Sorprendente opinión del catedrático Pérez Royo sobre la sentencia de los ERE
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Sorprendente opinión del catedrático Pérez Royo sobre la sentencia de los ERE
Una sentencia que raya en la "ignorancia inexcusable"
Dada la extensión y profundidad del artículo de este peculiar catedrático de
Derecho Constitucional de la US, transcribo solo unos párrafos concretos:
En la Sentencia de los ERE se produce una quiebra entre el relato fáctico y la fundamentación jurídica. El Tribunal se esfuerza en argumentar que los hechos que figuran como probados son constitutivos de los delitos de prevaricación y malversación, pero no lo consigue. Y no lo consigue porque no lo puede conseguir. Porque lo que no puede ser, no puede ser. Y en este asunto falta el presupuesto de hecho para que exista la calificación jurídica que el Tribunal pretende.
La Ley de Presupuestos es una Ley. Los actos preparatorios necesarios para la aprobación de una ley carecen de sustantividad jurídica. En el momento en que la Ley ha sido aprobada, quedan fuera del universo jurídico. El Gobierno puede haber elaborado un Proyecto de Presupuestos con finalidad fraudulenta, pero si el Parlamento lo tramita parlamentariamente y lo aprueba, el acto del Gobierno es jurídicamente irrelevante.
El ordenamiento jurídico del Estado Constitucional descansa en la presunción "iuris et de iure", que no admite prueba en contrario, de que el Parlamento no es susceptible de ser engañado. Políticamente se le puede engañar, pero jurídicamente no. Nada de lo que haya ocurrido en el proceso de elaboración de la ley es jurídicamente relevante, una vez que ha sido aprobada.La voluntad expresada por el Parlamento es la voluntad general, es la Ley.
Esta es la razón por la que, tras la aprobación de la Ley, no es posible exigir responsabilidad penal a nadie de los que ha participado en el proceso de elaboración de la misma. Nadie que tenga una mínima formación jurídica puede desconocerlo. La Ley de Presupuestos podrá ser recurrida ante el TC y nadie más que el TC podría tomar en consideración el proceso de elaboración de los mismos para argumentar su posible inconstitucionalidad. Fuera del TC no hay en el Estado Constitucional nadie que pueda "evaluar con efectos jurídicos" los actos preparatorios de la aprobación parlamentaria del Presupuesto.
En el marco de la Ley de Presupuestos, los delitos que la sentencia atribuye a los expresidentes son delitos imposibles. El Tribunal puede estar convencido de que los Gobiernos presididos por Chaves y Griñán engañaron al Parlamento, pero eso no es delito. Se trata de una sentencia que raya con la "ignorancia inexcusable".
Perplejo me he quedado.
Artículo completo:
https://www.eldiario.es/contracorrie...965263492.html
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Forocoches: Miembro
Espero que el cancer te haga impotente y no puedas violar más.
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A ver qué opina @laucedo como leguleyo oficial de este subforo.
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Forocoches: Miembro
Pobre subnormal tiene que autobumpearse el hilo porque nadie le hace caso.
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Liker

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agil
Pobre subnormal tiene que autobumpearse el hilo porque nadie le hace caso.
¿Cómo le vamos a hacer caso, si....
hoy, 10:57
poIitikon
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El mismo, respetado Catedrático, que ya vaticinó como "salvajada" y "golpe de estado" la respuesta del PP hacia el Estatut mientras vaticinaba sus "imprevisibles consecuencias".
Y es que cuando apruebas la puerta a la corrupción policial y judicial contra los demás puede suceder que el karma reaccione.
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Marraco
El mismo, respetado Catedrático, que ya vaticinó como "salvajada" y "golpe de estado" la respuesta del PP hacia el Estatut mientras vaticinaba sus "imprevisibles consecuencias".
Y es que cuando apruebas la puerta a la corrupción policial y judicial contra los demás puede suceder que el karma reaccione.
¿Presentar un recurso de inconstitucionalidad es una salvajada y un golpe de estado? Pues llevamos 5.000 golpes de estados cometidos desde que la consti es consti
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laucedo
¿Presentar un recurso de inconstitucionalidad es una salvajada y un golpe de estado? Pues llevamos 5.000 golpes de estados cometidos desde que la consti es consti

¡Oiga, oiga! Las quejas a ese respetado Catedrático de la Universidad de Sevilla.
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Marraco
¡Oiga, oiga! Las quejas a ese respetado Catedrático de la Universidad de Sevilla.
Okey mackey.
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Marraco
El mismo, respetado Catedrático, que ya vaticinó como "salvajada" y "golpe de estado" la respuesta del PP hacia el Estatut mientras vaticinaba sus "imprevisibles consecuencias".
Y es que cuando apruebas la puerta a la corrupción policial y judicial contra los demás puede suceder que el karma reaccione.
Y cuando el TC le da la razón al govern, la Generalitat o al Parlament ¿También es un golpe de Estado?
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Despilfarros aparte ,que sin duda los hay,es lógico que un familiar que se apunta a un ERE sea un hecho jurídicamente perseguido y castigado .Lo que no termino de comprender del todo es que una supuesta ayuda a una empresa en quiebra ("despilfarro"),pueda considerarse delito
Es como si a los políticos que aprobaron la ciudad de la justicia madrileña o el castor o las radiales les metieran en la cárcel ,cosa con la que yo podría estar de acuerdo por otra parte , el despilfarro de dinero publico debería ser duramente castigado
Me imagino que el Supremo tendrá la última palabra
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Anti-Charos Death Squad

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poIitikon
Una sentencia que raya en la "ignorancia inexcusable"
Dada la extensión y profundidad del artículo de este peculiar catedrático de
Derecho Constitucional de la US, transcribo solo unos párrafos concretos:
En la Sentencia de los ERE se produce una quiebra entre el relato fáctico y la fundamentación jurídica. El Tribunal se esfuerza en argumentar que los hechos que figuran como probados son constitutivos de los delitos de prevaricación y malversación, pero no lo consigue. Y no lo consigue porque no lo puede conseguir. Porque lo que no puede ser, no puede ser. Y en este asunto falta el presupuesto de hecho para que exista la calificación jurídica que el Tribunal pretende.
La Ley de Presupuestos es una Ley. Los actos preparatorios necesarios para la aprobación de una ley carecen de sustantividad jurídica. En el momento en que la Ley ha sido aprobada, quedan fuera del universo jurídico. El Gobierno puede haber elaborado un Proyecto de Presupuestos con finalidad fraudulenta, pero si el Parlamento lo tramita parlamentariamente y lo aprueba, el acto del Gobierno es jurídicamente irrelevante.
El ordenamiento jurídico del Estado Constitucional descansa en la presunción "iuris et de iure", que no admite prueba en contrario, de que el Parlamento no es susceptible de ser engañado. Políticamente se le puede engañar, pero jurídicamente no. Nada de lo que haya ocurrido en el proceso de elaboración de la ley es jurídicamente relevante, una vez que ha sido aprobada.La voluntad expresada por el Parlamento es la voluntad general, es la Ley.
Esta es la razón por la que, tras la aprobación de la Ley, no es posible exigir responsabilidad penal a nadie de los que ha participado en el proceso de elaboración de la misma. Nadie que tenga una mínima formación jurídica puede desconocerlo. La Ley de Presupuestos podrá ser recurrida ante el TC y nadie más que el TC podría tomar en consideración el proceso de elaboración de los mismos para argumentar su posible inconstitucionalidad. Fuera del TC no hay en el Estado Constitucional nadie que pueda "evaluar con efectos jurídicos" los actos preparatorios de la aprobación parlamentaria del Presupuesto.
En el marco de la Ley de Presupuestos, los delitos que la sentencia atribuye a los expresidentes son delitos imposibles. El Tribunal puede estar convencido de que los Gobiernos presididos por Chaves y Griñán engañaron al Parlamento, pero eso no es delito. Se trata de una sentencia que raya con la "ignorancia inexcusable".
Perplejo me he quedado.
Artículo completo:
https://www.eldiario.es/contracorrie...965263492.html
@Dark Gandalf, ¿puedes darnos un resumen, por favor?
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Marraco
¡Oiga, oiga! Las quejas a ese respetado Catedrático de la Universidad de Sevilla.
Es muy "sui generis" el bueno de Pérez Royo, suele mezclar razonamientos juridicos con valoraciones políticas.
En una entrevista dijo esto:
Se menciona de manera permanente el artículo 155 de la Constitución pero, sin embargo, nadie parece tener muy claro si puede recurrirse al mismo y qué implicaría la aplicación de este precepto constitucional. ¿Cómo lo ve usted?
El artículo 155 de la Constitución lo que contempla es una situación de emergencia. Es lo que se llama la coacción federal. ¿Qué es la aplicación del 155? Lo que, según la emergencia y la calificación que se haga, se entienda que se debe de hacer para restaurar la situación de normalidad que se ha visto quebrada por el incumplimiento de las normas por parte de la autoridad de la comunidad autónoma. Por ejemplo, en la situación actual se puede dirigir al Parlamento catalán y decirle "mire usted esa resolución es inadmisible y, por lo tanto, no se puede dar un paso más en esa dirección". Si persiste, pues entonces se puede adoptar la decisión, por ejemplo, del cierre temporal del Parlamento hasta que se llegue a un acuerdo...
El 155 es flexible y no tiene por qué ser una bomba atómica que se lleve toda la autonomía por delante. El 155 se modula. La coacción federal existe en más países. Por ejemplo, en Estados Unidos, cuando los Estados del Sur decidieron no dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo que imponía el fin de la segregación racial en las escuelas, el presidente envió a la Guardia Federal para llevar a los niños de las escuelas blancas a las escuelas negras y al contrario. Ya está. Todo lo demás continuó exactamente igual. El gobernador siguió teniendo todas las competencias menos en ese punto concreto.
Da la impresión, a veces, de que se blande la Constitución más como una amenaza que como el texto que garantiza derechos. Por ejemplo, en el caso del 155. "Si haces tal cosa, te aplico el 155"...
Es que este artículo está previsto para eso. Cuando hay un incumplimiento grave por parte de una de las partes de la federación, en este caso, una comunidad autónoma, pues se le requiere para que se integre en un comportamiento que sea aceptable. Y en caso de que no lo haga, pues entonces se interviene. Claro que es coactivo. Está previsto para que no se tenga que hacer uso de él salvo en circunstancias excepcionales. El artículo 155 es una excepción. Si usted no cumple con sus obligaciones, se las tendremos que hacer cumplir. Eso está en todos los Estados federales. No es una novedad de la Constitución española.
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Hakwon
Se resume en nueve letras: p o l i t i k o n.
Y básicamente dice que si se la cuelas a las Cámaras, la culpa es de las Cámaras.
Vamos, que si Tejero aquella noche les hubiera hecho votar a punta de pistola se hubiera ido de rositas.
Porque una vez que se aprueba algo, lo que hayas hecho para conseguirlo es "jurídicamente irrelevante".
Lo que da miedo es que este señor tenga la educación de otros individuos a su cargo.
Última edición por Dark Gandalf; 20/11/2019 a las 14:37
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No sabia yo que los EREs se aprobaron a punta de pistola
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Forocoches: Miembro

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owpex
No sabia yo que los EREs se aprobaron a punta de pistola
¿puedes decir algo o inteligente alguna vez en tu vida?
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Algo o inteligente
Ya lo he dicho
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Forocoches: Miembro

Iniciado por
owpex
Algo o inteligente
Es como hablar con un niño de 10 años.
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Que raro que @laucedo no nos haya hecho una valoración de lo manifestado por Pérez Royo sobre la sentencia de los ERE.
Igual empiezo a pensar que desde el punto de vista jurídico tiene razón en lo que dice.
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poIitikon
Que raro que @
laucedo no nos haya hecho una valoración de lo manifestado por Pérez Royo sobre la sentencia de los ERE.
Igual empiezo a pensar que desde el punto de vista jurídico tiene razón en lo que dice.
Ya te lo han explicado arriba, subnormal. Solo que no es el que te pone cachondo
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Iniciado por
poIitikon
Que raro que @
laucedo no nos haya hecho una valoración de lo manifestado por Pérez Royo sobre la sentencia de los ERE.
Igual empiezo a pensar que desde el punto de vista jurídico tiene razón en lo que dice.
¿El acto de prevaricacion a que acto corresponde según la sentencia? ¿A la presentación y elaboración de los presupuestos? Porque eso es a lo que se refiere el tio ese del artículo. O al intercambio de los epígrafes de gasto de los presupuestos porque a eso es a lo que se refiere la sentencia. Te presupuestan 100 para hacer X bajo supervisión y 100 para hacer B sin supervisión, tu cojes por tu cuenta y das la orden de transferir 50 de Y para hacer X. De esa forma esos 50 no están bajo supervisión.
El colega del artículo de los alegatos de la defensa no ha pasado.
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ForoParalelo: Miembro

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laucedo
¿El acto de prevaricacion a que acto corresponde según la sentencia? ¿A la presentación y elaboración de los presupuestos? Porque eso es a lo que se refiere el tio ese del artículo. O al intercambio de los epígrafes de gasto de los presupuestos porque a eso es a lo que se refiere la sentencia. Te presupuestan 100 para hacer X bajo supervisión y 100 para hacer B sin supervisión, tu cojes por tu cuenta y das la orden de transferir 50 de Y para hacer X. De esa forma esos 50 no están bajo supervisión.
El colega del artículo de los alegatos de la defensa no ha pasado.
El "tío ese del artículo" es catedrático de Derecho Constitucional. Ha sido rector de la Universidad de Sevilla y presidente de la
Conferencia de rectores de España. Además de su doctorado en Derecho ha cursado estudios de especialización en las Universidades de Tubinga, Minnesota y el Instituto Max Planck. Ha sido galardonado entre otros reconocimientos con el premio Blanquerna y la medalla de oro del Parlamento de Andalucía. También formó parte de la Comisión Redactora del Estatuto de autonomía de Andalucía. Tiene publicados, en solitario o colaboración, más de una docena de libros.
El "tío ese del artículo"...
Seguro que solo se ha leído las pastas de la sentencia.
No esperaba más.
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ForoParalelo: Miembro

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poIitikon
El "tío ese del artículo" es catedrático de Derecho Constitucional. Ha sido rector de la Universidad de Sevilla y presidente de la
Conferencia de rectores de España. Además de su doctorado en Derecho ha cursado estudios de especialización en las Universidades de Tubinga, Minnesota y el Instituto Max Planck. Ha sido galardonado entre otros reconocimientos con el premio Blanquerna y la medalla de oro del Parlamento de Andalucía. También formó parte de la Comisión Redactora del Estatuto de autonomía de Andalucía. Tiene publicados, en solitario o colaboración, más de una docena de libros.
El "tío ese del artículo"...
Seguro que solo se ha leído las pastas de la sentencia.
No esperaba más.
No si encima quieres poner en un pedestal a un tio que defiende la corrupción. Me ha hecho hasta gracia lo del instituto max planck ¿El tio ese tb es físico? Que máquina de personaje
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Iniciado por
Benedicto Camela
¿Cómo le vamos a hacer caso, si....
hoy, 10:57
poIitikon
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Entonces qué hacéis escribiendo en su hilo? El retraso en vosotros es grande.
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Forocoches: Miembro

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Mr_Propet
Entonces qué hacéis escribiendo en su hilo? El retraso en vosotros es grande.
El subforo tiene 2 funciones:
1- Hablar de política
2- Reírse de politikon
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agil
El subforo tiene 2 funciones:
1- Hablar de política
2- Reírse de politikon
Le queréis mucho, sabéis que el foro de política no es lo mismo sin él.
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Forocoches: Miembro

Iniciado por
Mr_Propet
Le queréis mucho, sabéis que el foro de política no es lo mismo sin él.
Tienes toda la jodida razón en que el foro no es el mismo sin el.
Es mil veces mejor.
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laucedo
No si encima quieres poner en un pedestal a un tio que defiende la corrupción. Me ha hecho hasta gracia lo del instituto max planck ¿El tio ese tb es físico? Que máquina de personaje

Obviamente no es físico, pero tú no le llegas ni al tobillo.
Yo tampoco estoy de acuerdo con él, pero tiene todo mi respeto.
Aquí si que la estás cagando. Este hombre no defiende la corrupción. Esa es una simplicidad mayúscula. Reivindica que se respeten lo que él considera reglas fundamentales del derecho, y lo argumenta de manera totalmente racional. Pero tú parece que prefieres coger el rábano por las hojas con tus razonamientos jurídicos de titular de periódico de barrio.
Y estas son las filiales del Max Planck Institute. Como verás, entre ellas están el
Instituto de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional, el de Derecho Privado Comparado e Internacional, el de Derecho Penal Extranjero e Internacional, el de Historia del Derecho Europeo, el de Derecho Tributario y Finanzas Públicas, el de Derecho y Política Social, el de Propiedad Intelectual y Derecho de la Competencia y el de Luxemburgo para el derecho procesal internacional europeo
Max Planck Institute for Iron Research GmbH
Max Planck Institute for Medical Research
Friedrich Miescher Lab
Instituto Fritz Haber de la Sociedad Max Planck
Max Planck Institute for Heart and Lung Research
Max Planck Institute for Metabolism Research
Max Planck Institute for Biophysical Chemistry
Max Planck Institute for Infection Biology
Max Planck Institute for Chemical Ecology
Max Planck Institute for Molecular Plant Physiology
Max Planck Institute for Molecular Physiology
Max Planck Institute of Biochemistry
Research Campus Golm
Max Planck Institute for Biophysics
Instituto de Biología del Desarrollo Max Planck
Max Planck Institute for Plant Breeding Research
Max Planck Institute for Biogeochemistry
Max Planck Institute for Biological Cybernetics
Max Planck Institute for Biology of Ageing
Max Planck Institute for Brain Research
Max Planck Institute for Chemical Physics of Solids
Max Planck Institute for Chemistry
Max Planck Institute for Demographic Research
Max Planck Institute for Dynamics and Self-Organization
Max Planck Institute for Dynamics of Complex Technical Systems
Instituto Max Planck de Antropología Evolutiva
Max Planck Institute for Evolutionary Biology
Max Planck Institute for Experimental Medicine
Max Planck Institute for Human Cognitive and Brain Sciences
Max Planck Institute for Human Development
Max Planck Institute for Informatics
Instituto Max Planck de Microbiología Marina
Max Planck Institute for Mathematics in the Sciences
Max Planck Institute for Intelligent Systems
Max Planck Institute of Molecular Cell Biology and Genetics
Max Planck Institute for Molecular Genetics
Max Planck Institute for Ornithology
Max Planck Institute for Polymer Research
Max Planck Institute of Psychiatry
Max Planck Institute for Psycholinguistics
Max Planck Institute for Solid State Research
Max Planck Institute for Terrestrial Microbiology
Instituto Max Planck de Historia de la Ciencia
Max Planck Institute for the Physics of Complex Systems
Max Planck Institute for the Science of Light
Max Planck Institute for Colloids and Interfaces
Max Planck Institute for Chemical Energy Conversion
Max Planck Institute for Biology
Instituto Max Planck para la física nuclear
Max Planck Institute for Coal Research
Max Planck Florida Institute
German Climate Computing Centre
Max Planck Institute for Astronomy
Max Planck Institute of Immunobiology and Epigenetics
Max Planck Institute of Neurobiology
Max Planck Digital Library
Gesellschaft für wissenschaftliche Datenverarbeitung mbH Göttingen
Instituto Max Planck de Física
Instituto Max Planck para la investigación del Sistema Solar
Center of Advanced European Studies and Research
Max Planck Institute for Gravitational Physics
Instituto Max Planck de Física Extraterrestre
Max Planck Institute for Radio Astronomy
Max Planck Institute for Meteorology
Max Planck Institute for Microstructure Physics
Instituto Max Planck de Óptica Cuántica
Halbleiterlabor of the Max-Planck-Society
Max Planck Institute for Astrophysics
Max Planck Institute for the Study of Religious and Ethnic Diversity
Minerva Stiftung
Ernst Strüngmann Institute
Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law
Max Planck Institute for Comparative and International Private Law
Max Planck Institute for Foreign and International Criminal Law
Max Planck Institute for Empirical Aesthetics
Max Planck Institute for Social Anthropology
Max Planck Institute for European History of Law
Max Planck Institute for the Study of Societies
Instituto Max Planck de Matemáticas
Max Planck Institute for Molecular Biomedicine
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Max Planck Institute for Tax Law and Public Finance
Max Planck Institute for Research on Collective Goods
Bibliotheca Hertziana
Kunsthistorisches Institut in Florenz
Max Planck Institute for Social Law and Social Policy
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Partner Institute for Computational Biology
Center for Free-Electron Laser Science
Munich Centre for Advanced Photonics
Max Planck Unit for Structural Molecular Biology
Max Planck Institute for Intellectual Property and Competition Law
Instituto Max-Planck para estructura y dinámica de la materia
Max Planck Institute for Software Systems
Max Planck Institute for the Science of Human History
Max Planck Computing and Data Facility
Max Planck Institute Luxemburg for International, European and Regulatory Procedural Law
Max Planck Research Unit for Neurogenetics
Max Planck Innovation
Max Planck Institute of Plasma Physics (Greifswald)
Max Planck Center for Visual Computing and Communication
Max Planck Graduate Center
Max Planck Institute of Animal Behavior
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ForoParalelo: Miembro

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agil
Tienes toda la jodida razón en que el foro no es el mismo sin el.
Es mil veces mejor.
Lo bonito del foro es que haya una frontal oposición a la ideología dominante.
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ForoParalelo: Miembro

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agil
Es como hablar con un niño de 10 años.


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agil
¿puedes decir algo o inteligente alguna vez en tu vida?
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