcto y la discrepancia se refería a una forma errónea y excesivamente beneficiosa para el contribuyente de interpretar la normativa fiscal.
Para mayor inri el tiempo ha jugado en su contra. Ese nivel de exigencia de la Agencia Tributaria se ha implantado a todos los niveles, lo que incluye también el ambito judicial. Ahora los jueces no lo ven como algo discutible o ambiguo, los profesionales ya saben que este formato es inaceptable salvo que la sociedad tenga una estructura claramente diferenciada del profesional y su actividad no tenga carácter personalísimo y pueda justificar la necesidad de tener una estructura suplementaria. Pero no era así cuando Huertas constituyó su sociedad y operó con ella. Esta es la principal diferencia entre su caso y los de Monedero o Aznar.
A eso sumale que cuando todo esto sucede Huertas no tenía nada que ver con la política. Era un profesional como tantos otros que han pasado por lo mismo que él y de los que nadie habla. Utilizó una fórmula para ahorrarse Impuestos probablemente asesorado de que estaba dentro de la legalidad. No fue así, le exigieron el pago de la diferencia con sus sanciones correspondientes, pagó, decidió acudir a los tribunales porque en aquella época todavía había dudas sobre las nuevas exigencias de Hacienda y perdió. Hoy en día lo tiene todo en regla desde hace años.
No, no me parece justo el tratamiento que ha recibido. Algo que además ha dañado su imagen para toda la vida. Y todo por haber sido nombrado ministro.
La gente se queja de que los políticos viven en un mundo paralelo, que deberían echar pie a tierra y tomar contacto con la realidad social. Pero por el camino que vamos se va a terminar pidiendo la dimisión de un político por toser en un entierro. Trazas de disparate está tomando todo esto.
Y que esperas quien no este con la corrupción se le lincha, aunque la verdad que le han linchado muy poco en comparación a gente de Podemos.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Y defraudador es.
Si aún no se la ha sacado de la boca shurEl mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Lo que a ti te gusta es chupar pollas [a poder ser moras] y coños lefados cómo el buen cuck que eres. mariposón!El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Por cierto vaya doble moral, juzgando mas positivamente y justificando a quien es multado por Hacienda porque no lo hizo legal, y crucificando a quien realiza todo ajustándose a la legalidad como Monedero.
Típico antipodemita, ya sea uno votante del PP como tu novio o uno del PSOE como tu.
Si eres sociolisto sí que puedesEl mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Sigues insistiendo. Es increíble. Antes pensaba que era algun problema psicológico, pero cuando vi mi nombre al pie de tus mensajes lo comprendi. Todo lo que haces es como los críos cuando lloran para llamar la atención. Y tus enfandos conmigo es por el dolor lógico al estar enamorado de alguien que no te corresponde. Me gustan las mujeres, Tortu, no me interesa una mierda tu rollo homo. No soy yo, Tortu. Sigue mi consejo. Busca un foro gay, o mejor ve a algún bar de ambiente pajillo. No pierdas el tiempo conmigo, no te dejes vencer por la fantasía, sé realista y no me insistas más. Lo siento Tortu, pero no me va para nada el rollo trucha. Lo mío es un NO rotundo.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Cloacas del Estado:síEl mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Maxim Huertas chivo expiatorio:sí
Culpable SCHZ por bocazas y poner el listón muy alto:sí
Trucha? Tú lo eres es un puto cuck lamecorridas y un mariposón. Las cosas por su nombre!El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Escoria!
No estoy muy metido en la actualidad y el día a día de la política, pero la sensación que tengo yo es la contraria, que se ha tratado bastante poco, quizá haya sido porque ha sucedido en un momento con muchos temas candentes (lo de Lopetegui, lo de Salvini y el Aquarius, la reunión de Trump...). No sé, creo que tuvo mucha más repercusión el robo de Cifuentes en una tienda.
Pero es lo de siempre, la gente de ideología contraria acude como buitres donde huelen la sangre, en todos los casos de corrupción pasa. Al menos mostró dignidad y dimitió casi de inmediato, eso solo se lo recuerdo creo que a Soria.
¿Poner el listón muy alto? ¿Lo del PP es un listón alto?El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
¿Quien está equiparando llamar a un curso de gestión política máster cuando todo el mundo lo llamaba máster, o que te pillen implicada en una trama de venta de masters como le ha pasado a Cifuentes y encima va la imbécil y quiere quedar encima? Lo de Pedro Sánchez es fácil de arreglar. Lo corrige, dice que ha sido un error y punto. En realidad un título clase A o B no es lo que debe importarnos realmente de un dirigente político. Cifuentes lo gestionó fatal. Con decir que hizo lo que sus profesores le dijeron no habría habido ningún problema. Así de fácil. Pero le pudo la soberbia y eso hizo que la cagara a base de bien.
En lo de Maxim tengo otra teoría. Creo que el problema ha estado en que el exministro no le contó a Pedro Sánchez lo que había, máxime sabiendo como sabía que eso era dinamita si los medios de comunicación se enteraban. Y las sentencias son públicas. No querria perder la oportunidad de ser ministro y no dijo nada. Y eso en una relación que debe basarse en la confianza mutua es inaceptable. Es lógico que en esa tesitura no pudiera seguir.
Soria no dimitió tan rápido y lo hizo después de haber mentido como un bellaco y negar hasta que no pudo más su implicación en los papeles de Panamá. Menudo personaje el doble de Aznar...El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Listón muy alto significa decir lo que dijo.Sobre el PP pues claro que te doy la razón.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Fíjate si era un personaje siniestro que Rajoy tenía "planes de altura" para él.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Maxim huerta cometió una infracción de la ley tributaria tras una inspección de hacienda, usó una sociedad unicamente para ahorrar IRPF lo que comunmente conocemos como defraudación de impuestos. Dicha sanción ha sido revisada por varios tribunales a través de recursos que interpuso el propio maxim y todos le dieron la razón al estado. El huertas defraudó a hacienda. Las sentencias del tribunal superior de justicia de madrid sala de lo contencioso 5172/2017 y 5173/2017 así lo avala.
¿Deberia una persona que defraudó a hacienda ser ministro? Yo creo que por etica nunca debió aceptar la cartera.
En consecuencia, se estima que la conducta del obligado tributario no puede ser calificada sino de voluntaria y
culpable, en el sentido que se entiende que le era exigible otra conducta distinta, no pudiéndose apreciar buena fe
en su actuación en orden al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, sino que, por el contrario, debe concluirse
que su conducta ha ido encaminada a eludir su carga tributaria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas
Última edición por laucedo; 16/06/2018 a las 00:29
Te pongo el post que puse más arriba:El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Fíjate si han evolucionado los niveles de exigencia en estos temas. Estoy convencido que las sentencias hubieran sido muy diferentes si se hubieran dictado el año que se efectuaron las inspecciones. De hecho, el contenido de esas actas son menos inquisitoriales que la propia sentencia (por ejemplo, las sanciones son leves y no se consideró punible incluir los gastos de la vivienda, simplemente.se eliminaron).El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Esa virulencia judicial no incumple la prohibición de reformatio in peius porque no tiene consecuencias a efectos prácticos. Pero no se puede calificar peor en una sentencia a un recurrente de lo que ya lo hace el acto que se recurre. Ahí la sentencia se pasa siete pueblos.
Si hubiese sido doloso podriamos hablar de un delito fiscal, cosa que no ha sido. Solo ha sido una infracción administrativa. No inventó facturas pero se puso un sueldo muy inferior al que ganaba ya que asi casi todo el montante lo tributaba por el impuesto de sociedades y no por el IRPF. No es un delito solo es una infraccion administrativa como lo son las multas de trafico por ejemplo.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
La sentencia en realidad no le condena a nada solo a las costas procesales, unos dos mil euros mas iva. La sentencia judicial lo unico que hace es desestimar el recurso que interpuso maxim huerta, solo dice que la infraccion que cometio y la sancion que le puso hacienda es acorde a la ley pero no se la agrava ni nada.
Por aquellas fechas, como he explicado, el nivel de exigencia de la Agencia Tributaria para admitir la validez de la tributación por el impuesto de sociedades era mucho menor. No se pasó de cero (permisividad total) a 100 (rigurosidad total) en un día. Como he explicado, en las actas de inspección no se cuestiona el uso de la sociedad instrumental, sino el hecho de que el sueldo que se imputaba Huertas (y que sí tributaba por IRPF) era muy bajo. Como todo lo demás estaba correcto cuando menos formalmente las infracciones fueron consideradas "leves". Uno de los elementos más polémicos, la casa que se dedujo pues la compró a nombre de la sociedad, tampoco fue considerado un comportamiento merecedor de sanción. Las partidas deducidas sencillamente se eliminaron sin más. Hoy en día no recibiría un tratamiento tan benevolo.El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
Fíjate un detalle. En el fragmento de la sentencia que has transcrito (que se remite al contenido del acta, dice:
...Usa el término "eludir" y no "evadir". Supongo que sabes la diferencia. Por este y otros detalles digo que lo que el uso de sociedades instrumentales era considerado en aquella época más un "fraude de ley" que un "fraude fiscal".debe concluirse que su conducta ha ido encaminada a eludir su carga tributaria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Insisto en lo mismo. Si hubiera montado una oficina en la casa y contratado a un empleado aunque fuese a tiempo parcial, probablemente se le habría admitido la tributación por el IS. Se le habrían buscado las cosquillas por otro sitio porque la inspección tributaria se dedica a lo que se dedica, pero al menos todos los servicios prestados en los que ls estructura debe esa sociedad hubiera intervenido de algún modo se habría admitido su tributación por el IS.
Hay otra forma societaria utilizada por mucha gente con patrimonios importantes.que hasta ahora el Estado ha consentido a pesar de ser un formato igualmente espúreo. Son las sociedades de inversión de capital variable (SICAV's) que tributan al 1% y que se han convertido en auténticas "islas paradisíacas" fiscalmente hablando. Actualmente la "praxis" es consentirlas (de hecho se le quitó a Hacienda la potestad para determinar si son o no realmente SICAV's y se le asignó a la CNMV, que se limita a comprobar si se cumplen los requisitos formales). Este es otro uso torticero de una figura societaria para eludir el pago de impuestos a un nivel muy superior al de casos como el de Huertas. Como ves, hay casos.y casos. La diferencia es que en el caso del exministro hablamos de profesionales y en el de las SICAV's de gente con mucho poder e influencia.
No puede agravar la sanción. Ese recurso solo puede confirmar las actas o estimar (en todo o en parte) los recursos de Huertas. En lo que no estoy de acuerdo es en como califica "éticamente" al recurrente. El tratamiento recibido por la inspección de la Agencia Tributaria no fue tan duro. Se podría decir que los términos judiciales cuestionan más la ética a Huertas que los administrativos, y eso supone un exceso verbal inadmisible para mi gusto. El tribunal debería haberse limitado a dar la razón a la Agencia Tributaria y todo lo más a condenar en costas si lo ve clarísimo. Pero lo que no puede es cuestionar la intencionalidad del inspeccionado más allá de lo que se recoge en las propias actas. A mí modo de ver es totalmente excesivo.La sentencia en realidad no le condena a nada solo a las costas procesales, unos dos mil euros mas iva. La sentencia judicial lo unico que hace es desestimar el recurso que interpuso maxim huerta, solo dice que la infraccion que cometio y la sancion que le puso hacienda es acorde a la ley pero no se la agrava ni nada.
Última edición por Politikon; 16/06/2018 a las 08:46