El nieto de Franco se libra de ir a la cárcel por el atropello a dos agentes

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  1. #1
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    El nieto de Franco se libra de ir a la cárcel por el atropello a dos agentes

    Francis Franco, que fue condenado a 30 meses de prisión por delitos de atentado contra la autoridad y conducción temeraria por un juzgado de lo penal de Teruel, pero absuelto después por la Audiencia Provincial.
    dos guardias civiles dieron el alto a un vehículo que circulaba con las luces apagadas y en sentido contrario por la carretera nacional 234. El conductor obvió las señales de los agentes y se dio a la fuga.
    uno de los ocupantes encañonó a los agentes con una escopeta mientras el conductor daba marcha atrás con su coche y arremetía contra el vehículo de la Guardia Civil. Un agente resultó lesionado. El automóvil, hallado cinco horas después, estaba registrado a nombre de una sociedad propiedad de Francisco Franco Suelves, hijo de Francis Franco
    https://elpais.com/politica/2019/10/...35_104590.html


    Los enemigos de ESPAÑA y su impunidad.

  2. #2
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    Previendo que la familia siga buscando vías jurídicas incluyendo Uropa, toca echar mierda sobre ellos. La plebe así lo demanda.

  3. #3
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    Estaba claro que la ibais a seguir teniendo bien adentro

  4. #4
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    Por cierto, me acabo de leer la noticia y parece que cuando la justicia garantista que hay en España favorece a éste, se acabó el hablar de presunción de inocencia

    Y con la sentencia en la mano, tu titular es calumnia.

  5. #5
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Previendo que la familia siga buscando vías jurídicas incluyendo Uropa, toca echar mierda sobre ellos. La plebe así lo demanda.
    Como Español de bien, debo mostrar el rechazo hacia los que odian a españa y sus FCSE como la familia Franco.

  6. #6
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    Por cierto, me acabo de leer la noticia y parece que cuando la justicia garantista que hay en España favorece a éste, se acabó el hablar de presunción de inocencia

    Y con la sentencia en la mano, tu titular es calumnia.
    Mio no es, es del periódico online.

  7. #7
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    Es lo q tiene cuando en un juicio no se puede probar quien era el conductor.
    Y en ese caso seria injusto condenar al propietario del coche en base a la suposicion de q era el q conducia..

    Asi q...

    Absuelto debido a q no existe prueba de que el acusado conducia ni de ir en el coche.
    Ni tampoco se puede probar q la declaracion de donde se encontraba por parte del acusado y testigos, sea falsa.

    Pero oye, es nieto de franco, y seria tonteria no aprobechar la noticia tergiversando un poquito para reafirmar mantras...

    Justicia al servicio de fachas q por ser nieto del dictador puede delinquir sin consecuencias... blablabla


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  8. #8
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    Solamente por el hecho de atropellar a un agente y encañonarles con una escopeta, tenían que haber sido acribillados por los agentes.

    Así el siguiente se lo pensaría bien si le da el alto la G.C.

  9. #9
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    Es lo q tiene cuando en un juicio no se puede probar quien era el conductor.
    Y en ese caso seria injusto condenar al propietario del coche en base a la suposicion de q era el q conducia..

    Asi q...

    Absuelto debido a q no existe prueba de que el acusado conducia ni de ir en el coche.
    Ni tampoco se puede probar q la declaracion de donde se encontraba por parte del acusado y testigos, sea falsa.

    Pero oye, es nieto de franco, y seria tonteria no aprobechar la noticia tergiversando un poquito para reafirmar mantras...

    Justicia al servicio de fachas q por ser nieto del dictador puede delinquir sin consecuencias... blablabla


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    Entonces todo español e inmigrante que tome nota, si te da el alto la guardia civil que no te reconozcan y coses a tiros a los agentes.

    Claro el coche suyo lo va conduciendo cualquiera que pasa por la calle porque deja las llaves puestas... si un radar te caza a 150km/h en un tramo de 100km/h la multa va al dueño del vehiculo, si fuera tal como dices si no existe foto del conductor nadie debería pagar la multa.

    No olvidemos que el AGENTE DE LA LEY le identifico.
    Última edición por Puro; 25/10/2019 a las 23:34

  10. #10
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    Entonces todo español e inmigrante que tome nota, si te da el alto la guardia civil que no te reconozcan y coses a tiros a los agentes.

    Claro el coche suyo lo va conduciendo cualquiera que pasa por la calle porque deja las llaves puestas... si un radar te caza a 150km/h en un tramo de 100km/h la multa va al dueño del vehiculo, si fuera tal como dices si no existe foto del conductor nadie debería pagar la multa.

    No olvidemos que el AGENTE DE LA LEY le identifico.
    La primera parte es un poco tonteria, si no reconocen al autor de un delito, comolicado acusar a nadie... no?

    Si tu coche comete una infraccion, el propietario esta obligado a identificar al conductor, y si no lo hace por desconocimiento o negativa, sancion por la infraccion y por no identificar. Aun a sabidndas de q el propietario no era quien conducia.
    Pero fuera de la via administrativa, en un tribunal, el q acusa de un delito es quien debe aportar prueba de la autoria.

    El agente dice haber reconocido, no identificado... y el tribunal no acepta como prueba q un agente diga q le parecio reconocerlo.... si lo hubiera identificado si seria prueba...




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  11. #11
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    Confiemos en que el hijo de Franco, como hombre de ley y orden, sabrá quien tiene acceso a los coches propiedad de su sociedad y por tanto lo pondrá en conocimiento de los CFSE para que procedan a su detención.

    Así ha sido ¿No?

  12. #12
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    y lo de la escopeta de donde sale tio? jajajjajaja

  13. #13
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    La primera parte es un poco tonteria, si no reconocen al autor de un delito, comolicado acusar a nadie... no?

    Si tu coche comete una infraccion, el propietario esta obligado a identificar al conductor, y si no lo hace por desconocimiento o negativa, sancion por la infraccion y por no identificar. Aun a sabidndas de q el propietario no era quien conducia.
    Pero fuera de la via administrativa, en un tribunal, el q acusa de un delito es quien debe aportar prueba de la autoria.

    El agente dice haber reconocido, no identificado... y el tribunal no acepta como prueba q un agente diga q le parecio reconocerlo.... si lo hubiera identificado si seria prueba...




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    ok, ya se que hacer si la policia me da el alto, seguro que todo es el mismo resultado haciendo lo mismo.

  14. #14
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    Mio no es, es del periódico online.
    Pues con la sentencia en la mano podrían condenar a LoPais

  15. #15
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    ok, ya se que hacer si la policia me da el alto, seguro que todo es el mismo resultado haciendo lo mismo.
    Y si además demuestras que en ese momento te encontrabas en otro sitio a 500 km de distancia tienes lo que se llama una coartada y como tenemos lo de la presunción de inocencia porque ya no estamos en un régimen fascista quedas libre.

  16. #16
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y si además demuestras que en ese momento te encontrabas en otro sitio a 500 km de distancia tienes lo que se llama una coartada y como tenemos lo de la presunción de inocencia porque ya no estamos en un régimen fascista quedas libre.


    Vamos en definitiva que con dinero y corrupción la ley es para el resto no para el que tenga eso.

    Mas cuando no demostró que estaba en otro sitio.

    A ver si eso de la presunción de inocencia se aplica a todos...

  17. #17
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pues con la sentencia en la mano podrían condenar a LoPais
    El periódico informa sobre otra sentencia. La anterior a la que la corrupción anulo.

  18. #18
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    El periódico informa sobre otra sentencia. La anterior a la que la corrupción anulo.
    Pero la sentencia firme es la que es. Y si no es culpable según esa sentencia firme, el periódico no puede decir lo contrario.

    A ver si tanto llamar presunto al no condenado todavía, para llamar culpable al absuelto.

  19. #19
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    Supongo que los miles de catalanes que provocaron los ataques terroristas a la policía y que están en la calle son también familia de Franco.

  20. #20
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    Los piojosos son asi de retrasados, se les mete una palabra en la cabeza y no hay quien les saque de ahi, Franco, Franco, Franco, Franco, Franco ... es un milagro que esta gente pueda andar sin cagarse encima.

  21. #21
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    Por lo visto la corrupción medular del sistema juridico-policial español que se ha instaurado para luchar contra el derecho a la autodeterminación de los catalanes ya sobrepasa el procés para abrazar al PP y los neofranquistas.

    Os lo tenéis bien merecido.

  22. #22
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Por lo visto la corrupción medular del sistema juridico-policial español que se ha instaurado para luchar contra el derecho a la autodeterminación de los catalanes ya sobrepasa el procés para abrazar al PP y los neofranquistas.

    Os lo tenéis bien merecido.
    Que dices de la soberania del pueblo español?


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  23. #23
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Pero la sentencia firme es la que es. Y si no es culpable según esa sentencia firme, el periódico no puede decir lo contrario.

    A ver si tanto llamar presunto al no condenado todavía, para llamar culpable al absuelto.
    Esta poniendo informacion oficial por parte del gobierno.

    https://ep00.epimg.net/descargables/...197daa374e.pdf

    Resulta probado y así se declara que entre las 07:00 y las 07:30 horas del día 30 de abril de 2012 los agentes de la Guardia Civil “X” y “U”, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Monreal del Campo (Teruel), apostados en el vehículo oficial a la altura del Pk. 210 de la CN-234 (Sagunto-Burgos), sentido Burgos, observaron el vehículo Toyota Hilux, conducido por el acusado FRANCISCO DE ASIS FRANCO MARTÍNEZ-BORDIU, mayor de edad y sin antecedentes penales, circulando por la misma vía en sentido contrario y con las luces apagadas. Como ocupante del asiento del copiloto viajaba el acusado SILVIU NICOLAE R., mayor de edad y sin antecedentes penales. El vehículo Toyota Hilux pertenece a la empresa ENTRAGO 99, S.L. y está asegurado por la entidad AXA AURORA IBERICA, S.A., compañía de seguros y reaseguros.
    Los agentes actuantes decidieron invertir el sentido de su marcha con el fin de notificar al conductor del Toyota Hilux la infracción reglamentaria detectada, dándole alcance en el PK 207, marcando los agentes con luces rojas de modo ámbar y toques de sirena que parase en la gasolinera de Burbáguena (Teruel); no obstante lo anterior el acusado, a los mandos del Toyota Hilux, hizo caso omiso a las órdenes de los patrulleros, a pesar de ser fácilmente comprensibles y ser realizadas desde el vehículo oficial Toyota Rav 4, continuando la marcha por un camino de tierra que se inicia a la altura del Pk. 206, tres cruzar el río Jiloca, siguiendo hasta un campo de almendros, para después incorporase de nuevo a la CN-234 a través del mismo puente, saltándose el Stop y girando a la izquierda, dirección Burgos.
    Tras esto, el vehículo conducido por el acusado FRANCISCO FRANCO, a gran velocidad y con invasión del carril de sentido contrario en las curvas, desoyendo los mensajes realizados por los agentes con el megáfono pidiéndole que detuviera el turismo, continuó la marcha por la carretera A-2511 dirección Ferreruela de Huerva, hasta la localidad de Lagueruela en la que tomó una pista forestal asfaltada dirección Collados; en este vía, a mitad de las poblaciones de Laqueruela y Collados, en un cruce con un camino de tierra del “Cerro de los Almendros”, situado después de una curva, el acusado detuvo la marcha del vehículo ya dentro del camino, donde fue alcanzado por el vehículo oficial Toyota Rav 4 que estaciona a su lado, en la entrada de esa vía. En esta situación, estando los dos vehículos parados, el agente “U” comienza a bajarse del vehículo, a la vez que da el alto a los dos ocupantes del Toyota Hilus y les conmina para que dejen el arma de fuego que portaban, (avistada durante la persecución en la A2511 y avistada de nuevo la culata en este segundo momento), y es entonces cuando el conductor acusado FRANCISCO FRANCO, con ánimo de ofender el principio de autoridad, realiza de forma brusca la maniobra de marcha atrás, impactando por alcance con la parte posterior izquierda del Toyota Hilux contra el lado anterior derecho del vehículo oficial, hasta desplazarlo unos 9,80 metros, obligando al agente “U” a volver a introducirse rápidamente en el vehículo Toyota Rav 4, resultando que padeció cervicalgia y contractura paracervical a consecuencia de la colisión, la cual precisó para su sanidad una primera asistencia facultativa
    Tras continuar la marcha el Toyota Hilux por el camino, se incorporó a la pista forestal que conduce a Collados, una vez rebasada la población, toma dirección Olalla (Teruel), accediendo a la A-2513, saltándose el Stop, para meterse en el km. 11 a un camino, para después volver a salirse y meterse en otro camino hasta retornar a la localidad de Collados, para acto seguido coger un camino de tierra situado al lado de una ermita en ruinas, lugar en el que finalizó la persecución por problemas mecánicos en el vehículo matrícula Toyota Rav 4. Sobre las 12 horas, el Toyota Hilux fue localidad de Bea (Teruel) perfectamente cerrado y estacionado. Como consecuencia de los hechos el vehículo oficial sufrió daños por importe de 2.720 euros y el agente de la Guardia Civil “U” sufrió lesiones que tardaron en sanar con 30 días no impeditivos para su trabajo o vida habitual.

    En otros casos la palabra de los agentes es ley como en alsasua donde mucha presunción de inocencia no se cumplió cosa que en este caso a pesar de ser el propio sindicato de la Guardia Civil que es quien vela por ESPAÑA y los ciudadanos ESPAÑOLEs .

    Parece que la presunción de inocencia es solo para ricos y corruptos.

  24. #24
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    Supongo que los miles de catalanes que provocaron los ataques terroristas a la policía y que están en la calle son también familia de Franco.
    A medias, contando que el independentismo catalán son el PP y convergencia (clan Pujol) los que lo organizaron para beneficio electoral y mantener su corrupción.

  25. #25
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Por lo visto la corrupción medular del sistema juridico-policial español que se ha instaurado para luchar contra el derecho a la autodeterminación de los catalanes ya sobrepasa el procés para abrazar al PP y los neofranquistas.

    Os lo tenéis bien merecido.
    prueba este tratamiento, separrata

  26. #26
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    Os lo tenéis bien merecido.
    El independentismo catalán no es mas que otro circo creado por la corrupción.

  27. #27
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    Vamos en definitiva que con dinero y corrupción la ley es para el resto no para el que tenga eso.

    Mas cuando no demostró que estaba en otro sitio.

    A ver si eso de la presunción de inocencia se aplica a todos...
    Cierto que con las acusaciones de género no hay presunción de inocencia, una simple denuncia de una mujer te vale para que te condenen excepto si eres del psoe. Pero en el resto de casos la presunción de inocencia sigue siendo vigente. Considerar que el nieto de franco es culpable por el hecho de ser nieto de franco es como muy franquista, como si en la época del caudillo te condenasen por el simple hecho de ser hijo de republicanos.

  28. #28
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Y si además demuestras que en ese momento te encontrabas en otro sitio a 500 km de distancia tienes lo que se llama una coartada y como tenemos lo de la presunción de inocencia porque ya no estamos en un régimen fascista quedas libre.
    De la sentencia absolutoria

    Por vía de Responsabilidad Civil el acusado FRANCISCO DE ASIS FRANCO MARTÍNEZ-BORDIU indemnizará al Agente de la Guardia Civil “U” en la suma de 1.500 euros y a la Dirección General de la Guardia Civil en la cantidad de 2720 euros, cantidades que devengarán los intereses establecidos en el art 576 de la LEC.
    Si no estaba en el vehiculo porque debe indemnizar al agente?

  29. #29
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    Cierto que con las acusaciones de género no hay presunción de inocencia, una simple denuncia de una mujer te vale para que te condenen excepto si eres del psoe. Pero en el resto de casos la presunción de inocencia sigue siendo vigente. Considerar que el nieto de franco es culpable por el hecho de ser nieto de franco es como muy franquista, como si en la época del caudillo te condenasen por el simple hecho de ser hijo de republicanos.
    Se le considera culpable porque fue reconocido por un agente herido con parte medico de que realmente fue asi, y el coche era de su propiedad. Y si les la sentencia ves que consiguen la absolución por fallos en el procedimiento todo.

  30. #30
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    El mensaje está oculto porque el usuario está en tu lista de ignorados.
    De la sentencia absolutoria



    Si no estaba en el vehiculo porque debe indemnizar al agente?
    Te has liado, ese fragmento pertenece a la sentencia condenatoria.

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